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Pleno respalda negociación colectiva, huelga y trabajo decente, pero descarta texto de subcontratación

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El Pleno de la Convención analizó el Informe de la segunda propuesta constitucional de la Comisión de Derechos Fundamentales aprueba una serie de normas relacionadas con el trabajo digno, la negociación colectiva y el derecho de huelgapero descartado enviar al texto constitucional norma que pretendía regular la subcontratación.

Con respecto a trabajo decente Se aprobó que “toda persona tiene derecho al trabajo ya su libre elección. El Estado garantiza el trabajo digno y su protección”, que incluye el derecho a condiciones de trabajo dignas, “a la seguridad y salud en el trabajo, al descanso, al disfrute del tiempo libre, a la desconexión digital, a la garantía de indemnización y al pleno respeto”. por los derechos fundamentales” en el contexto del trabajo.

Asimismo, se ratificó que los trabajadores tendrán derecho a “remuneración equitativa, justa y suficiente, para asegurar su sustento y el de su familia. Toda persona tiene derecho a igual salario por igual trabajo.

El convencional también aprobó que el Estado generará políticas públicas que permitan la conciliación de la vida laboral, familiar y comunitaria, y el trabajo de cuidados.

También se estableció que el Estado garantizará el respeto a los derechos reproductivos de las personas trabajadoras, eliminando los riesgos que afecten la salud reproductiva y salvaguardando los derechos de paternidad y maternidad.

Subcontratación y temporal

El pleno rechazó la propuesta que indicaba que “Una ley regulará la subcontratación para evitar la precariedad laboral”. La iniciativa logró solo 81 votos a favor y necesitaba al menos 103. Cabe señalar que una primera propuesta que indicaba que se permitiría la subcontratación ya había sido rechazada por el pleno “Solo para actividades ajenas al giro de la empresa” y que también prohibía la “precariedad laboral, como contratos por honorarios o tercerización y tercerización de servicios”. De esta forma, quedan fuera del texto constitucional las normas sobre subcontratación.

Se aprobó y pasó al proyecto que “en zonas rurales y agrícolas el Estado debe garantizar condiciones justas y dignas en el trabajo estacional”, salvaguardando el ejercicio de sus derechos laborales y de seguridad social.

Los convenios dieron luz verde a otras normas que reconocen “la función social del trabajo” y que “debe garantizarse la protección efectiva de los trabajadores y de las organizaciones sindicales, a través de un órgano autónomo encargado de su supervisión”. Se prohíben todas las formas de precariedad laboral, así como el “trabajo forzado, humillante o denigrante”.

negociación colectiva

Fue aprobada y formará parte de la propuesta de una nueva Constitución que “los sindicatos son los titulares exclusivos del derecho a la negociación colectivacomo únicos representantes de los trabajadores ante el (los) empleador(es).

Con respecto a derecho a la huelga El Pleno apoyó que la Constitución “garantiza el derecho de huelga a los trabajadores y organizaciones sindicales” y que éstos “decidirán el alcance de los intereses que a través de ella se defenderán, los cuales no pueden ser limitados por la ley”. El legislador no puede prohibir la huelga.

En cuanto a servicios esenciales se aprobó que “la ley sólo podrá establecer limitaciones excepcionales a la huelga para atender servicios esenciales que puedan afectar la vida, la salud o la seguridad de la población”.

especulación de tierras

El pleno también se pronunció sobre el derecho a la vivienda que ya había sido aprobado y ahora, complementando la norma, aprobó y envió al proyecto de nueva Constitución que “el Estado podrá participar en el diseño, construcción, rehabilitación, conservación e innovación de la vivienda”. .”

Asimismo, que el Estado administrará un “Sistema Integrado de Suelos público. Este tendrá facultades para dar prioridad al uso, manejo y enajenación de terrenos públicos para fines de interés social, así como para adquirir terrenos privados.

La convención también aprobó que el Estado garantizará “la disponibilidad de los terrenos necesarios para la provisión de una vivienda digna y adecuada. Además, establecerán mecanismos para evitar la especulación con la tierra y vivienda en perjuicio del interés público”.

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