Economia

Protección a las PYME: ¿autorregulación, acceso a la justicia o ley?

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Macarena Letelier Velasco

Existen diferentes iniciativas que buscan proteger a nuestras pymes, que muchas veces se enfrentan a dificultades en la cadena de pagos para poder hacer frente a sus propias obligaciones y mantenerse “vivas” en momentos complejos de la economía.

El gran desafío es visualizar la construcción de esta protección cuando la política propuesta puede tener efectos colaterales, o bien solo atiende una parte del problema. Históricamente, el pago oportuno y completo ha sido un tema que impacta a los emprendedores, y es ahí donde hoy avanza un proyecto que tiene un fundamento y objetivo unánimemente compartido, pero que demuestra que el problema y sus soluciones merecen un mayor análisis.

“El gran desafío es visualizar esa protección cuando la política propuesta puede tener efectos colaterales, o solo atender una parte del problema”.

La Comisión de Economía del Senado conoce, en segundo proceso constitucional, el boletín 14.011-03 que modifica la ley 20.416, que establece reglas especiales para las empresas de menor tamaño. La iniciativa tiene por objeto responsabilizar solidariamente a la empresa principal, o propietaria de la obra o faena, del pago de las obligaciones a cargo de las micro, pequeñas o medianas empresas proveedoras, en las condiciones que se establezcan.

Las preguntas son varias. ¿Qué se entenderá por contrato esencial para la ejecución del proyecto? ¿Cómo afectará una regulación de esta naturaleza a la futura contratación de las pymes en este ámbito? ¿Es un problema específico o general el que se analiza? ¿Qué implicaciones tributarias hay al pagar con un Rut diferente si el contratista paga la obligación? ¿Cómo conversa con la ley de subcontratación? ¿Se alegará una relación comercial?

El espacio para responder a este problema es amplio. La autorregulación a través de las guías para cadenas productivas sustentables (lanzadas en marzo por la Cámara de Comercio de Santiago), el desarrollo constante de la responsabilidad empresarial, registros de proveedores que elevan el estándar de cumplimiento de sus obligaciones frente a terceros que contratan haciendo activa la cadena y virtuoso. Promover la intermediación comercial en estos contratos largos de ejecución de obras, resolviendo en cuanto se presenten incumplimientos, pactándolo desde el principio.

Perseguir en estos casos es inadecuado, no sólo por los plazos y costes, sino porque les deja en un estado de desconfianza, ya que suelen ser los mismos proveedores los que repiten una y otra vez en este tipo de contratos. Como señaló el exdiputado y actual ministro Jackson como integrante de la comisión, en el primer paso “el problema surge porque no todas las empresas pueden sostener una judicialización de sus conflictos (…)”.

Finalmente, la ley impone la obligación, establece sanciones y aparece cuando la autorregulación y la adecuada resolución del conflicto no pudieron hacer de las suyas. Proteger a nuestras pymes es responsabilidad de todos, pero también lo es optar por las medidas adecuadas para ello.

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