El Juzgado de Garantía de Cañete declaró sin lugar la prisión preventiva para los dos marinos imputados por el homicidio simple de Yordan Llempi Machacán, hecho ocurrido en noviembre de 2021.
El juez Cristian Rosenberg no dio lugar a la medida cautelar solicitada por el fiscal Nelson Vigueras y los querellantes Nelson Miranda y el INDH, contra el subteniente de Marina Luis Videla Cid y el cabo segundo de la misma institución Ricardo Seguel San Martín.
Ambos son investigados por la muerte del comunero de 23 años ocurrida el 3 de noviembre de 2021, en el marco de un operativo mixto realizado por la Armada y Carabineros en la ruta P72s, que une Cañete con Tirúa, provincia de Arauco, en la Región del Biobío.
Allí, según informó el Ministerio Público, en el marco de un enfrentamiento con manifestantes armados, efectivos de la Marina abrieron fuego contra un poblado, dando muerte a Llempi Machacán, quien se encontraba en el patio de su vivienda. La defensa del imputado asegura que el comunero estaba armado al momento de los hechos.
Durante el cuarto día de una audiencia que comenzó el miércoles de la semana pasada, el abogado Sergio Contreras, en representación de ambos infantes de marina, al concluir sus alegatos, reforzó la tesis de que los oficiales de la Armada cumplían órdenes del Estado chileno y utilizaban sus armas de forma paulatina, bajo la regla de la Regla de Uso de la Fuerza, siendo atacados con armas automáticas y fusiles de guerra, con municiones similares a las que utilizan los marinos, con base en peritajes de la PDI, videos oficiales y algunos obtenidos de medios de comunicación y redes sociales.
Explicó que el tribunal debe entender por legítima defensa, como justificación de la actuación del personal militar al momento del fatal hecho.
El fiscal Nelsón Vigueras, quien solicitó prisión preventiva, lleva desde noviembre del año pasado una investigación que consta de 4.040 folios y como prueba de cargo contra los imputados tiene los videos de las cámaras Go Pro que portaban 18 infantes en sus casos. marinos que participaron en el operativo, además de audios. A ellos se suman dos cámaras portadas por personal de la Policía de Control Policial (COP) de Los Álamos, e imágenes de un dron utilizado por la Infantería de Marina.
Según la investigación, la teniente Videla Cid es quien da las órdenes a la patrulla, para que disparen balas de fogueo en primera instancia. Al no poder sacar de su escondite a un individuo que estaba atrincherado en un paradero de buses de la localidad -que no permitía el avance de los militares-, ordenó al cabo Seguel San Martín que disparara cinco veces con su fusil calibre 5.56 hacia el paradero.
En ese momento, un impacto hirió de muerte a Yordan Llempi, quien se encontraba a 115 metros de distancia.
El magistrado fijó un plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación y los imputados deberán permanecer en las dependencias de la unidad naval en Talcahuano, a la espera de lo que resuelva la Corte de Apelaciones de Concepción sobre su libertad, ya que el fiscal Vigueras apeló verbalmente la sentencia. resolución de primera instancia.
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