En el marco del caso ProCultura, el Gobierno Regional (GORE) de la Región Metropolitana mantiene desde hace varios meses un conflicto legal con la empresa Aseguradora Porvenir SA (Aspor) por el cobro de cinco pólizas de garantía asociadas al convenio suscrito con la fundación ProCultura que lideraba. Alberto Larraín.
Las pólizas, por un total de más de 31 mil UF, equivalentes a más de $1.000 millones, fueron requeridas por el GORE tras la terminación anticipada del proyecto Quédate de prevención del suicidio.
El conflicto se remonta a noviembre de 2023, cuando el GORE puso fin al programa financiado con más de $1.683 millones.
La decisión se basó en incumplimientos contractuales por parte de ProCultura, basados en irregularidades en la entrega de información bancaria obligatoria que era requerida.
Este es el contexto que explica por qué Aspor emitió garantías a favor del GORE Metropolitano para la ejecución del convenio con la Fundación Procultura. Pero tras la finalización anticipada del acuerdo, GORE solicitó el cobro de las pólizas.
Fue en ese momento que Aspor no pagó en un plazo de 30 días y alegó falta de antecedentes, solicitando una medida cautelar judicial de suspensión de pago. Hace varias semanas, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) intervino en la disputa y determinó que Aspor había objetado excepciones, solicitado información adicional y diferido unilateralmente el plazo de pago.
Por estos motivos, la CMF resolvió que Aspor contravino el artículo 583 del Código de Comercio, que exige el pago sin condiciones a la mera solicitud. Sin embargo, Aspor alegó ante la Corte de Apelaciones de Santiago la incompetencia de la CMF, una valoración errónea de la prueba y una mala aplicación de la normativa.
El triunfo de Orrego
Sin embargo, el ataque judicial del Aspor -al menos de momento- fue un fracaso. Este jueves la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago -en fallo unánime de los ministros Dobra Lusic y Jenny Libro y el abogado miembro Bárbara Vidaurre– rechazó la denuncia de ilegalidad presentada por la aseguradora.
En el fallo, los ministros determinaron que la CMF es competente, el procedimiento sancionador fue legal, que no hubo violación de principios ni errores de derecho y que la multa es válida y proporcional.
“El examen de los antecedentes demuestra a juicio de este tribunal que el procedimiento administrativo sancionador se ha llevado a cabo conforme a la legislación vigente, sin vulnerar normas jurídicas ni principios generales, como se sostiene en el recurso de casación, y en lo que respecta a la reducción de la multa impuesta, solicitada en concepto de subsidio, ello escapa a las competencias de este tribunal”, se lee en el fallo.
La victoria de Orrego en la corte de apelaciones capitalina es un punto relevante para su lucha contra ProCultura. Esto se debe a que, por ejemplo, en la denuncia del Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra Larraín se estableció que Los daños materiales causados al Estado por el programa Quédate “ascienden a la suma de $1.015.283.548dinero que, habiendo sido desviado, no ha sido devuelto hasta la fecha.”
“Así como dijimos desde el primer día vamos a recuperar cada peso del programa de prevención del suicidio. Permanecer. Hoy la justicia nos da la razón. La aseguradora Aspor intentó retrasar y eludir su única obligación, la de pagar una póliza válida y exigible. Este fallo confirma que la ley está de nuestro lado y, en consecuencia, también el fallo de la Comisión para el Mercado Financiero, que sancionó a esta empresa por su incumplimiento. Vamos a seguir hasta el final, no jugamos con recursos públicos y quienes incumplan esta norma no pueden quedar impunes”, afirmó Orregó a el tercero.







