Minera Lumina Copper Chile (Caserones), del gigante canadiense Lundin Mining, apeló el fallo del 10° Juzgado Civil de Santiago, que la condenó a pagar US$ 2 millones a la ingeniería Sitac Aguas Industriales SA, tras determinar que la demandada actuó de manera contraria a los principios de lealtad y buena fe durante las conversaciones de un proyecto de abastecimiento de agua para dicho campo en Atacama.
“Se trata de un reclamo infundado, por lo que, a pesar de que el juez rechazó la mayor parte, Caserones (Lumina) presentó un recurso de apelación y otro de casación en el formulario. Hay plena confianza en que los Tribunales Superiores aceptarán los recursos presentados y rechazarán definitivamente la demanda”, comentó la empresa al DF.
Abogados de la plaza coinciden en que el fallo del juez Gastón Villagra no es inédito, pero sí insólito, ya que Sitac demandó a Lumina por responsabilidad extracontractual y le exigió el pago de US$ 5,6 millones, alegando abandono “intempestivo”. de la minera a la iniciativa que firmaron en 2012 en un Memorando de Entendimiento (MoU, por sus siglas en inglés).
Para llevar agua al campo Caserones -ubicado a 162 kilómetros de Copiapó, a 9 kilómetros de la frontera con Argentina y a 4.600 metros de altitud-, el MoU estableció la intención de Lumina de adquirir el recurso a Sitac a partir de su “Proyecto de Abastecimiento Binacional de Río Agua Industrial Salado”, que transportaría agua para la minería, apoyándose en tratados entre Chile y Argentina. También expresó la voluntad de Sitac de suministrar el flujo.
El documento estipulaba: “Este memorando no es vinculante y sólo constituye una declaración de intenciones”.
Así, los términos y condiciones se abordarían en un contrato de suministro que tendría una duración de 27 años, hasta 500 litros por segundo y un precio base de US$ 3,3 por metro cúbico.
Sin embargo, en agosto de 2014, y tras la firma de una prórroga del memorando en mayo, Lumina decidió no seguir adelante con el proyecto, optando por abastecer de pozos a la mina Caserones. La Sitac, que tenía “razonable confianza en la celebración del contrato”, según el fallo, señaló los perjuicios generados por los recursos invertidos, la contratación de personal, estudios jurídicos y de ingeniería, viajes y otros.
El juez estimó parcialmente la demanda al considerar “oportuno calificar la responsabilidad precontractual de Lumina” y responsabilizarla de “haber creado expectativas y haber incumplido su deber de información y lealtad” por haber “abandonado la negociación sin demostración previa”.
El abogado de Sitac, Alejandro Laura, se limitó a comentar que “la sentencia es contundente y habla por sí sola”.