Uno de los ejes del proyecto de ley que crea un nuevo instrumento de financiamiento público para estudios de nivel superior fue que fuera autofinanciable y que no requeriría recursos del erario. ¿Cómo se logra? Según la propuesta, quienes accedan a este nuevo sistema asumirán la obligación de pagar por periodos proporcionales al tiempo que estudiaron con el instrumento, con un límite de 20 años. Estos montos serán cobrados anualmente por la Tesorería General de la República, entre los que se encuentran los anticipos mensuales en función de sus ingresos.
Así, estarán exentos quienes una vez graduados perciban ingresos de hasta 7,5 UTA (equivalentes a unos $500.000 mensuales); Por la parte que supere estos ingresos, se contempla una tasa de contribución marginal progresiva del 13% para ingresos hasta 11,2 UTA y del 15% para ingresos superiores a ese monto, con la garantía de que su remuneración no supere el 7% de sus ingresos mensuales, o 8% en el caso de personas con ingresos anuales iguales o superiores a 45 UTA ($3 millones mensuales aproximadamente). Hasta un plazo de 20 años.
Esta fórmula abrió el camino a un debate entre expertos sobre si se trataba o no de un impuesto. El gobierno es categórico al afirmar que no y así lo explican. “Es un sistema voluntario. Y es una remuneración sólo para quienes recibieron apoyo del sistema y en diferentes proporciones según la diferente duración de las carreras. Es decir, se paga en relación con un beneficio gerencial percibido”.
Según el Servicio de Impuestos Internos (SII), los impuestos son las contribuciones monetarias que los ciudadanos están obligados por ley a pagar, para que el Estado cuente con recursos suficientes con los que financiar la satisfacción de las necesidades públicas.
Ante este escenario, existen diferentes opiniones entre los expertos.. El académico de la Universidad Adolfo Ibáñez, Claudio Agostini, Afirma que “no me parece que sea un impuesto, sino que es la devolución de un beneficio específico que recibió la persona y que es diferente a un impuesto. Dependiendo de si la persona regresa el 100% o menos, es un crédito, un subsidio parcial o un subsidio total”. Sin embargo, plantea la duda sobre la fórmula diseñada, ya que una persona puede acabar pagando una cantidad superior a lo que le costó su carrera. “Si terminas pagando más de lo que te prestaron, En ese caso, esa diferencia extra es un impuesto”.
Hugo Hurtado, socio líder de Tax & Legal de Deloitte, Sostuvo como primera definición que “en términos generales, un impuesto es un beneficio pecuniario obligatorio que los particulares deben pagar al Estado u otras entidades públicas en virtud de una ley, con el fin de financiar el gasto público”.
En ese sentido, agregó que “si bien es cierto que la contribución incluida en el proyecto de ley no constituye un impuesto, sí podría constituir un tributo, por lo que debe estar sujeta a las normas de control establecidas en la Constitución que busca proteger a las personas de actos del Estado que puedan causar daño”.
Darío Romero, socio de Impuestos y Transacciones Internacionales de EY, Señala que, “si bien es necesario conocer con mayor detalle las propuestas, no parece que se trate de un impuesto en el sentido técnico de la palabra, ya que los impuestos no tienen asociada una consideración específica. En este caso, se considera que se está pagando esta remuneración, es decir, los servicios educativos que la persona recibió financiados con la FES.
También señala que se debe “analizar si puede considerarse dentro del concepto amplio de impuestos que utiliza la Constitución, y por tanto ver si cumple con el principio constitucional que prohíbe su impacto específico”.
Ignacio Gepp, socio de Impuestos Puente Sur, También considera que el nuevo sistema “tiene características de impuestos, anda como impuestos, se viste de impuesto, pero que para generarse la persona tenía que haberse beneficiado del sistema, porque es una compensación que lo aleja de lo que sería ser un impuesto.”
Sin embargo, sostiene que “el exceso que la persona paga al sistema, porque el aporte al sistema sería mayor que el costo de la carrera potencial, sería un híbrido entre lo que se podría llamar un impuesto y un interés porque la persona contribuirá más al sistema. de lo que el sistema le aportó”.
Para el rector de la Universidad del Desarrollo (UDD), Federico Valdés, no hay dobles lecturas. Para él, esta propuesta es un impuesto y una reforma fiscal oculta “más disfrazada”. Así lo afirmó en el canal 24 horas.
Otra mirada la aporta la economista y académica de la Escuela de Gobierno UC, Andrea Repetto, quien enfatiza que “esa definición no es lo importante, porque es una distinción en el vocabulario que distrae de la discusión de fondo”. Para el economista, lo central es “qué incentivos tienen los estudiantes para afiliarse y luego pagar. Y los incentivos de las instituciones de educación superior para unirse y ofrecer carreras e investigación de calidad”.
Por eso, dice que “al final lo que importa es si podemos ofrecer educación de calidad a este nivel con la reforma propuesta”.







