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“Condenables” y “miserables”: diputados de oposición niegan ingreso a Sala a hija de 2 años de Camila Rojas y desatan críticas oficialistas

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Un tenso episodio se vivió este jueves en la Cámara de Diputados, y es que en medio de una sesión de la Sala, dos parlamentarios de oposición no quisieron dar la unanimidad para que la hija de 2 años de la diputada Camila Rojas (FA) estuviera presente en el hemiciclo.

Mientras el diputado Andrés Celis (RN) hacía una intervención sobre la conservación y protección del campo dunar de Concón, el vicepresidente de la Corporación, Eric Aedo (DC) solicitó hacer una pausa. “Camila en la formalidad debo pedirte que no esté un pequeño en la sala por favor”, señaló Aedo, para luego explicar que “reclamaron” por la presencia de la menor.

Las alertas en el hemiciclo se encendieron de inmediato. De hecho, la diputada Marisela Santibáñez (Ind.) solicitó rápidamente la palabra para exponer su postura. “Quisiera saber en qué parte del reglamento dice que no pueden haber niños, cuando acá los hijos del diputado (Mauricio) Ojeda han estado con nosotros, los hijos del diputado Tomás de Rementería (…) me acuerdo perfectamente cuando la diputada Camila Vallejo, hoy día ministra, tenía recién nacida a su hija”, dijo Santibáñez, quien además cuestionó: “¿Dónde está el jardín para que tengamos a nuestros niños?”.

Acto seguido, el prosecretario de la Cámara Baja, Luis Rojas, debió dar cuenta de lo que dice el reglamento al respecto. “Reglamentariamente en la Sala solo pueden estar los parlamentarios, salvo acuerdo unánime del pleno”, señaló.

Así las cosas, el vicepresidente de la Cámara procedió a pedir la unanimidad para así permitir la presencia de la niña, la cual fue negada.

Según la diputada Rojas fueron dos diputados del Partido Republicano. “Mi hija tiene dos años y la he llevado tres veces a la Cámara. Tengo claro que por reglamento no puede ingresar a la sala a menos que haya unanimidad, sin embargo, y como estaba inscrita para intervenir entré a la sala y la diputada Emilia Scheneider (FA) iba a verla afuera unos minutos, estábamos en eso, no fueron más de cinco minutos, pero en esos minutos pidieron sacarla, mis colegas diputadas pidieron la unanimidad para que se quedara pero dos republicanos no dieron el acuerdo (…) Miserables lo encuentro”, publicó en X.

Consultado por La Tercera, el vicepresidente, quien se encontraba liderando la testera en ese momento, señaló que uno de los dos diputados que se negaron a dar la unanimidad fue Johannes Kaiser (Ind.-exrepublicano).

La situación desató las críticas de varias figuras políticas, entre ellas, la portavoz del Ejecutivo, Camila Vallejo. “Es urgente y necesario que nos involucremos colectivamente en la corresponsabilidad de los cuidados. En el Congreso y en cualquier espacio laboral, el criterio y la empatía son fundamentales para que podamos seguir avanzando como sociedad. Actos como estos son condenables y seguiremos trabajando para reivindicar las labores de cuidado que mayoritariamente nos toca realizar a las mujeres. Un abrazo y todo el apoyo a la diputada”, posteó la secretaria de Estado.

De igual manera, la diputada Schneider publicó: “Así con los que se dicen pro vida. Mi apoyo y cariño a la diputada y su hija, que se porta excelente por lo demás”.

En una línea similar, la diputada Lorena Pizarro (PC), quien reaccionó en el momento, señaló que si bien el reglamento debe respetarse, “el límite es cuando esa regla violenta. Me parece extremadamente violento que una guagüita tenga que salir de esta sala, y no estar cerca de su mamá, porque lo dice un reglamento que no afecta en nada el funcionamiento de esta sala. Si yo hubiese estado con una de mis hijas acá, no hubiese salido de la sala, aunque se hubiera tenido que interrumpir la sesión”, dijo.

Consultados por este medio, desde el Partido Republicano señalaron que no se referirán al respecto.

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Cómo hacer un testamento en Chile

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El fallecimiento de alguien no sólo trae consigo el luto por el que pasan sus seres queridos, sino también, para algunas familias, significa el comienzo de conflictos respecto los bienes que pueda dejar aquella persona.

Es por eso que se suele extender la recomendación de redactar un testamento, para quienes tengan elementos de valor bajo su posesión y quieran asegurar que estos lleguen a sus herederos correspondientes, cuando sea el momento.

Lo anterior cobra relevancia, dado que si una persona fallece sin este documento, su voluntad será suplida con la ley, que determina quiénes pueden acceder a su patrimonio.

Según se resume en el portal Ley Fácil de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, un testamento permite a una persona disponer de sus bienes para que sean herederos después que fallezca.

Al respecto, se indica que con esto “también se pueden realizar declaraciones, como por ejemplo, nombrar un guardador para sus hijos o reconocer un hijo no matrimonial”.

Junto con lo anterior, la legislación indica que no pueden establecer un testamento las personas en las siguientes situaciones: Mujeres menores de 12 años, varones menores de 14 años, personas que no están en su sano juicio, personas dementes privadas de la administración de sus bienes y quiénes no puedan expresar claramente su voluntad.

También se determina que el testamento es un acto personal, por lo que no es un trámite que se pueda encargar a un tercero.

Para concretar lo que indica el testamento, se puede designar un albacea o ejecutor, persona encargada de informar a los herederos y hacer cumplir la última voluntad del fallecido.

Cómo se debe realizar un testamento. Foto referencial.

Para hacer un testamento sólo se necesita la cédula de identidad del causante y a los testigos, tal como señala a La Tercera Carlos Matthews, abogado y socio fundador del Estudio Jurídico Matthews Paiva, abogados de herencias.

En el caso de ser una persona de más de 75 años, tener un certificado de lucidez. Respecto a este último documento, es un tema muy polémico ya que esta es una exigencia de los notarios, quienes para resguardarse y evitar eventuales demandas en su contra, piden este documento a personas más jóvenes a discreción del notario actuante.

Matthews señala que “los testamentos los debe realizar el propio causante conforme a su voluntad”.

-Sin embargo, es sumamente conveniente que la persona que desea testar contrate los servicios de un abogado para informarse en forma exacta, qué es lo que puede y no puede hacer, de forma tal que su testamento sea un documento válido y tenga la fuerza suficiente para que su última voluntad sea respetada.

Luego de la elaboración del documento, resulta importante concurrir ante notario para “cumplir por las solemnidades legales, es decir, se constate que el testador se encuentra en su sano juicio, se autoricen las firmas del testador y los testigos del acto”, además de presentarlo al Registro Nacional de Testamentos.

Dependiendo de la extensión del documento, esta gestión debería tardar aproximadamente cuatro días.

Una consulta que puede surgir a la hora de la redacción de un testamento es si existe la opción de determinar cuánta herencia dejar a cada persona, aunque en nuestro país hay limitaciones al respecto.

-En Chile esta facultad está restringida por la ley, debiendo respetarse las llamadas legítimas de cada heredero, lo que significa que no puede pasarse a llevar la porción que le corresponde a uno para mejorar a otro por sobre los topes legales. -explica Matthews- Sin embargo, respecto de algunos bienes particulares, es posible realizar legados en especies determinadas o en dinero a ciertas personas llamadas legatarios.

Ante la opción de elegir a quiénes heredar, el abogado explica que dependerá si la persona cuenta con herederos forzosos, es decir, hijos cónyuge, o a falta de estos, padres.

-En el caso de no tenerlos, podrá disponer libremente del cien por ciento de su patrimonio. Ahora bien, si el causante posee herederos forzosos podrá beneficiar a unos sobre otros asignándole a uno de ellos la llamada cuarta de mejoras y la cuarta universal si así lo prefiere.

Es por eso que, ante el escenario en que una persona desee determinar cuáles bienes dejar a sus herederos, podrá hacerlo siempre y cuándo se respeten las porciones que le corresponden a cada uno, lo que en la práctica puede resultar complicado, a excepción si se trata de bienes con valores similares.

-Si soy dueño de una casa que vale 50 millones y una parcela que posee el mismo valor -ejemplifica el abogado- En ese caso tengo entera libertad de decidir a quien yo le dejo la casa o la parcela.

El problema se suscitaría si la casa costara 100 millones y tengo un campo que vale 200 millones, en ese caso si le asigno la casa al hijo 1 y el campo al hijo 2, yo estaría vulnerando la legítima al hijo 1 en 50 millones. En esos casos si no hay un acuerdo entre los herederos de compensar al hermano en el valor que le falta, habrá conflicto y la asignación podría ser impugnada.

Continuando con el escenario expuesto, el abogado precisa lo siguiente:

-Siempre se podrá elegir los bienes cuando estos tengan valores similares o sean compensados los asignatarios de menor valor con otros bienes que alcancen el valor del más favorecido. En el ejemplo anterior, el causante podría dejarle la casa de 100 millones al hijo 1 y el campo al hijo 2 pero al hijo 1 yo lo compenso asignándole un vehículo de alta gama que valga los 50 millones que le falta. En ese caso no existiría problema en la asignación que esta efectuando el testador.

Cómo realizar un testamento en Chile. Foto referencial.

En caso contrario, si una persona fallece sin haber dejado un testamento, se llama a los familiares siguiendo un orden de sucesión para determinar a los herederos, según el siguiente detalle:

  • Primer orden: descendientes de la persona fallecida (hijos o hijas) y él o la cónyuge o conviviente civil sobreviviente.
  • Segundo orden: el o la cónyuge o conviviente civil y los ascendientes de grado más próximo (madre, padre, abuela o abuelo). Si la persona no tiene descendencia, sucede el o la cónyuge o conviviente civil y sus ascendientes. Si la persona no tuvo ascendientes que hereden, corresponde sólo para el o la cónyuge o conviviente civil. A falta de este último, heredan los ascendientes.
  • Tercer orden: continúan los hermanos y hermanas. Si la persona no tiene descendencia, ascendencia, ni cónyuge o conviviente civil sobreviviente, heredan hermanos y/o hermanas por parte de padre y madre, o solo por parte de madre o parte de padre. Estos heredan personalmente o representados por sus hijos, es decir, sobrinos o sobrinas de la persona fallecida.
  • Cuarto orden: Ante la falta de los familiares mencionados anteriormente, heredan los parientes colaterales del grado más próximo, hasta el sexo grado, como primos o primas en segundo grado.
  • Quinto orden: Si no están disponibles ninguna de las personas que puedan heredar, corresponde al Fisco.

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Declaran alerta ambiental en la RM para este domingo

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La Delegación Presidencial de la Región Metropolitana -por recomendación de la Seremi de Medio Ambiente- declaró alerta ambiental para este domingo en la zona debido a que persisten las malas condiciones de ventilación.

La medida busca resguardar la salud de la población de manera preventiva debido a las condiciones de ventilación y meteorológicas ocurridas hoy y previstas para la jornada de mañana.

En ese sentido, se informó que la madrugada este sábado la estación de Cerro Navia, alcanzó niveles de alerta ambiental por MP10 y a las 03:00 horas por MP2.5, sumándose más tarde la estación de Pudahuel por material particulado fino. El resto de las estaciones de la Red de Monitoreo del Ministerio del Medio Ambiente, se mantuvieron en los rangos de Bueno y Regular.

La Dirección Meteorológica de Chile (DMC) prevé para este domingo que habrá “un régimen anticiclónico en superficie y aproximación de vaguada en altura con temperaturas entre -1°C y 16°C. No existe probabilidad de advección hacia la cuenca de la Región Metropolitana”.

Por ser día domingo, no rige la restricción vehicular. Sin embargo, la autoridad recalcó las medidas permanentes dispuestas en episodios críticos de contaminación, como la prohibición de encender calefactores a leña y sus derivados (excepto pellets), lo que será fiscalizado por Seremi de Salud de la RM, municipios y Carabineros. También se recalcó la prohibición de realizar quemas agrícolas, lo que será supervisado por la Seremi de Agricultura y equipos del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y de la Corporación Nacional Forestal (Conaf).

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En vivo: Uruguay de Marcelo Bielsa está igualando ante Brasil por la Copa América

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