Economia
Grupo CVV rechaza demanda de Vantrust y afirma que no hubo pago de dividendos previo a la quiebra de la constructora
El grupo CVV solicitó rechazar una demanda presentada por Vantrust en contra de la fallida empresa constructora Claro, Vicuña, Valenzuela (CVV) y su matriz, acción judicial en que la AGF pidió que se revoque el pago de dividendos por $ 2.431 millones a través de repartos efectuados entre 2021 y 2022. Esto, previo a la liquidación de la compañía con pasivos por más de $ 44 mil millones, decretada a fines de 2022.
La AGF de Vantrust Capital es administradora del Fondo de Inversión Privado (FIP) Vantrust CVV II, que es uno de los principales acreedor de la constructora. En septiembre pasado, la firma financiera se querelló contra accionistas de la empresa por administración desleal de patrimonio ajeno. Antes, en enero, la firma ligada al empresario Patricio Nazal denunció que ejecutivos y directivos de CVV efectuaron “ocultamientos sistemáticos de información”.
A fines del año pasado, la AGF inició una demanda civil en que solicitó revocar íntegramente los pagos anticipados efectuados por la constructora al Grupo CVV durante los años 2021 y 2022, y se reintegren al patrimonio de Claro, Vicuña, Valenzuela el monto total recibido por su matriz, incluidos los reajustes e intereses.
En su demanda, la administradora sostuvo que, a través del pago anticipado, la fallida empresa “decidió beneficiar deliberadamente” a su matriz en perjuicio de los demás acreedores. Añadió que, de no haber mediado el pago anticipado, la constructora dispondría de igual cantidad de recursos para poder abonar sus créditos e incrementar las posibilidades de recupero de sus acreedores.
En respuesta a la acción judicial el pasado 9 de enero, el abogado del grupo CVV, Javier San Martín, dijo que “no existieron los pagos de dividendos señalados, por lo que corresponde rechazar la demanda de revocación subjetiva al atacar ésta pagos que jamás se realizaron”.
Y añadió: “Vantrust busca aumentar el patrimonio de CVV aumentando las posibilidades de pago de su crédito de manera artificiosa, intentando reingresar dineros que nunca salieron realmente”.
Según el abogado, respecto al ejercicio 2021, la administradora “confunde lo que es una provisión contable obligatoria con una efectiva distribución de dividendos a los accionistas, confusión que resulta inadmisible no sólo por la sofisticación de Vantrust que debiese conocer estos aspectos contables básicos, sino que, además, porque la demandante tuvo pleno conocimiento del acuerdo de la junta extraordinaria de accionistas de mayo de 2021 en que se convino no repartir el dividendo provisionado y, consiguientemente, se reversó la provisión de este pasivo”.
Además, la defensa de la demandada aseguró que el último dividendo efectivamente repartido a sus accionistas por CVV, por $1.215.616.000 fue el correspondiente a las utilidades del ejercicio 2020, por una suma que representaba el 30% de la utilidad respectiva, es decir, el dividendo mínimo que debía distribuirse.
Este dividendo -añadió- fue aprobado por la junta ordinaria de accionistas del primer cuatrimestre de 2021. “Es decir, antes de suscribirse el contrato de financiamiento con Vantrust, y, que fue conocido por ésta para la celebración de dicho contrato, ya que estaba reflejado en los estados financieros auditados al 31 de diciembre de 2020, los que fueron entregados a la contraria en forma previa a suscribir el contrato de financiamiento, y fueron analizados y aceptados por Vantrust”, dijo la defensa de CVV.
Lo mismo aplica -dijo- al supuesto reparto de dividendos que habría realizado CVV durante el año 2022, sin que la demandante especifique cuándo se habría efectuado, basándose únicamente en el pre balance del 31 de agosto de 2022.
“Lo cierto y definitivo es que grupo CVV no recibió ningún pago de dividendos el año 2022, ni en ninguna otra oportunidad previa a la declaración de liquidación de CVV. Reiteramos a estos efectos, que los últimos dividendos percibidos por Grupo CVV corresponden a los del ejercicio del años 2020”, dijo la demandada, tras lo cual aseguró: “Si no ha habido una efectiva distribución de dividendos a los accionistas, y por tanto, el patrimonio de CVV no ha sufrido variación alguna producto de los hechos alegados por la contraria, ¿qué es lo que debiese reintegrarse mediante la acción revocatoria? Nada, no hay nada que reintegrar”.
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