Él Juzgado Cuarto de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó este martes una condena contra Orlando Andrés Durán Poncequien se desempeñó como jefe de la División de Atención Primaria (DIVAP) de la Ministerio de Salud durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, en los primeros meses de la pandemia debido a COVID-19.
La sentencia, adoptada por unanimidad, declaró autor del delito consumado de negociación incompatible y del delito frustrado de defraudación al Tesoroademás de un segundo delito consumado de fraude fiscalcometidos en Santiago durante el año 2020.
Contratación directa y papel del acusado en residencias de ancianos
Los magistrados consideraron probado que, luego de decretar la alerta sanitaria nacional del 5 de febrero de 2020se facultó a la Subsecretaria de Redes Asistenciales para contratar bienes y servicios para tratamiento directosin licitación, para afrontar la emergencia sanitaria.
En ese contexto, la DIVAP -dirigida por el imputado Durán Ponce- fue definida como el organismo encargado de ejecutar la estrategia de Residencias de Salud en la Región Metropolitana.
La sentencia establece que el acusado participó directamente en la contratación del Hotel Clínico SpAempresa constituida el 24 de marzo de 2020 por Alexandra González Silvaquien también firmó el convenio con el Minsal el 1 de mayo de 2020.
El contrato contemplaba el alquiler de 40 habitaciones por un monto total de $205,586,304IVA incluido, aunque no habia autorizacion sanitaria, las condiciones de aislamiento no fueron verificadastampoco se confirmó la existencia real de las habitaciones ofertadas.
Vínculos personales, flujos de dinero y comprobante de garantía.
El fallo confirmó que el condenado era propietario e inquilino de varios apartamentos en el inmueble ubicado en la calle Mosqueto N°552, los mismos que luego fueron utilizados por la empresa Hotel Clínico SpA.
Asimismo, se estableció que el propio imputado transfirió más de $10 millones a González Silva para que pudiera tomar el nota de garantía requerida por el contratoconfigurando -según el fallo- un interés directo y personal en la operación.
Además, la participación de Dangelo Iasalvatore SilvaFuncionario de la DIVAP y primo de González Silva, quien actuó como contraparte técnica ministerialsin verificar la correcta ejecución de los servicios ni la veracidad de la información facilitada.
Durante la ejecución del contrato, fueron enviados al Ministerio de Salud. Hojas de cálculo con información falsa de supuestos usuarios. de la residencia sanitaria, incluidas las personas que Habían abandonado el país meses antes..
El tribunal concluyó que esta acumulación de antecedentes Buscó defraudar al Tesoro por más de $205 millonesque finalmente no se materializó cuando los funcionarios encargados de procesar los pagos notan irregularidades.
Segundo fraude
El segundo hecho probado corresponde a la fraude fiscal consumado para el pago de honorarios a Alexandra González Silvaquien fue contratado como “experto” en temas de salud pública y zoonosis.
El tribunal determinó que los informes de actividad presentados eran falsoseso no había ningún registro del trabajo realmente realizado en la DIVAP durante abril y mayo de 2020, y que, con el apoyo de Durán Ponce, pagos indebidos de $2,400,000configurando así el delito.
libertad condicional intensiva
El tribunal condenó a Durán Ponce a 900 días de prisiónmás el Inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos o cargos públicos por 3 años y un día.y el pago de un multa de $102.793.152por negociación incompatible y fraude al fisco frustrado.
A esto se sumó un segunda sentencia de 900 días de prisióncon idénticas penas accesorias y una multa adicional de $2.400.000como autor de fraude fiscal consumado, acto ilícito perpetrado entre abril y mayo de 2020.
Sin embargo, el tribunal dictaminó sustituir la ejecución efectiva de las penas privativas de libertad por el régimen de libertad vigilada intensivade conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 18.216. La sentencia ordena que el condenado comparezca ante el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio dentro del plazo de cinco días contados a partir de que la sentencia sea ejecutoriada, debiendo cumplir con un plan de intervención individualcontroles periódicos y Obligación de asistir a programas de formación en áreas laborales o culturales..
Debate sobre el cumplimiento efectivo
La decisión de reconocer la mitigación sustancial de la colaboración se acordó con el voto en contra del juez Aravena Bouyer, quien estuvo a punto de imponer penas de prisión efectivas.
En su disidencia consideró que por la gravedad de los hechos y la extensión de las penas, No se cumplieron los requisitos legales para acceder a penas alternativas.
En ese sentido, sostuvo que Durán Ponce tuvo que cumplir cuatro años de prisión menor en su grado máximo por el primer acto y tres años y un día para el segundo.
demanda civil
En el ámbito civil, el tribunal aceptó plenamente la demanda del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y condenó a Durán Ponce a pago de $2.400.000 al Tesoropor daño emergente derivado del pago de honorarios por servicios no realizados durante abril y mayo de 2020.
Estos pagos beneficiaron Alexandra González Silvaquien previamente fue condenado en procedimiento abreviado a 61 y 541 días de prisióncomo autor de negociación incompatible y fraude al Tesoro, respectivamente, sanciones que también fueron sustituidas por libertad condicional intensiva durante cuatro años.







