Economia
Reforma tributaria en aguas tormentosas
Fernando Barros Tocornal
El Gobierno español aplazó el plan de reforma fiscal al considerar que “no es el momento de abordar un cambio profundo del modelo fiscal en plena guerra de Ucrania y una inflación del 10%”.
En Chile actuamos como si los mismos factores no nos afectaran y nuestra economía, el dólar y la postergación de inversiones, fueran ajenas a la polarización política iniciada el 18-O y la incertidumbre constitucional.
“Parece que la oportunidad del proyecto fiscal obedece a consideraciones plebiscitarias, y que la norma extrema sobre el patrimonio, lejos de los mensajes que inspiran confianza en el líder del equipo económico, obedece a factores ideológicos y de contingencia”.
La reforma fiscal incluye un aumento de la carga para los trabajadores, empresarios y ahorradores. Para encontrarlo, recurrimos a compararnos con la OCDE, ya que, a diferencia de esos países -donde la exención es la excepción-, en Chile el 75% está exento de impuestos sobre sus ingresos, por lo que el aporte privado vía tributación hace una menor parte de contribuyentes cuya carga fiscal está en los niveles de la OCDE.
Contrariamente a los principios económicos fiscales, se contempla un elevado impuesto a la riqueza, de hasta el 1,8% anual, lo que supone expropiar el capital que ya ha cumplido con sus obligaciones tributarias, ya sean rentas o sucesiones. Así, cuando quienes no gastaron el fruto de su esfuerzo y lo invirtieron en la generación de empresas y fuentes de trabajo, ven que el Estado grava sus bienes, con el pretexto de afectar sólo a una minoría adinerada, deben decidir sobre el próximo 30 años. , considere seriamente que, además del 43% del impuesto a las ganancias, le extraerán el 50% de su capital por residir en Chile.
Cuesta creer que las autoridades no anticipen las opciones legítimas que este contribuyente o familia empresarial está considerando hoy en un mundo global, y desconozcan las desastrosas experiencias de países que han gravado activos, o la evidencia en la OCDE.
Parece que la oportunidad del proyecto obedece a consideraciones plebiscitarias y esa norma extrema, alejada de los mensajes profesionales y de confianza del líder del equipo económico, obedece a factores ideológicos y de contingencia.
El proyecto ataca la organización legítima de las personas según la normativa vigente desde hace 40 años, imponiendo una tasa inusual del 1,8% anual a las sociedades con la mayoría de sus ingresos de rentas de inversión, lo que compensaría el diferimiento del impuesto de socios de sistemas de impuestos corporativos. En realidad, el impuesto diferido válidamente por reinvertir utilidades después de pagar el impuesto de sociedades asciende aproximadamente al 20%, de modo que el 1,8% de lo diferido (20) representa una carga real anual de aproximadamente el 9%.
En la breve discusión del proyecto, ya hubo un rechazo generalizado a la idea de no cumplir, con efectos retroactivos, el compromiso asumido por el Estado en el DFL 2, un Contrato Ley de dos viviendas por contribuyente recientemente ratificado. Muy pronto se conocerán otras normas que afectan a las pequeñas y medianas empresas, como la limitación a la imputación total de pérdidas que consigan generar beneficios o que las rentas exentas tributarán con Complementario Global, al limitar su reducción en el cálculo de impuestos personales.
El país requiere que el Gobierno permita que los contribuyentes sean escuchados en el proceso legislativo, fuera del tiempo de la discusión constitucional, y construya un pacto social con un sistema tributario justo, estable, que permita una mayor recaudación y además promueva el emprendimiento, el ahorro y la inversión, la principales motores de crecimiento y progreso.
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