En Chile, la ley no permite el libre albedrío, ya que obliga a un potencial testador a hacerlo a favor de algunas personas, como hijos, cónyuges, padres, hermanos, entre otros. Si bien es un tema que interesa a mucha gente, no se ha tratado mucho en el Congreso, ya que Solo existe una iniciativa en el Congreso que modifica el Código Civil, relativa a la apertura de testamento cerrado y que se encuentra latente en la Comisión de Constitución de la Cámara desde diciembre de 2014, cuando fue admitida a trámite y remitida a la Comisión de Constitución.
A pesar de no avanzar en la Cámara de Diputados, donde fue admitida el 17 de diciembre de 2024, tuvo un apoyo bastante transversal, Bueno, el proyecto de ley lo firmaron los entonces diputados (algunos aún lo son) Guillermo Ceroni (PPD), Fuad Chahin (DC), Juan Antonio Coloma (UDI), Yasna Provoste (DC), Ricardo Rincón (DC), René Saffirio (indep .), Arturo Squella (UDI), Marisol Turres (UDI) y Patricio Vallespín (DC), este último autor de la iniciativa.
Pero esta vez el senador independiente Karim Bianchi (indep.) decidió abordar el tema de una manera más amplia que la planteada por el proyecto que no avanzó en la Cámara, ingresando un proyecto de ley que propone el “testamento de libre disposición”, con el fin de poner fin a aquellas conductas típicas e ilícitas en que algunas personas incurren para eludir la ley.
En su singular artículo, El proyecto crea un artículo 1167 bis en el Código Civil, que establece que “el testador podrá eximirse del cumplimiento de la obligación prevista en el artículo anterior respecto de las cesiones forzosas siempre que su testamento reúna los siguientes requisitos: 1) es un testamento solemne y abierto, 2) se hace en presencia de siete testigos, 3) ante notario y 4) el testador fundamenta cada una de las disposiciones que contiene el testamento”.
La iniciativa agrega que El testamento debe ser público, debiendo el notario conservar por escrito copia fehaciente del mismo, la cual deberá mostrarse a quien lo solicite. Y la regla contenida en este artículo sólo puede ser objeto de nulidad relativa.
En el contexto del proyecto, El autor de la iniciativa sostiene que, para efectos legales, en Chile no existe la plena libertad para hacer una prueba. Y argumenta que en este asunto “Existen diferencias interesantes entre los países europeos más desarrollados, por ejemplo, para los anglosajones una de las libertades básicas es la libre disposición de sus bienes, que en Inglaterra es casi absoluta, pero en el resto del continente europeo, esta Está muy regulado”.
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