Economia
Cómo piensa fiscalizar SII a quienes reciban más de 50 depósitos de cuentas distintas
La Ley de Cumplimiento Tributario recientemente promulgada establece una serie de medidas que buscan controlar y reducir tanto la evasión como la elusión.
Uno de los principales -y que más dudas ha generado entre los contribuyentes- es la nueva facultad que tendrá el Servicio de Impuestos Internos (SII) para supervisar y requerir información a las personas que reciban en sus cuentas bancarias más de 50 transferencias de diferentes emisores en un mes o más de 100 en un período de seis meses.
¿La idea? Detectar a contribuyentes que estén disfrazando ventas solicitando a los compradores transferencias de recursos a sus cuentas, evadiendo el pago del IVA y la emisión de documentos tributarios.
Este jueves, el SII detalló cuál será la estrategia de fiscalización que desarrollará con base en la información que reciba de las entidades financieras en este apartado.
En este contexto, la organización distinguió Tres casos que se pueden detectar a partir de esta norma.: quienes reciben transferencias por motivos distintos a la venta de un producto o servicio; personas que venden productos o servicios de manera informal; y el caso de quienes están formalizados pero no cumplen con todas sus obligaciones tributarias.
Personas que reciben transferencias por motivos ajenos a la venta de productos o servicios
En estos casos, el SII realizará el análisis de la información, pero no se realizarán acciones de inspección.
Esto se aplica a transferencias relacionadas con actividades solidarias, sorteos de establecimientos educativos, cuotas por actividades sociales y/o familiares, recaudación de fondos de una comunidad para pagar servicios comunes y pago de cuotas a tesoreros de cursos o clubes deportivos..
Personas que venden productos o prestan servicios de manera informal sin haber iniciado actividades ante el SII
En estos casos, la autoridad contactará a estas personas para acompañarlas en el proceso de formalización, comenzando por facilitarles el inicio de actividades en el SII. Aquí, el servicio recuerda que deben iniciar actividades:
- Quienes hayan comenzado a vender online productos, ya sean elaborados por ellos mismos o adquiridos a terceros.
- Quienes vendan servicios en plataformas web, redes sociales o páginas de comercio por Internet.
- Quienes tengan una tienda física en la que vendan productos o servicios.
- Los que ofrecen servicios profesionales o de otra índole a terceros, y usted recibirá un pago por ello.
Estos contribuyentes deberán cumplir con las siguientes obligaciones tributarias:
- Emitir el documento fiscal respectivo (comprobante o factura, según corresponda, por cada una de las ventas realizadas y por el monto total involucrado), lo cual podrá realizarse a través de las aplicaciones gratuitas del Servicio.
- Presenta tu declaración mensual de IVA, hasta el día 20 de cada mes. Esta devolución será propuesta en base a la misma información de los documentos que usted emita, con los cuales el Servicio elaborará un Registro Electrónico de sus Compras y Ventas.
- Asimismo, deberás presentar tu declaración del Impuesto sobre la Renta anualmente. Para estos efectos, el SII pone a disposición de las micro y pequeñas empresas una serie de asistentes que facilitan el cumplimiento de esta obligación tributaria.
- Notificar al SII cuando realice alguna modificación de información, como cambio de domicilio, extensión de negocio, datos de identificación, entre otros.
Contribuyentes que iniciaron actividades ante el SII, pero que recibir pagos mediante transferencias electrónicas sin emitir documentos tributarios o subdeclarar sus impuestos
En este último caso, El SII revisará la cantidad y montos de los documentos tributarios electrónicos emitidos por el contribuyente en diferentes períodos, con el fin de determinar si está declarando ventas por debajo de lo esperado, lo que implica una subdeclaración de IVA.
También contrastará el comportamiento tributario del contribuyente con el de otros del mismo segmento o actividad económica y características similares (sector geográfico, montos de compra, pago de servicios eléctricos, años de vida del negocio, número de socios, entre otros). , para detectar inconsistencias. .
El SII se comunicará inicialmente con el contribuyente vía correo electrónico para informarle las diferencias detectadas para que pueda subsanarlas vía Internet. donde en general se pueden encontrar las facilidades para pagar las diferencias detectadas. Si bien, dependiendo de los importes o frecuencia de los impagos, También podrían llamarle a una auditoría en las oficinas de servicio.
Paralelamente, realizará revisiones de cumplimiento tributario en visitas de campo de sus equipos de inspección, para verificar su nivel de ventas y la emisión de documentos tributarios.
“Cabe señalar que, si el contribuyente no corrige su conducta y mantiene su incumplimiento, el servicio podrá desarrollar auditorías o revisiones de cumplimiento más profundas para determinar las diferencias tributarias y emitir las liquidaciones y transferencias tributarias correspondientes”, señaló el servicio anotado.