Economia
Los informes jurídicos que presentó Banco de Chile para defenderse en el caso de interlocking
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Banco de Chile reforzó su posición frente al requerimiento que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) -iniciado a fines de 2021- por la eventual participación simultánea (interlocking) de un director, en ese entonces, Hernán Büchi, quien también se desempeñaba en dicho rol en Consorcio y Falabella.
Recientemente, la entidad financiera presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dos informes jurídicos en los que se descarta la existencia de ilegalidades.
El primer reporte, encargado por Banco de Chile, fue elaborado por el profesor Eduardo Cordero, quien determinó que el rol de Büchi en dicho banco, Consorcio y Falabella no está tipificado como un ilícito anticompetitivo ya que “exige que una misma persona natural se desempeñe simultáneamente como director o ejecutivo relevante”, mientras que la FNE incluyó a las sociedades matrices en las que se verificó la aludida participación simultánea, lo que, según Codero, sería un error.
“El actuar de la FNE (…) además de carecer de respaldo normativo, produce consecuencias que pueden afectar severamente”, dijo Mario Ybar.
Explicó que para que se configure el interlocking, es necesario que se trate de empresas competidoras entre sí, “situación que tampoco ocurre en los hechos que fundaron el requerimiento, pues éste ha sido dirigido contra Banco de Chile, que es una entidad bancaria, y otras dos sociedades de inversión que por su naturaleza no pueden ser consideradas como bancos y no son competidoras”.
Cordero reprochó que la FNE “ha realizado una interpretación extensiva del tipo infraccional” y que incluso “ha incurrido en una abierta infracción al principio de tipicidad”.
Aseguró que “Banco de Chile ha actuado conforme a los criterios establecidos por la propia autoridad y bajo la confianza de estar obrando de forma legítima”.
Para afirmar esto, recordó que cuando entró en régimen la legislación (2017), el criterio que fue compartido por el jefe de la División de Fiscalización de Cumplimiento de la FNE, Manfred Zinc, es que solo se podía sancionar como ilícito el interlocking horizontal directo, hecho que no ocurriría en el caso de Banco de Chile, que aborda las relaciones entre matriz y filial.
El documento del exFNE
El segundo informe encargado por Banco de Chile lo desarrolló el exsubfiscal Nacional Económico y counsel de Garrigues, Mario Ybar, quien estableció en su análisis que las actuaciones de la FNE carecen de respaldo normativo y “producen consecuencias que pueden afectar severamente el ‘mercado de directores’ sin una justificación procompetitiva mínimamente proporcional”.
Adicionalmente, recordó que cuando se discutió la prohibición del interlocking en el Congreso, tanto el Fiscal Nacional Económico de la época como los representantes del Ejecutivo enfatizaron que la norma no cubría todas las hipótesis de interlocking que podrían llegar a resultar relevantes a considerar. Así, quedó fuera la prohibición de interlocking a través de parientes y de modalidad indirecta.
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