Columna de Gustavo Balmaceda: El costo-beneficio de delinquir

El debate sobre la efectividad de la disuasión del aumento en los cargos de sanciones renovó la relevancia, el producto del aumento del delito y el shock público que han generado los últimos actos criminales. Si bien existe una corriente dominante que cuestiona la correlación entre la gravedad punitiva y la reducción criminal, existen fundamentos teóricos y empíricos que apoyan su potencial disuasión en ciertas circunstancias y para ciertos tipos criminales.

La evidencia empírica reciente demuestra que la disuasión, cuando se implementa estratégica y enfocada, puede constituir un mecanismo efectivo para la reducción de los comportamientos criminales. De acuerdo con las revisiones sistemáticas de las intervenciones basadas en este enfoque, aproximadamente el 80% de los estudios evaluados (19 de 24) evidenciaron reducciones estadísticamente significativas en la incidencia del problema criminal objetivo, sin generar efectos de desplazamiento (Chainey et al, 2020), es decir, sin que el delito sea transferido o que la comisión de los delitos se mueva hacia los penalizaciones inferiores. Esto contradice la narrativa simplista que niega cualquier potencial disuasorio para intervenciones punitivas.

El potencial disuasorio del castigo se maximiza cuando dos factores fundamentales convergen: certeza en la aplicación de la sanción y la gravedad de la misma. Aunque la preponderancia de la certeza sobre la gravedad ha enfatizado tradicionalmente, las tendencias contemporáneas en criminología reconocen que ambos elementos operan sinérgicamente. El aumento punitivo, cuando está acompañado por mecanismos que aumentan la probabilidad de detección y sanción, puede configurar un escenario con un mayor potencial disuasorio para ciertos perfiles criminales.

La reciente reforma al Código Penal chileno introduce un paradigma de aumento punitivo diferenciado de acuerdo con la naturaleza del crimen y el estado de reincidencia del delincuente. Este enfoque reconoce implícitamente que la efectividad disuasoria varía según la tipología penal. Por ejemplo, en casos de turbas y recintos (robos con violencia), el aumento en la penalización mínima de 5 a 10 años, con la posibilidad de una prisión perpetua en casos de reincidencia que establece un umbral punitivo que puede influir en el cálculo de costos-beneficios realizados por los delincuentes potenciales, especialmente en los delitos que presuponen algunos planificación.

Un aspecto frecuentemente ignorado en este debate es el efecto incapacitante producido por el encarcelamiento prolongado. Aunque conceptualmente diferente, la incapacidad y la disuasión operan complementariamente en la reducción de los índices penales. El aumento punitivo de los delitos violentos severos, como el simple homicidio, cuya penalización mínima aumenta de 10 a 15 años para los delincuentes reincidentes, no solo transmite un mensaje disuasorio a los delincuentes potenciales, sino que también garantiza un período prolongado durante el cual se evita que el sujeto realice en la comunidad.

Desde una perspectiva filosófica, la teoría de castigo disuasorio en las premisas de Lockean proporciona un sustrato conceptual para la legitimación del aumento punitivo para fines disuasivos. Este enfoque, basado en el derecho a formular amenazas de represalia, reconoce la importancia de la disuasión como un mecanismo de protección de los derechos individuales, que permite justificar una respuesta punitiva proporcional y enfocada hacia los delitos que amenazan los activos legales fundamentales.

Por Gustavo Balmaceda HoyosUniversidad Académica Finis Terrae, Dr. in Criminal Law, U. de Salamanca (España)

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