La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saludó la liberación de las 222 personas privadas de libertad por motivos políticos en Nicaragua, pero al mismo tiempo rechazó la deportación y “privación arbitraria” de la nacionalidad por parte del Estado de estos presos.
La CIDH ha reconocido en un comunicado que la liberación “pone fin a años de encierro arbitrario, en condiciones de detención deplorables, por ser considerados opositores al Gobierno, ejerciendo legítimamente las libertades fundamentales de expresión, reunión y asociación, así como la defensa de los Derechos Humanos”.
La organización manifestó que repudia, sin embargo, que estas liberaciones han ido acompañadas de la privación arbitraria de la nacionalidad nicaragüense, con lo cual la mayoría de las 222 personas liberadas serían apátridas. La comisión también ha puesto de manifiesto las múltiples violaciones a los Derechos Humanos de las que estas personas fueron víctimas durante varios años.
“La Convención Americana consagra el derecho a la nacionalidad y establece expresamente una garantía contra su privación arbitraria; y los Principios Interamericanos sobre los derechos de los migrantes establecen que toda persona tiene el derecho inderogable a tener una nacionalidad y a no ser apátrida, conservar su nacionalidad, y no pueden negar, perder o ser privados de ella arbitrariamente”, recordó la CIDH en su carta.
En este sentido, la organización ha reconocido que la nacionalidad constituye “un derecho inderogable de todas las personas”, y la privación arbitraria de la misma, especialmente como pena o sanción por motivos políticos, es “contrario al derecho internacional de los derechos humanos”.
De este modo, la CIDH ha instado a Nicaragua a garantizar el pleno acceso y goce del derecho a la nacionalidad, así como adoptar medidas para prevenir y erradicar la apatridia, para lo cual ha solicitado al Estado que derogue recientes cambios legislativos contrarios a los estándares internacionales e interamericanos.
Asimismo, hizo un llamado a los Estados de la región para que adopten o fortalezcan mecanismos regionales de cooperación y responsabilidad compartida que permitan atender y reconocer a las personas apátridas y, en consecuencia, otorgarles la protección especial que requieren.
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