Economia
Boric promulga la nueva ley marco de seguridad privada y pide dictar el reglamento para implementarla a más tardar en tres meses
Luego de 14 años de discusión legislativa, esta mañana el Presidente de la República, Gabriel Boric, promulgó la ley marco de seguridad privada, que regulará una industria que en Chile factura anualmente más de US$2.000 millones y que emplea a 260 mil guardias distribuidos en 2.609 empresas acreditadas.
La nueva ley actualiza los criterios para designar entidades obligadas a tener medidas de seguridad y un sistema de vigilancia privada; moderniza los procesos de certificación de guardias y vigilantes privados; y regula de manera más detallada la seguridad privada en eventos masivos.
Boric destacó la iniciativa, señalando que “la seguridad es un problema de Estado que debemos abordar y trabajar unidos” y señaló que “el reglamento de implementación tiene plazo de un año, pero el mandato a la ministra del Interior es dictarlo antes de tres meses, para poder implementar esta ley como corresponde”.
En tanto, la presidenta de la Cámara de Centros Comerciales, Katia Trusic, afirmó que “estamos seguros que esta ley aporta a una mayor seguridad, fija un nuevo marco regulatorio de guardias y vigilantes, y nuevos estándares para mejorar la coordinación público y privada en materia de seguridad”.
Planteó que el uso de tecnologías preventivas para identificar personas es una materia pendiente y que depende “de una decisión política para usar y aprovechar esa tecnología en todo su potencial”, explicando que “el reconocimiento facial con debido resguardo de la privacidad podría ayudar a reconocer a esas bandas y alertar a guardias y policías para evitar delitos que pongan en riesgo la seguridad de trabajadores y personas”.
Aspectos centrales
– Promover su rol coadyuvante y complementario de la seguridad pública, estableciendo obligaciones específicas para los sujetos regulados (empresas y personas que desempeñan actividades de seguridad privada y entidades obligadas a tener medidas de seguridad privada, como bancos, instituciones financieras, etc.). Dentro de estas obligaciones destaca la denuncia de delitos dentro de 24 horas siguientes a que tomen conocimiento, conservar y poner a disposición de la autoridad las pruebas que obren en su poder que permitan individualizar a los autores y partícipes de hechos que revistieren caracteres de delito, entre otras.
– Actualizar los criterios y el procedimiento para designar entidades obligadas a tener medidas de seguridad. El proyecto aprobado en primer trámite continuaba exigiendo como requisito para obligar a una entidad a tener medidas de seguridad, el que esta mantuviera en caja un monto de 500 UF, en cualquier momento del día, lo que fue considerado un criterio obsoleto, atendido el bajo uso de dinero en efectivo en la actualidad frente al pago electrónico.
– Modernizar los procesos de certificación de guardias y vigilantes privados, ya que la otorgará la Subsecretaría de Prevención del Delito, a través de una plataforma informática, administrada por esta institución e interconectada con las autoridades fiscalizadoras correspondientes. Esto actualmente se encuentra concentrado en Carabineros, siendo una de las tareas administrativas que distraen funcionarios de las calles, dicen desde el Gobierno.
– Cámaras corporales: modernizar los requisitos para que las personas naturales y empresas de seguridad puedan ejercer actividades de seguridad privada, estableciendo algunas prohibiciones específicas. Asimismo, se regulan las empresas de seguridad electrónicas (de alarmas, por ejemplo). También se les otorga el deber a los vigilantes privados y a los guardias de seguridad que deben enfrentar un riesgo alto de utilizar cámaras corporales en el ejercicio de sus funciones.
– Actualizar las capacitaciones, que deberán distinguir entre los distintos niveles de riesgo, y propenderán a la especialización según el tipo de actividad de seguridad privada. En este sentido, los guardias de seguridad deberán cursar capacitaciones dependiendo de los distintos tipos de niveles de riesgo que enfrentan. Asimismo, podrán tener especializaciones dependiendo de la actividad de seguridad privada que ejerzan.
– Regular la seguridad privada en eventos masivos: se acota el concepto de evento masivo, se regulan los derechos y deberes de los asistentes y los deberes del organizador, se regula el procedimiento de aprobación de un evento masivo (estableciendo el rol de ventanilla única de las delegaciones presidenciales regionales), se señala el contenido mínimo del Plan de Seguridad del Evento Masivo y se establecen normas sobre responsabilidad civil de organizadores y productoras.
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