Economia

Las deudas pendientes de la Ley de Quiebras

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RICARDO IBAÑEZ

El vaso está medio lleno: ocho años después de su implementación, la Ley 20.720 sobre Reordenamiento y Liquidación del Patrimonio de Empresas y Personas Físicas -comúnmente llamada “Ley de Quiebras”- ha permitido a miles de personas naturales y jurídicas retomar sus negocios, reinsertarse ingresar al sistema financiero o reorganizar sus pasivos para la continuidad de sus proyectos.

La mitad vacía: la ley tiene deudas pendientes. Toda una paradoja para una normativa que, precisamente, busca dar a la gente la tranquilidad de no llevar más el peso de la delincuencia.

“Muchas personas que han pasado por un proceso de insolvencia, a pesar de no tener antecedentes comerciales, en la práctica tienen prohibido volver a ingresar al sistema financiero”.

Ocho años después de su entrada en vigor, la Ley 20.720 presenta dos vacíos importantes. Por un lado, la norma excluye a los deudores de Préstamos con Garantía del Estado de acceder al concurso de acreedores, de forma que una deuda estudiantil les impide reinsertarse en el sistema financiero, soñar con una vivienda propia, solicitar un préstamo para un coche, emprender una proyecto o viaje.

Entre las reformas urgentes del texto legal, también podemos considerar quitar la condición de empresa deudora a las personas que hayan emitido billetes en los últimos 24 meses; poder reorganizar algunas deudas excluidas (como las pensiones); o hacer que los procesos de reasentamiento sean más accesibles para las pymes más pequeñas.

El balance positivo de estos primeros ocho años es que el país cuenta con un moderno sistema concursal, que ofrece a las personas la posibilidad de emprender y rehabilitarse después de una quiebra. Una regulación que -salvo la excepción descrita anteriormente- brinda una segunda oportunidad a las personas físicas, grandes empresas y pequeñas y medianas empresas.

De alguna manera, se reconoce la posibilidad de fracaso y se establecen mecanismos legales para volver a ponerse en pie. Sin embargo, otro de sus vacíos radica precisamente en la “calidad” de esa reinserción. Muchas personas que han pasado por procedimientos de insolvencia y, a pesar de no tener antecedentes comerciales, tienen prohibido volver a ingresar al sistema. De hecho, solo han conseguido abrir productos financieros como las cuentas corrientes gracias a la interposición de recursos extraordinarios ante los tribunales.

Este no puede ser el camino. Si el Estado de Chile, a través de todos sus poderes, llegó a un consenso para redactar, promulgar y hacer cumplir una ley, no es posible que las instituciones que operan en el mercado regular pretendan saltarse esta regla.

El año pasado se registraron más de 5.000 procedimientos de liquidación voluntaria en todo el país y, a pesar de la crisis económica, este año esa cifra ha disminuido. Todo apunta a que en 2023 serán más los chilenos y chilenas que se verán golpeados por la crisis. Para todos ellos es valiosa la tranquilidad de que el país tiene una ley que pueden aprovechar y empezar de nuevo.

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