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Economia

Operación Renta: tras observación de Contraloría, SII informa que declaraciones de renta con pago podrán realizarse entre 6 y 12 de mayo

Martina E. Galindez

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Hay novedades en el marco de la postergación de los plazos de la Operación Renta anunciada a fines de la semana pasada por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Esto debido a que la entidad informó que Declaraciones de Renta con pago realizado en el marco de la prórroga de plazo decretada por el Gobierno (es decir, entre el 3 y el 12 de mayo), solo se podrán completar a partir del 6 de mayo a partir de las 16:00 horas

¿La razón? La Contraloría General de la República hizo una observación durante el proceso de toma de decisión del decreto supremo que postergó los plazos de la Operación Renta, que establece que el SII debe incluir en el cálculo del monto a pagar el Índice de Precios al Consumidor (IPC ) para abrilque se estrenará el viernes 6 de mayo.

“Por esta razón, Una vez incluido este valor en el cómputo, se podrá completar el pago a partir de las 16:00 horas del viernes 6, que se extenderá hasta las 23:59 horas del 12 de mayo”, indicó la entidad que dirige Hernán Frigolett.

Entre el martes 3 a las 00:00 horas y el viernes 6 a las 16:00 horas, los contribuyentes podrán acceder a su información, revisarla, modificarla si detectan diferencias y guardar los cambios, por lo que a partir del viernes 6 a las 4:00 pm pago con dato confirmado.

De igual manera, si los contribuyentes desean utilizar las opciones de pago diferido de renta o cupones de pago bancario, estas opciones también estarán disponibles a partir del viernes 6 a las 4:00 p. m., ya que se requiere el IPC del mes de abril para poder para completar la declaración.

“Así mismo, durante este período, los contribuyentes con declaraciones sin pago o con solicitud de devolución podrán continuar enviando sus declaraciones de renta y con ello complementar el proceso de cumplimiento de su obligación tributaria”, detalló el SII.

Además, Las personas que sean empresarios individuales (es decir, utilicen su mismo RUT) y utilicen el plazo adicional para presentar sus declaraciones juradas de renta, podrán presentar las Declaraciones Juradas 1847, 1848 o 1943, según corresponda, también hasta el 12 de mayo.

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