Desde su vasta y reconocida trayectoria en el campo de la reorganización concursal, el abogado Juan Esteban Puga -socio del despacho de abogados Puga Ortiz- ha seguido activamente a las numerosas empresas que han emprendido este camino en los últimos años. A cargo del área concursal y de reestructuración de responsabilidades de su despacho, el experto ha participado en procesos recientes -Automotores Gildemeister o la constructora Beltec, por citar algunos- y también ha recibido los primeros contactos de la industria que se enfrenta a un severa crisis financiera. : las isapres.
“Como especialistas en derecho concursal y reorganizaciones hemos tenido consultas de los abogados de las isapre, no directamente de sus administraciones. Sin duda, no se trata de un fenómeno particular. Aunque algunos de ellos han mostrado un deterioro brutal, si no sistémico, que está afectando a toda la industria”, indica Puga, quien tiene en su haber el papel jugado en la reorganización de la isapre Masvida, caso que representa el gran precedente para el escenario y en el que asesoró a Nexus, la empresa estadounidense que compró esos activos.
“Una isapre se puede reorganizar perfectamente, pero esa solución no será para siempre porque la reorganización es frágil. Dependerá de muchos factores y de la espalda que presente”.
Aunque señala que “son pocas las isapres que están hablando de concursos para solicitar su liquidación”, el abogado considera que la fuerte caída financiera de la industria -con pérdidas por $127 mil millones a septiembre- se traduce en una crisis que ya se transfirió a la operación del sistema.
“Se sabe de clínicas que no están aceptando vales de isapre, sino que exigen que los pacientes paguen y hagan reembolsos, lo que cada vez es más complicado, lento y, probablemente, con más reparos porque las aseguradoras tienen un grave problema de solvencia. Eso dice que las clínicas sienten que algunas isapres no son líquidas”, indica.
-¿Cuál es su diagnóstico general del estado del sector?
-Este problema a nivel de la industria se genera por circunstancias excepcionales como la pandemia -que produjo escaladas de costos muy fuertes con alzas en los beneficios y un aumento brutal de las licencias médicas- y la ley que prohibía a las isapres subir sus planes durante ese lapso. . Y hay situaciones que tienen que ver en general con las limitaciones a las isapres para realizar reajustes unilaterales de tarifas y la eliminación de factores de riesgo. Esto, sumado al fallo de la Corte Suprema del 30 de noviembre, implicó un golpe muy duro y podría significar la insolvencia de todo el sistema de isapre.
-En comparación con empresas de diferentes rubros que han logrado reorganizarse en los últimos tiempos, ¿es esta una solución igualmente válida para las isapres?
-Una isapre se puede reorganizar perfectamente, pero esa solución no será para siempre porque la reorganización es frágil. Dependerá de muchos factores y de qué espalda presente.
-¿Qué condiciones necesitas?
-Es una industria complicada de reorganizar, salvo que haya un inversor que quiera inyectar liquidez a esa empresa. Por lo general, tiene que ver con la capitalización o con compradores que ponen ciertas condiciones. Hoy de lo que se habla es de devolver la solvencia a estas empresas, pero se sabe que será un negocio cada vez más complicado por todas las trabas a nivel jurisdiccional o legal. Reorganizar es muy complicado, aunque es posible y tenemos fórmulas.
-¿En caso de que la crisis de las isapres continúe, recomienda que se reorganicen?
-Creo que la industria lo que debe hacer es reorganizarse, pero esperando una solución que no vendrá de sus propios músculos. Muchos afiliados dirán “espero y confío”, pero mientras haya una luz al final del túnel, se sabe que el negocio de las isapres es rentable. Por ejemplo, en el caso de Masvida, había gente que salía pero también guardaba sus billeteras, aunque la parte de atrás detrás de ellas era diferente, lo que da una idea de lo que significa entrar.
-¿Qué hay que tener en cuenta?
-El sector isapre es una industria de seguros, por lo que la prioridad es mantener un flujo de ingresos.
-¿Qué aspectos de la estructura financiera de las isapres hacen que sea un proceso complejo?
-Un problema de las isapres es que tienen una garantía que se constituye sobre valores propios -como los depósitos a plazo- regulados por ley y que se congela para garantizar solo los beneficios, como los que se deben pagar durante los próximos 30 días , y se renueva constantemente. Y esa garantía tiene un problema: se libera con la autorización de la Superintendencia, por lo que en el caso de un acuerdo de reorganización se puede armar una pelea por ella. En el caso de Masvida, esta disputa entre proveedores y clientes aún existe y durará varios años.
-¿Cuál es el tratamiento que tienen las garantías de las isapres en caso de quiebra?
-Si la empresa fuera a la quiebra, hay una duda importante: si bien la ley establece garantías para cubrir beneficios, no dice que estos sean créditos preferenciales, con derecho al cobro antes que otros; no los califica de esa manera desde un punto de vista legal. Lo que sí establece la ley es que no se pueden embargar, pero el problema de eso en el caso de una liquidación es que se podría decir que esa parte está fuera de concurso y podría ir específicamente a cubrir esos beneficios. La ley no es clara al respecto y en el caso de Masvida sigue siendo un tema complicado.
Por eso reestructurar una isapre no es un asunto sencillo. Normalmente, la reestructuración apunta a tener más tiempo para pagar una deuda que ha comenzado a acumularse, pero para eso el acreedor siempre mirará primero la probabilidad de cubrir esa obligación.
Además, en el caso de esta industria, pesan mucho factores como la capacidad de las isapre para asegurar que sus cotizantes se queden, frente a otras alternativas que ofrecen más seguridad.
-¿Qué características debe tener una intervención a nivel concursal?
-Tenemos algunas ideas de cómo afrontar un concurso de saneamiento de isapres, que depende mucho de los acreedores; no tanto por su confianza en que su primer plan se llevará a cabo, sino por su posición en cuanto a la inconveniencia de que esa empresa quiebre.
Los acreedores muchas veces saben que la propia empresa no podrá pagar, pero saben que puede haber algún interesado y les conviene esperar esa alternativa antes de liquidar. En el caso de una isapre, esto es especialmente claro en el caso de acreedores atípicos -como los prestamistas- que no tienen preferencia y no se les paga con las garantías.
-¿Cómo está organizado el universo de acreedores?
-Es un tema muy sensible: cuando se inicia un procedimiento de liquidación o concurso de acreedores, se debe listar a todos los acreedores y eso significa tanto a los proveedores como a los clientes contribuyentes que están solicitando un reembolso; en consecuencia, es una lista enorme. Y el problema es que para aprobar un acuerdo de reorganización, la ley exige la aceptación de acreedores que representen las dos terceras partes del total del pasivo con derecho a voto en la asamblea. Este tema se presta a situaciones como campañas de recolección de firmas por parte de abogados dirigidas a los contribuyentes -a quienes se les debe reintegro de prestaciones, que pueden ser muchos- para solicitar más votos en la junta que los que van a tener grandes acreedores como clínicas
Decisiones gubernamentales
-¿De qué dependerá el éxito de eventuales reorganizaciones?
-Depende del marco regulatorio; lo más probable es que pase por eso, porque si no pasará otra cosa. ¿Por qué van a seguir perdiendo dinero?
-¿Qué pasará si finalmente la autoridad no da una salida que permita estabilizar la industria?
-La industria va a crujir mucho o va a intentar transmitir los precios de forma muy fuerte. Parece que esta situación va a perjudicar a las isapres, pero en realidad está perjudicando a los cotizantes, lo que el Gobierno no parece entender.
La industria se ve afectada y prueba de ello es lo que está pasando con el movimiento de dos dueños de isapres en base a acuerdos comerciales. Para que estos puedan ser invocados es porque el Estado de Chile no cumplió con la promesa a esos inversionistas en cuanto al marco regulatorio para evaluar un negocio.
-¿Ve motivos para que los dueños extranjeros de isapres recurran a acuerdos comerciales?
-Existe el riesgo de que el Estado de Chile deba asumir la responsabilidad por cambios en el sistema regulatorio. Las protecciones a las inversiones en general siempre están diseñadas para la expropiación, pero no solo para eso y en caso de un cambio normativo que signifique un daño causado por el Estado de Chile, estos cambios están protegidos por las cláusulas de los tratados de protección de inversiones.
-¿Y esto se aplica a efectos de sentencias de justicia, como la reciente sentencia del Tribunal Supremo para la aplicación de una tabla de factores?
-Es el Estado de Chile. Es necesario recordar lo que hizo la Corte Constitucional (que en 2010 declaró inconstitucionales normas de la Ley de Isapres que regulan la tabla de factores). Y ahora la Corte Suprema, en un caso en el que había pocas isapres, dictó sentencia a favor de todas ellas y, además, amplió un punto sobre la devolución del dinero con carácter retroactivo, en circunstancias que todas las aseguradoras cobraban de buena fe y distribuían. en sus cálculos comerciales.
La interpretación de la sentencia
– ¿Debe el Gobierno instruir una aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo sobre tablas de factores de forma que contenga un impacto económico, como pide la industria?
-La sentencia del Tribunal Supremo es muy clara y el Gobierno no la puede tocar.
-Pero las isapres piden a la Superintendencia de Salud que instruya a la brevedad sus criterios para aplicar el fallo en la línea de no empeorar su situación económica…
-La superintendencia tiene nueva tabla de factores (desde 2020) y lo único que podría hacer en cuanto al marco regulatorio es dictar con urgencia normatividad y suspender el cumplimiento de ese fallo desde el punto de vista que las isapres, aunque deben pagar retroactivamente , no pagan ahora. Y eso supondría un alivio importante, porque si tienen que pagar en efectivo y no les dan un plazo, son cifras grandes y eso sería muy complicado.
El cofundador de FTX, Sam Bankman-Fried, fue sentenciado a 25 años de prisión por robar miles de millones de dólares a sus clientes, lo que marca el capítulo final de un caso que ha cautivado y eclipsado a la vez a la industria de la criptografía.
El juez de distrito estadounidense Lewis A. Kaplan dictó la sentencia en un tribunal federal de Manhattan momentos después de que Bankman-Fried dijera que “lamentaba lo sucedido en cada etapa”. Se enfrentaba a hasta 110 años tras las rejas luego de haber sido declarado culpable el año pasado de siete delitos, incluidos fraude y conspiración.
El otrora multimillonario se convirtió en un símbolo de malversación y codicia en el mundo de las criptomonedas después de que su enormemente popular intercambio FTX colapsara, exponiendo un fraude de años que estafó en alrededor de US$ 10 mil millones a los clientes. Bankman-Fried, de 32 años, negó haber cometido fraude a sabiendas y afirmó que él y su criptoimperio fueron víctimas de las caídas del mercado en 2022.
Kaplan desestimó la declaración de 20 minutos de Bankman-Fried, diciendo que no estaba realmente arrepentido y se centró en cambio en la gravedad del crimen. “Existe el riesgo de que este hombre esté en condiciones de hacer algo muy malo en el futuro”, afirmó Kaplan. “Y no es un riesgo trivial. No es un riesgo trivial en absoluto”.
Además de la pena de prisión, Kaplan dijo que Bankman-Fried debería pagar más de 11 mil millones de dólares. En el juicio, los fiscales dijeron que Bankman-Fried desvió miles de millones de dólares de FTX a su fondo de cobertura hermano, Alameda Research, para gastarlos en inversiones especulativas, más de 300 donaciones políticas y costosos bienes raíces.
Ante la volatilidad del mercado, los prestamistas comenzaron a pedir su dinero en 2022 y Bankman-Fried utilizó los fondos de los clientes de FTX para devolverles el dinero. Pero una avalancha de retiros de clientes culminó con la declaración de quiebra de FTX en noviembre de 2022 y la renuncia de Bankman-Fried como director ejecutivo.
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El Servicio de Impuestos Internos (SII) llenó la vacante de uno de sus cargos estratégicos: la Dirección de Grandes Contribuyentes (DGC).
Tras la salida del anterior director, Christian Soto, por su eventual implicancia en delitos mencionados en el denominado caso Audios, el organismo designó hoy al abogado Sergio Henríquez como nuevo jefe de la unidad.
Henríquez es abogado y magíster en Derecho Tributario, ambos de la Universidad de Chile. Tiene 40 años y cuenta con más de 15 años de experiencia en materia tributaria, tanto en el ámbito público como privado.
En el ámbito laboral, fue asesor de política tributaria del Ministerio de Hacienda entre 2014 y 2017, y luego Coordinador de política tributaria de la cartera a fines del gobierno de la expresidenta Bachelet. También se desempeñó como jefe de gabinete en la Subsecretaría de Hacienda, entre marzo de 2022 y marzo de 2023. Hasta la fecha, se desempeñaba como jefe de gabinete del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
En su desempeño en el mundo privado trabajó como abogado tributario en Sapag y González, Bofill, Escobar, Silva, y fue gerente senior en la consultora KPMG, especializándose en temas relacionados con tributación inmobiliaria y tributación internacional.
En el plano académico, el abogado ha sido docente en distintos cursos de postgrado relacionados con el derecho tributario en las Universidades Adolfo Ibáñez y Católica de Valparaíso.
Cercano al Frente Amplio, Henríquez es hijo del exministro de Vivienda del mismo nombre durante el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle, entre 1997 y 2000.
El área donde llega
El año pasado, y como parte de su estrategia de fiscalización del cumplimiento tributario de los grandes grupos empresariales, el SII reestructuró la DGC, con la inclusión de tres departamentos de Cumplimiento de Grandes Grupos Empresariales, una Oficina de Facilitación y Asistencia, un Departamento Jurídico, un Departamento de Procedimientos Administrativos Tributarios, un Departamento de Administración y una Oficina de Apoyo a la Gestión.
El proceso contempló también la actualización de los criterios de incorporación a la nómina de contribuyentes que maneja la repartición.
“Con estos cambios, el foco del trabajo de la DGC ya no está puesto en la revisión de cada empresa como tal, sino en generar un conocimiento acabado del modelo de negocios implementado por cada grupo y, de esa forma, diseñar un tratamiento diferenciado, aprovechando todas las capacidades instaladas en los equipos del servicio y fortaleciendo la vinculación con otras instituciones del Estado y administraciones tributarias, en el marco del Foro de las Administraciones Tributarias, dependiente de la OCDE, de la cual nuestro Servicio forma parte activa”, explicó el SII en el comunicado donde anuncia la llegada de Henríquez a la DGC.
Pasadas las 21 hrs. de este miércoles y de cara a la discusión en particular que comenzará la próxima semana en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, el Gobierno finalmente ingresó indicaciones al proyecto de ley corta de isapres, en las que, tal como se esperaba, puso límites al alza de precios que deberán hacer las aseguradoras para alcanzar el equilibrio financiero, pero con un nuevo mecanismo que hasta ahora no estaba considerado en la ecuación.
Cabe recordar que el objetivo central de la ley corta es justamente aplicar el fallo por tabla de factores y generar las condiciones para que la industria pueda resistirlo. En la práctica, esto se traduce en instruir las devoluciones masivas a afiliados y, a raíz de ello, dar espacio a algún mecanismo para que las isapres puedan aumentar sus ingresos.
Dicho mecanismo, durante toda la tramitación de la ley corta, consistía en un alza de precios base de los planes que debía ser justificada ante la Superintendencia de Salud. No obstante, en sus últimas indicaciones, el Gobierno reemplazó esto por “una prima extraordinaria correspondiente al monto necesario para cubrir el costo de las prestaciones, licencias médicas y otros beneficios de sus personas afiliadas y beneficiarias”.
Las condiciones para esa prima son que no podrá considerar el déficit que pudiese haber presentado una isapre antes del 30 de noviembre de 2022 -fecha en que se dictó el fallo- y que tampoco podrá implicar un alza “mayor al 10% respecto de la cotización para salud descontada de las remuneraciones, pensiones y rentas afectas a aquellas, correspondientes al mes de julio de 2023, o a la cotización descontada al momento del alza si el contrato fuese posterior a dicha fecha”.
Por otro lado, el Ejecutivo también agregó un artículo que dice que las isapres deberán justificar ante la Superintendencia los cobros que realizarán por las Garantías Explícitas de Salud (GES), teniendo que ser verificados por la autoridad.
Además, agregó una serie de indicaciones relacionadas al otro brazo de la ley corta, que es el fortalecimiento de Fonasa a través de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC), por ejemplo, regulando el pago de primas por los seguros que crea esta nueva norma y fijando contornos de posibles planes familiares que se ofrecerían.
Un eventual recálculo de la deuda del sistema, por ahora se mantiene ausente. Algunas fuentes del Congreso aseguran que es un debate que sigue abierto y que el Gobierno estaría abierto a negociar en una casi segura Comisión Mixta que sería presidida por el senador Javier Macaya (UDI).