“Muchas gracias por su interés, pero no haremos declaraciones”, fue la única respuesta de la contralora subrogante, Dorothy Pérez, ante las consultas de los medios respecto de si el organismo que dirige se pronunciará sobre los encuentros con empresarios, organizados por el lobista y exalcalde, Pablo Zalaquet, a los que asistieron algunos ministros de Estado.
Pérez concurrió este martes en la mañana a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados, a exponer la visión institucional sobre la reforma al sistema de auditoría del gobierno, que quedó en tela de juicio a raíz de todos los traspasos irregulares desde reparticiones públicas a fundaciones controladas por grupos de intereses políticos.
Sin embargo, el hermetismo frente a las citas en la casa de Zalaquett fue estricto. Incluso, la controlara (s) caminó con la cabeza gacha ante las cámara de televisión y no quiso confirmar ni desmentir verbalmente tampoco si eran efectivos los rumores -que en esos instantes circulaban con fuerza entre algunos diputados- de que ella también había asistido a una reunión en la residencia del exalcalde.
Esos rumores, no obstante, fueron desmentidos minutos después por un comunicado oficial de la Contraloría.
El punto es que la Ley de Lobby no solo obliga a ministros y parlamentarios a declarar reuniones en que se hayan ejercido gestiones de interés particular. La normativa establece el mismo deber al jefe(a) de la Contraloría. En ese caso, le corresponde a la propia Cámara de Diputadas y Diputados verificar el cumplimiento de la legislación del contralor(a).
Entre los diputados había suspicacias por la demora y silencio institucional que ha tenido el ente fiscalizador ante las reuniones en casa de Zalaquett en las que participaron los ministros Nicolás Grau (Economía), Maisa Rojas (Medio Ambiente), Carolina Tohá (Interior), Alberto van Klaveren (Relaciones Exteriores), Jeannette Jara (Trabajo) y Esteban Valenzuela (Agricultura).
En los casos de autoridades de gobierno es la Contraloría la que tiene potestad, según la Ley de Lobby. “En caso que el sujeto pasivo de aquellos señalados en el artículo 3º (ministros)…, no informare o registrare lo señalado en el artículo 8º dentro del plazo dispuesto para ello (audiencias con lobistas), la Contraloría General de la República le comunicará dicha circunstancia, y el obligado tendrá el plazo de veinte días para informar al respecto”.
Desde el organismo contralor tampoco han confirmado si ya cursaron, al menos, las solicitudes de información si es que hubo o no incumplimientos a la norma.
“La Contraloría tiene que dar una señal clarísima” dijo el diputado Benjamín Moreno (republicano), quien junto a su par de bancada, José Carlos Meza, ayer ingresó un requerimiento a la institución fiscalizadora pidiendo pronunciarse.
A ese llamado también se sumaron otros diputados como Diego Schalper (RN) y Alexis Sepúlveda (radical).
Ante el silencio institucional de la Contraloría, la Cámara dio otra señal importante este día, marcando la pauta a otras instituciones que debieran tomar cartas en este polémica de reuniones presuntamente no declaradas como lobby.
Por decisión unánime de sus integrantes, la Comisión de Ética resolvió abrir un expediente para verificar si hubo infracciones a la normativa de parte de diputados que concurrieron a la casa de Zalaquett.
El presidente de esta instancia disciplinaria, Nelson Venegas (PS), comentó que se reunirán además con el presidente de la corporación, Ricardo Cifuentes (DC), para acordar pasos a seguir. “La ley nos obliga a hacernos cargo de este tema”, dijo Venegas, quien frente a la potestad que tiene la Cámara sobre las actuaciones de la contralora, agregó que también será un tema que conversarán con el presidente de la Cámara.
Según la Ley de Lobby, la Contraloría debe ceñirse a un estricto procedimiento.
“En caso de ser necesario, el período probatorio será de ocho días. Podrán utilizarse todos los medios de prueba, la que será apreciada en conciencia. La Contraloría, mediante resolución fundada, propondrá, dentro de los diez días siguientes a aquel en que se evacuó la última diligencia, si corresponde, al jefe de servicio o a quien haga sus veces, la aplicación de una multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales. En caso que el sujeto pasivo sancionado sea el jefe de servicio o autoridad, la potestad sancionatoria residirá en la autoridad que lo nombró”, dice la legislación, es decir,en el caso de los ministros la sanción pecuniaria debiera ser aplicada por el propio Presidente de la República, a recomendación de la Contraloría.
“De todo lo anterior se dejará constancia en la respectiva hoja de vida funcionaria. Se publicarán los nombres de la o las personas sancionadas en los sitios electrónicos del respectivo órgano o servicio, por un plazo de un mes desde que esté firme la resolución que establece la sanción”, agrega la legislación.
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