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Criticable postura del Tribunal Constitucional

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Ya Corte Constitucional declaró la improcedencia de una solicitud que solicitaba la declaración de inconstitucionalidad de cuatro organizaciones extremistas que operan en la Macrozona Sur: la Coordinadora Arauco Malleco, la organización Weichán Auka Mapu, la Resistencia Mapuche Lavkenche y la Resistencia Mapuche Malleco. Para justificar su decisión, afirmó que tal declaración “se encuentra fuera del ámbito que la Corte puede conocer y juzgar”, ya que se trataría de materias de la competencia de los tribunales penales.

La negativa del TC a declarar inconstitucionales a cuatro grupos extremistas del sur solo contribuye a la indefensión de las víctimas.

El argumento es objetable. En primer lugar, excede con creces el análisis puramente formal que debe realizar el TC al realizar su control de admisibilidad. Y desde un punto de vista sustantivo, es altamente cuestionable que tal declaratoria se extralimite en sus facultades, ya que la Constitución otorga expresamente al TC la facultad de declarar la inconstitucionalidad de las organizaciones, movimientos o partidos políticos que hagan uso de la violencia, la propugnen o la inciten como un método de acción política.

Además, la misma Corte ha sostenido que dentro de dichos ilícitos constitucionales “caben grupos guerrilleros, separatistas, fundamentalistas o grupos clandestinos, si son violentos; asociaciones paramilitares, así como toda clase de organizaciones terroristas y de delincuencia organizada cuando asuman fines políticos”.

Dada la gravedad y persistencia de los hechos denunciados, la declaración de inadmisibilidad del TC podría incluso constituir un caso de denegación de justicia para las víctimas. En efecto, la violencia que se vive en la Macrozona Sur no es un fenómeno inorgánico e inconexo de la delincuencia común —para lo cual bastaría la justicia ordinaria—, sino que responde al esfuerzo coordinado de organizaciones radicalizadas que atentan contra la vida y seguridad de los habitantes de la zona. , además de causar un enorme daño a la economía local.

En definitiva, la negativa de la Corte a ejercer sus facultades constitucionales sólo contribuye a la indefensión de las víctimas de la Macrozona Sur.

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