El Tribunal de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Tesoro a pagar una compensación total de 145 millones de pesos por daño moral, A los familiares de las víctimas que murieron a partir del tsunami que devastó la isla de Robinson Crusoe, en el archipiélago de Juan Fernández, temprano en la mañana del 27 de febrero de 2010, que no fue advertido a la población.
Después del terremoto de 27F, una ola de 15 metros devastada con una parte importante de la pequeña ciudad ubicada en la isla de Robinson Crusoe, el único habitante del archipiélago. Las olas fuertes ingresaron a 300 metros y causaron graves daños a la gobernación marítima, el retenedor de los carabineros, la cala de los pescadores y la escuela. 16 personas murieron, de los casi 850 habitantes que la isla tenía.
En un fallo unánime publicado el miércoles, la cuarta habitación de la corte de Alzada, integrada por los ministros Dobra Lusic, Jenny Book y el abogado (i) Jorge Benítez– Él descartó un error en el juicio disputado que condenó al estado por falta de servicio.
El fallo confirmó una sentencia emitida por el 30 ° Tribunal Civil de Santiago el 8 de abril de 2022, revocando solo en relación con la condena en las costas impuestas al Consejo de Defensa del Estado, resolviendo, en su lugar, que esta parte de esa carga se alivia.
El fallo de primer grado concluyó “que, entonces, se accederá a la demanda en el sentido de que el Tesoro de Chile debe compensar el daño moral que los demandantes han sufrido como resultado de la falta de servicio del estado”.
El fallo indicó que la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior (ONEMI) y el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Marina (SHOA) Alerta de Tsunami al archipiélago de Juan Fernández, el 27 de febrero de 2010.