Golpe tras otro ha recibido la estrategia de litigio impulsada desde la División Jurídica del Ministerio del Interior en sus intervenciones en uno de los casos más emblemáticos de corrupción policial que se procesa actualmente en Chile.
Esta es la preparación del juicio oral de los llamados Caso de huracán en el que el Ministerio Público persigue a exmiembros del Cuerpo de Inteligencia de Carabineros que -según denuncias- fabricaron pruebas para criminalizar a comuneros mapuche en atentados terroristas en la Macrozona Sur. Hace once días fueron excluidos como querellantes en esta causa penal, ya que se negaron a corregir un defecto formal de su acusacióny ahora agrega eso la Corte de Apelaciones de Temuco declaró improcedente por “improcedente” el recurso de denuncia con el que intentaron revertir la resolución de la juez marcia castillo.
En el mundo judicial son pocos los recursos de denuncia que se presentan. Principalmente porque atacan “faltas o abusos graves” cometidos por un juez y, por tanto, son carácter extraordinario. A pesar de todo esto, fue el camino que eligió la abogada Camila Barros -jefe de división- para poder volver a ser litigantes en esta investigación en la que se acusa al ex general encargado de la Inteligencia de la policía uniformada, como principal autor de los hechos gonzalo blu.
En el escrito, el Gobierno acusa al titular del Juzgado de Garantía de Temuco de incurrir en “falta grave o abuso por invocando un supuesto defecto de forma, instruye al Ministerio del Interior y Seguridad Pública a excluir de su acusación particular el delito de entorpecimiento de la investigaciónen circunstancias en que la calificación jurídica que un interviniente hace sobre determinados hechos nunca puede ser considerada como una cuestión “formal” de la acusación”.
En síntesis, dice el abogado Barros en el texto remitido al Juzgado de Temuquense, que “es decir, el juez apelado viola el texto expreso de la ley; al mismo tiempo viola las disposiciones de este Tribunal; y consecuentemente, parte de los principios más básicos del poder judicial, como el principio de legalidad y ejecución, bases del ejercicio de la jurisdicción”. Esto último porque, según se detalla en la carta, ya habían sido excluidos como querellantes -en el gobierno pasado- y reincorporados a la tramitación de este caso, por lo que el juez Castillo, al removerlos, habría incluso desobedecido lo ordenado por el superiores de ella.
La denuncia también solicitaba que el juez se retirara de la causa y un magistrado no inhabilitado continuara con la audiencia de preparación del juicio oral. “Dado el mérito de los antecedentes aportados por el recurso y visto también lo dispuesto en los artículos 545, 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso se declara improcedente por inadmisible”, resolvieron las ministras Adriana Aravena, Mirna Espejo y Viviana Ibarra, integrantes de la primera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco.
Algo que llamó la atención dentro del Poder Judicial fue una solicitud que se hizo en la “primera adenda” por parte del ex querellante del Ministerio del Interior y que decía: “Sin perjuicio de lo anterior, en subsidiopor caso de que su honorable señoría considere que este recurso es improcedente o por cualquier otro motivo no les hagas saberSolicito se actúe de oficio y por este medio se subsanen las faltas en que incurrió el juez Castillo con motivo de la emisión de la resolución (…) en fin se solicita se subsane lo erróneamente actuado, se ordene el mantenimiento del delito de entorpecimiento de la investigación, como parte integrante de la acusación particular de este interviniente, dejando sin efecto las resoluciones dictadas con motivo de la falta de corrección de los vicios formales alegados.”
Lo extraño, dicen fuentes judiciales, es que esta solicitud era más bien un recurso de apelación y por lo mismo respondieron los tres magistrados en resolución unánime: “No hay lugar para los inadmisibles”.
Quienes también salieron a cuestionar los intentos de Gobernación por retomar el caso fueron los abogados defensores de los carabineros imputados. En particular, sostienen, es contradictorio que el Gobierno recurra a una denuncia y ponga como uno de sus argumentos que no tiene otra forma de revertir lo que hizo el juez Castillo y luego presentar otro recurso en el mismo tribunal de garantía, esta vez un recurso de apelación. . . De hecho, en la página 17 de la denuncia se lee expresamente: “La resolución dictada con falta grave o abuso no es susceptible de otro recurso”.
Javier Jara, abogado del ex agente de Inteligencia de Temuco Patricio Marín, apuntó a un “amateurismo” por parte de quienes hoy están en esa cartera. “Ellos mismos reconocen en la denuncia declarada improcedente que no cuentan con más recursos y sin embargo interponen recurso de apelación. Hay una contradicción evidente, además que no apelan la resolución que les ordenó modificar su acusación, obstáculo insalvable para que la Corte pueda conocer el recurso de apelación, lo que también hace improcedente el recurso, creo que la poca experiencia hace que estos errores graves“, el Señaló.
El abogado Marisa Navarrete, quien representa al ex suboficial Leonardo Osses, tiene una visión similar y ya adelantaron un recurso de hecho que presentarán para evitar que la corte de apelaciones de Temuco vea la admisibilidad del último escrito que tiene Gobernación, el cual es la apelación. “El Ministerio del Interior quedó fuera porque no cumplió con la resolución de un juez que ordenó corregir. El resultado de los que no lo hacen está contemplado en la propia ley y es que quedan fuera. Contra esta resolución no cabe recurso. porque nuestro Código Procesal limita la interposición de recursos. Eso es todo. No hay más interpretaciones en una sanción establecida en la ley”, dijo el defensor.
Desde Interior defienden la estrategia y explican que ya antes se había pedido la exclusión como querellantes, en el gobierno de Sebastián Piñera, y que había sido el mismo juez quien los había dejado fuera. Luego de eso, apelaron y fue el Tribunal el que revocó la resolución de Castillo y les permitió seguir participando en el proceso e incluso acusar por el delito de entorpecimiento de la investigación, que es el que el magistrado les ordenó corregir el 9 de mayo. argumentando que se trataba de un “vicio formal”.
En medio de este contexto y siendo nuevamente marginados del caso, es que Decidieron interponer la denuncia, basándose -principalmente- en lo que sostuvo el tribunal superior de esa jurisdicción la última vez que los reintegró.. Es decir, una orden de un superior que no se habría respetado.
Sin embargo, el Ministerio del Interior ya presentó -el 17 de mayo- el recurso de casación que fue declarado admisible por el Juzgado de Garantía, explican desde cartera. Lo cierto es que si bien se levantaron las actas, ya que el juzgado solo verifica si fueron presentadas dentro del plazo, es la Audiencia la que finalmente tendrá que determinar en los próximos días si da luz verde a la tramitación del último escrito que tiene el Gobierno para continuar en su papel de denunciante de este emblemático caso o, en su defecto, confirme su exclusión, ante lo cual el querellante institucional deberá “tomar caja” ante uno de los juicios más importantes de los últimos años.
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