La Comisión Para el Mercado Financiero (CMF) ratificó que el acuerdo suscrito entre Codelco y SQM para la explotación conjunta de litio en el salar de Atacama no requiere de aprobación por parte de la junta de accionistas de la minera no metálica.
En respuesta a un consulta presentada por TLC SpA, la sociedad mediante la cual la china Tianqi administra su inversión en SQM, regulador señaló mediante un oficio que “de la información tenida a la vista por este Servicio, no resulta posible concluir que se verifiquen los supuestos legales contenidos en el N°9 del artículo 67 de la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) que hagan necesaria que las materias contenidas en el denominado acuerdo de asociación sean conocidas, discutidas y aprobadas por Junta Extraordinaria de Accionistas de SQM”.
Por lo tanto, agrega, en consideración a que no se verifican los supuestos contenidos en los artículos 57 N°4, 67 N°9, 69 N°3 de la LSA, esta Comisión estima que no corresponde que una Junta Extraordinaria de Accionistas de SQM se pronuncie sobre el denominado acuerdo de asociación, de modo que dicha operación debe ser analizada y resuelta por el Directorio de SQM.
Lo anterior sin perjuicio del derecho de los accionistas, de corresponder, a perseguir las responsabilidades de los directores de conformidad a las reglas generales, en caso de ocasionarse perjuicios a la sociedad y a los accionistas, añade.
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