Economia

Empresas “esenciales”: medios y fines en políticas públicas

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Señor Director:

La legislación laboral permite que, cada dos años, algunas empresas sean declaradas como “esenciales” para la prestación de sus servicios, lo cual implica que quedan exceptuadas del derecho a huelga por parte de sus trabajadores. En el más reciente proceso, se incluyó correctamente a la mayor parte de las empresas de transmisión eléctrica.

Una excepción importante fue la de la empresa dueña y operaria de la mayor línea de transmisión del país, “Cardones-Polpaico”, ubicada en la zona norte y parte esencial del sistema eléctrico nacional. Esto dejaría abierta la posibilidad de huelgas de sus trabajadores, con graves consecuencias para un sistema que ya opera con restricciones y altos vertimientos de energía, impactando de manera fundamental el proceso de descarbonización.

Es entendible que la declaración de esencialidad deba ser restrictiva, dada la importancia del derecho a huelga. Sin embargo, en este caso el único criterio diferenciador parece ser que la empresa no cuenta con un sindicato. No hay otro fundamento en la resolución ministerial que haga pensar otra cosa. Si lo que se busca es justamente fomentar la conformación de tales entidades, la herramienta utilizada no sería la adecuada y la esencialidad de la transmisión eléctrica no debiera ser puesta en duda.

Es de esperar que las instancias judiciales respectivas resuelvan este caso concreto ponderando, los distintos bienes jurídicos en juego. Pero más relevante aún es que en esta y otras instancias donde se pretenda fomentar ciertas políticas, se utilicen los medios adecuados para ello.

Javier Tapia Canales

Director ejecutivo, Transmisoras de Chile

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