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En diciembre de 2022, la ministra de Trabajo, Jeannette Jara, dijo al DF que se iba a presentar un proyecto para que la clasificación de enfermedades profesionales de los trabajadores no la realizaran las mutualidades, como funciona hoy el sistema.
La motivación detrás de esto, como explicó Jara en su momento, es que Las mutuas de seguros, además de calificar si la enfermedad es de origen laboral o común, brindan prestaciones médicas.. “Se juntan funciones que es mejor tener independientes”, insistió Jara.
Finalmente, casi dos años después de dicha declaración, El Gobierno presentó un proyecto de ley cuyo objetivo es mejorar el sistema de clasificación de enfermedades profesionales, creando un nuevo sistema técnico que separa “la labor de juez y de parte” que hoy se ubica exclusivamente en los organismos administrativos (mutuales).
Para lograr este objetivo, el proyecto dentro de sus ejes principales propone crear Comisiones de calificación de enfermedades y una comisión central de quejas.ambos órganos integrados por profesionales “competentes y sujetos” a procesos de calificación bajo la supervisión de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), que será asesorada en su funcionamiento por un Consejo Consultivo Tripartito. Entonces, La calificación de si una enfermedad es laboral o profesional quedará completamente ajena a las mutuas.
En el caso de la comisión central de denuncias, el proyecto explica que funcionará en subcomités que revisarán potenciales impugnaciones a las resoluciones emitidas por las comisiones de calificación, reemplazando el trabajo que actualmente realiza Suseso, que establecerá reglas que estandaricen dichos procedimientos. .
Según datos de Suseso, la demanda que enfrentarían las comisiones de calificación se estima en 67.278 casos, teniendo así la responsabilidad de resolver el origen de cada una de estas enfermedades.
La iniciativa legislativa firmada por Jara y el ministro de Hacienda, Mario Marcel, también busca establecer un una supervisión y control más eficiente de los órganos administrativos por parte de Suseso, con el fin de fortalecer la calidad y oportunidad de las prestaciones médicas, económicas y preventivas, realizando ajustes en esta materia.
En relación con este punto, se propone que las competencias de Suseso se extiendan tanto a la oportunidad y calidad de las prestaciones, como a la posibilidad de regular y supervisar la gestión de riesgos, la sostenibilidad y la sustentabilidad de las mutuas patronales. , deberá, al mismo tiempo, regular y supervisar el correcto uso de los recursos aseguradores de esta ley.
“El proyecto incorpora al régimen normativo la figura preventiva de intervención en órganos administrativos, destinada a quienes incumplan grave y reiteradamente sus obligaciones, emanadas de disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias”, menciona también la propuesta legislativa.
El texto presentado al Congreso también propone implementar un Régimen de cotización “simplificado y transitorio” para aquellos trabajadores independientes que tradicionalmente no han cotizado y carecen de protección contra riesgos por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
El régimen simplificado propuesto será de pago mensual y requerirá la afiliación del trabajador a una organización administrativa (mutuas de seguros).
“Las condiciones de acceso al seguro han sido diseñadas para incentivar el ingreso al sistema de Seguridad Social en su totalidad, lo que justifica que el régimen sea por tiempo limitado, considerándose un punto de partida para el ingreso al sistema en su totalidad a través de diversos incentivos. y políticas públicas”, dice la propuesta.
Finalmente, se propone adaptar algunas de las normas de la Ley N° 16.744 con el objetivo de abordar el escenario actual respecto de los cambios culturales y normativos ocurridos en el país.
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