El fiscal de la nación, Delia Espinoza, reiteró su solicitud a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para referir la resolución junto con la Ley que certifica la decisión de sus miembros de anular Ministerio público.
La entidad antes mencionada, a través de sus redes sociales, indicó que hasta la fecha el Jnj “No ha cumplido lo requerido”.
En la carta dirigida al Presidente de esta agencia, Augusto Ríos Patio, el fiscal de la nación solicita, también para proporcionar, a quien corresponde, una copia “del registro audiovisual de la sesión en la que se adoptó dicha decisión”.
#Urgente | Del ministerio público, una institución comprometida con la legalidad, la dama fiscal de la nación, Delia Espinoza Valenzuela, reiteró la solicitud a la Junta Nacional de Justicia para la derivación de la resolución junto con las actas en las que se registra la decisión … pic.twitter.com/k09utiew6h
– Ministerio público (@fiscaliaperu) 21 de junio de 2025
JNJ: Delia Espinoza no puede abrir miembros contra los miembros
Cabe señalar que por la tarde el Junta Nacional de Justicia (JNJ) Emitió una nueva declaración en la que indicó que en un estado de derecho “los funcionarios deben cumplir con las decisiones de los organismos competentes” y que pueden recurrir a “mecanismos de procedimiento si se cuestiona su validez”.
En el reemplazo de Patricia BenavidesLa agencia dijo que “no equivale a una nueva cita” y que anularon su despido “debido a la violación del debido proceso”, por lo que restauraron la situación legal, es decir, “en la que era un fiscal supremo y fiscal de la nación”.
“La resolución de reemplazo tiene plena efectividad siempre que no se suspenda judicialmente. La demanda de AMPARO presentada por el fiscal Espinoza no suspende sus efectos, por lo que se debe seguir la resolución”, dice el informe.
Finalmente, el JNJ dijo que Delia espinoza No puede iniciar procedimientos preliminares contra los miembros de la institución porque no tiene los poderes para ello.
“Además, su participación directa en los hechos compromete su imparcialidad y objetividad fiscal”, culminó.