Desde las 17.30 de este lunes, la comisión de la Cámara de Diputados que revisa la acusación constitucional contra los ministros de la Corte Suprema Ángela Vivanco y Sergio Muñoz se reunió en el Congreso Nacional, en Valparaíso, para recibir la presentación de las defensas de ambos magistrados.
Cristóbal Osorio, El abogado de la ministra Vivanco, habló con la prensa ante la instancia y desestimó las críticas a su pedido de inhabilitación de 62 diputados.
Desde la Cámara de Diputados se propone que sus miembros actúen como parte acusadora y es el Senado el que debe resolver.
Osorio aseguró que la Cámara Baja funcionará en este caso como órgano de resolución.
El abogado indicó que el artículo 52 de la Constitución, en su segundo párrafo, que regula las acusaciones constitucionales, dice que este tipo de acciones deben ser presentadas por no más de veinte diputados.
“Estas acusaciones constitucionales suman 21 diputados. Por tanto, son inadmisibles, son inconstitucionales, por el propio texto y porque la propia historia de la Constitución dice expresamente que cualquier acusación constitucional que supere las 20 firmas carece de imparcialidad.” aseguró.
El abogado precisó que su defensa considera dos argumentos para fundamentar la imparcialidad que acusan, el primero es exceder el número de 20 firmas y el segundo, por haber emitido dictamen previamente.
“En cuanto a haber emitido previamente una opinión sobre lo que se va a analizar en este caso, se debe a la regulación de la propia normativa. Lamentablemente tengo que recurrir a las normas que rigen en la Cámara de Diputados. Y el artículo 346 es enfático al indicar que Un diputado no puede tomar decisiones cuando existe duda sobre su imparcialidad y especialmente si ha emitido opiniones previas. Luego, sobre la consulta, que este es un órgano persecutor, que no actúa como jurado y que no debe pronunciarse sobre el asunto, dos menciones. Primero, como se planteó una pregunta anterior, es un órgano de resolución, donde emitirá una opinión sobre si se cumplen o no los requisitos. Y“Entonces está en juego la cuestión de la imparcialidad, que es precisamente la cuestión anterior”, indicó el defensor.
Para cerrar, sobre la calidad del órgano fiscal, Osorio afirmó que en el ordenamiento jurídico chileno todos los órganos judiciales deben cumplir con el principio de imparcialidad, lo que incluye al Poder Legislativo.
“Los diputados tendrán que hacer una declaración de fondo, dejando constancia. Y lo utilizaremos en los casos que consideremos oportuno. Si uno lee nuestro texto detalladamente, dice expresamente que “Deben cumplirse los requisitos que la propia jurisprudencia internacional ha establecido respecto de pronunciamientos en materia de impeachment, cuando sea aplicable a la Cámara de Diputados y al Senado”.explicó.
