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Convención: Pleno respalda norma de expropiación a “precio justo” y texto pasa a borrador de nueva Constitución

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Por 111 votos a favor, el Pleno de la Convención aprobó y remitió este miércoles al proyecto de nueva Constitución el párrafo referente al pago de un “precio justo” en caso de expropiación, norma que fue fuertemente cuestionada por las convenciones de Vamos por Chile y por entidades como el Observatorio Judicial.

De esta forma van al proyecto “el propietario siempre tendrá derecho a ser indemnizado por el justo precio del inmueble expropiado”. También se sostuvo que “el pago debe efectuarse con anterioridad a la toma de posesión física del bien expropiado y el expropiado siempre podrá reclamar la legalidad del acto expropiatorio, así como la cuantía y forma de pago ante los tribunales que determine la ley. ”.

Sobre este mismo tema, se agregó que “cualquiera que sea la causa invocada para llevar a cabo la expropiación, ésta deberá estar siempre debidamente fundada”.

Con anterioridad, ya fue aprobado por el Pleno el encabezamiento del artículo sobre expropiación, que establece: “Ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino en virtud de una ley que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o interés general declarada por el legislador. .

Convencional Bernardo Fontaine (Independiente Vamos por Chile) señaló que lo aprobado “si bien establece un pago previo, no establece un pago en efectivo y permite que los expropiados acudan a la vía judicial”.

Pero lo que más lamento es que “se establezca el precio correcto, pero ¿para quién? ¿Para los políticos que accedieron a expropiar o solo para los expropiados? De ninguna manera la persona se sentirá protegida. Porque la indemnización no se fijó a precio de mercado ni como daño patrimonial”. Afirmó que “no haberlo planteado así genera un manto de duda, porque al final solo los que quieren expropiar sin pagar no ponen el valor de mercado como compensación”.

Mientras que la convencional Patricia Politzer (INN) destacó en el debate que la norma aprobada “establece de manera inequívoca que el pago debe efectuarse con anterioridad a la toma de posesión física del bien expropiado, es decir, el inmueble no será expropiado hasta el último canon a pagar”. , si así se establece”.

El convencional César Valenzuela (PS) señaló que lo aprobado “viene a complementar el párrafo ya aprobado sobre la materia, estableciendo el deber del Estado de pagar un precio justo por los bienes expropiados, pagarlo antes de tomar posesión física de los mismos”. bien expropiado además de establecer un mecanismo de reclamación jurisdiccional sobre la legalidad del acto expropiatorio, el monto y su modalidad.

Aseguró que “las reglas contenidas en este informe permiten generar certezas y poner coto a las especulaciones que se han querido instalar sobre los alcances de esta propuesta”.

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