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Convención aprueba que el Sistema Nacional de Salud esté integrado por prestadores públicos y privados y desecha polémica norma que excluía a clínicas con fines de lucro

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este miércoles la sesión plenaria de la convención constituyente comenzó la votación del último informe emitido por el comisión de derechos fundamentales que contemplaba normas relacionadas con derechos sociales como la vivienda, la salud, la educación, el trabajo y la seguridad social.

En medio de aplausos y notorios festejos, la Cámara despachó el proyecto de nueva Constitución con varios artículos relacionados con el derecho a la Salud.

Para los convencionalistas, la votación de este informe ha sido clave ya que muchos de ellos han reconocido que parte del éxito del proceso está en juego en los derechos sociales que logren llegar al proyecto de nueva Constitución. Esto porque para algunos constituyentes las demandas que surgieron en el estallido social, y que derivó en el Acuerdo de Paz que abrió el camino al proceso constituyente, se basaban principalmente en la necesidad de contar con un Estado más fuerte, que sea garante de los derechos sociales. . .

En este pleno, los convencionalistas terminaron de votar los detalles de las normas que regulan el derecho a la salud y que dan forma constitucional a lo que será, en caso de aprobarse la propuesta de nueva Constitución, el Sistema Nacional de Salud.

En este sentido, los convencionales preveían que este sistema estaría compuesto tanto por proveedores publicos y privadossiendo deber del Estado “velar por el fortalecimiento y desarrollo de las instituciones públicas de salud”.

Previamente, el pleno había aprobado que los aportes de los trabajadores -que actualmente van a Fonasa oa una Isapre- sólo podrán tener como finalidad “contribuir solidariamente a la financiación” del Sistema Nacional de Salud. Ya no habrá libertad de elección ya que estos fondos serán administrados por un organismo público que será determinado por ley.

El Pleno rechazó las indicaciones presentadas por el convencional giovanna grandon (Coordinadora Plurinacional) que buscó que a los proveedores privados que se integren al Sistema Nacional de Salud “se les prohibirá toda forma de lucro”.

Este fue un punto clave y controvertido del debate. En el informe anterior, la propuesta de la mayoría de la Comisión de Derechos Fundamentales buscaba excluir del sistema a las clínicas. Esto se debe a que este tipo de proveedores actualmente tienen ganancias. Por lo tanto, al incluir esta cláusula, se prohibía que este tipo de instituciones pudieran funcionar. Esta idea habría implicado un cambio severo en todo el sistema.

Sin embargo, dadas las críticas recibidas así como la consideración de las consecuencias que podría traer esta regla, la mayoría del plenario decidió rechazar esta idea. La votación de este día era predecible porque el segundo informe de la comisión ya llegó sin este artículo.

El pleno también aprobó la norma que establece que “es deber del Estado velar por el fortalecimiento y desarrollo de las instituciones públicas de salud”.

Sobre este tema, en tanto, los constituyentes dejaron fuera del proyecto de nueva Constitución un artículo que se refería al seguro privado. “Pueden existir seguros privados voluntarios, con el único objeto de complementar o complementar las coberturas garantizadas por la financiación del Sistema Nacional de Salud”, decía la norma en cuestión.

De la misma forma, los convencionales tampoco dieron los votos, por lo que se rechazó el inciso que decía así, por no alcanzar el quórum de 2/3: “Se priorizará el acceso a las prestaciones de salud según criterios de salud”. y no por la capacidad individual de pago. También se rechazó una indicación promovida por la derecha que consagró la objeción de conciencia en la Constitución.

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Mientras tanto, por primera vez, la Constitución permitirá pueblos y naciones indigenas tener “derecho a sus propias medicinas tradicionales, para mantener sus prácticas de salud y conservar los componentes naturales que las sustentan”. Ese párrafo también añadía que “el Sistema Nacional de Salud reconoce, protege e integra estas prácticas y conocimientos, así como a quienes los imparten, de conformidad con esta Constitución y la ley”.

Otro de los temas más esperados de la instancia fue el derecho a la educación. Las convenciones aprobaron el artículo 16, que establece que “toda persona tiene derecho a la educación” y que ésta es un deber “primordial e ineludible” del Estado.

El Pleno también entregó el 2/3 para despachar el proyecto del siguiente artículo: “El Estado debe financiar este sistema en forma permanente, directa, pertinente y suficiente, a través de aportes basales, para el cumplimiento cabal y equitativo de los fines y principios de la educación”, lo que implica un cambio en el modelo de financiamiento de la educación pública a través del sistema que se ha denominado “bono”.

De igual manera, sucedió con la propuesta de la nueva Carta Magna de que la educación será universalmente accesible en todos los niveles, siendo un deber “primordial” e “ineludible” del Estado. Asimismo, de aprobarse la propuesta de la Convención, la educación será obligatoria desde el nivel básico hasta el bachillerato.

Además, la cámara aprobó la creación de un Sistema Nacional de Educación que estará integrado por “los establecimientos e instituciones de educación preescolar, básica, media y superior, creados o reconocidos por el Estado”. El artículo también menciona que será el Estado quien administre y financie este sistema “laico y gratuito”.

La instancia plenaria también despachó a la propuesta de nuevo texto constitucional el reconocimiento del “rol fundamental de los docentes, como profesionales en el Sistema Educativo Nacional”. En concreto, la indicación indica que “se valorará y fomentará la contribución de los educadores y auxiliares educativos, incluidos los educadores tradicionales. Los trabajadores de la educación son agentes clave para garantizar el derecho a la educación”.

Finalmente, también se incluyó en el proyecto el artículo relacionado con la libertad de enseñanza. El texto sostiene que los padres, madres y tutores tienen libertad para “elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de los niños, niñas y adolescentes”. Además, se refrendó la norma que establece que “los profesores gozarán de libertad académica en el ejercicio de sus funciones”.

Los convencionalistas también deliberaron sobre asuntos de lugar de residencia. Este derecho ya estaba en el borrador de la nueva Constitución. Había sido aprobado en el pleno anterior, que fue celebrado transversalmente por los constituyentes. Sin embargo, en esa ocasión, los incisos que daban una reducción práctica a este derecho fueron rechazados y devueltos a la comisión.

Sobre este tema, destacó la aprobación de una serie de párrafos al artículo 4 del informe. En ese marco, el pleno aprobó la norma que establece que “El Estado podrá participar en el diseño, construcción, rehabilitación, conservación e innovación de la vivienda”.

Asimismo, se indicó que el Estado tendrá especial consideración con las personas “con bajos ingresos económicos o pertenecientes a grupos cuyos derechos son especialmente vulnerados” en el diseño de políticas de vivienda y que garantizará la creación de albergues en casos de violencia de género “y otras formas de vulneración de derechos”.

Por otra parte, la creación de un Sistema Integrado de Tierras Públicasque tendrá la facultad de “dar prioridad al uso, manejo y enajenación de terrenos públicos para fines de interés social, así como para adquirir terrenos privados”.

Asimismo, se refrendó que el Estado garantizará la protección y el acceso equitativo a “los servicios, bienes y espacios públicos básicos; movilidad segura y sostenible; conectividad y seguridad vial”, además de promover la “integración socioespacial” y participar de “la plusvalía que genere su acción urbanística o normativa”.

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