La fiscalización de los contribuyentes denominados de altos patrimonios es uno de los ejes que desde hace varios años prioriza el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Y es que la agencia no solo ha reforzado el control de los activos que pertenecen a este segmento, sino que también ha puesto la lupa sobre la veracidad de los ingresos que declaran. Y los últimos hallazgos hablan de un subregistro significativo.
Un análisis elaborado por el servicio concluye que existe un grupo importante de contribuyentes de alto patrimonio que están declarando su Impuesto Global Complementario (que grava la renta de las personas físicas) con tasas muy inferiores a las correspondientes a su nivel de riqueza.
Los individuos de alto poder adquisitivo pagan -antes de deducciones crediticias- unos $2 billones en impuestos, cerca de la mitad de los $4.89 billones que representan los impuestos brutos a nivel nacional para todos los contribuyentes, ya sean grandes, pequeños o medianos.
En concreto, la entidad detectó que más de 15.000 de los contribuyentes más acaudalados del país declaran rentas personales y, en su defecto, una Global Complementaria inferior a la de sus pares de su segmento. Incluso hay algunos que se ubican en los tramos exentos al declarar ingresos menores a $9 millones al año.
Por ejemplo, el servicio que dirige Hernán Frigolett señala que en el año gravable 2022 (con rentas generadas en 2021) un subgrupo de 164 personas de alto patrimonio, a pesar de gozar de activos superiores a los US$125 millones, declaran rentas muy por debajo de lo que les corresponde. su sección.
La metodología aplicada
Con el fin de segmentar a los contribuyentes que subdeclaran rentas, el SII los ubicó en tres tramos en función de su patrimonio.
El primero incluye aquellos con activos entre US$1 millón y US$5 millones. En el segundo, uno que oscila entre US$5 millones y US$125 millones; y, en el último, están aquellos que tienen un nivel de riqueza valorado en más de US$ 125 millones.
De esta forma, la mayoría de las 15.389 personas de mayor patrimonio que subdeclararon se ubican en el primer tramo, revelando ingresos promedio de $9.5 millones al año -cerca del tramo exento del impuesto personal-, en circunstancias que sus pares de ese tramo El segmento reporta ingresos medios de $62 millones al año.
Luego están unas 2.937 personas del segundo tramo que dicen recibir $13,7 millones al año, en circunstancias que sus pares alcanzan ingresos superiores a los $148 millones anuales.
En el último tramo, en tanto, se registran 164 personas que declaran recibir solo $22,7 millones al año, mientras que una persona promedio de ese grupo declara a Hacienda ganar más de $1.027 millones por año fiscal (ver cuadro).
Riesgo predeterminado
Para las Personas Físicas de Alto Patrimonio (PAP), el SII define a los contribuyentes que cumplan con tres condiciones: tener un ingreso promedio de los últimos tres períodos impositivos superior a US$150.000; o tener un patrimonio personal superior a US$ 1 millón; o un patrimonio familiar base superior a US$ 2 millones.
A día de hoy, 92.226 personas cumplen los criterios para ser clasificados como de alto patrimonio
“Para el SII es fundamental la responsabilidad tributaria de este segmento, que por sus características tiene un mayor conocimiento de la normativa tributaria y, por tanto, debe cumplir con un mayor nivel de requisitos al momento de declarar la totalidad de sus ingresos”, señalan desde el institución.
El análisis de la agencia busca controlar los riesgos de incumplimiento en este segmento a través de dos vías: la transferencia intergeneracional de la riqueza, a través de herencias y donaciones, por ejemplo; y la declaración y pago del Global Complementario.
¿De qué magnitudes estamos hablando? Las personas de alto patrimonio en Chile pagan unos $2 billones en impuestos antes de deducciones crediticias, cerca de la mitad de los $4,89 billones que representan los impuestos brutos a nivel nacional de todos los contribuyentes, ya sean grandes, pequeños o medianos. .
El servicio ha identificado entre los riesgos de incumplimiento en este segmento el uso de activos propios de la empresa que se adquieren para disfrazar retiros de utilidades; rentas declaradas por terceros y que no sean declaradas o subreclaradas; y las rentas de bienes en el exterior no declarados o subdeclarados, ya que el Global Complementario incluye las rentas de todas las fuentes del contribuyente, no sólo las chilenas.
La inspección del servicio permitió al Estado recuperar más de $7.8 mil millones en impuestos no declarados para este segmento
El Servicio de Impuestos Internos (SII) no solo se mantuvo en la identificación de personas de altos patrimonios que declaran ingresos insuficientes, sino que aplicó una serie de medidas de fiscalización para reducir su incumplimiento. Así, la entidad cerró 691 revisiones por subregistro de Impuestos Globales Complementarios, que corresponden a los tres tramos de personas físicas de alto patrimonio definidos por la autoridad. ¿El resultado? Hacienda logró recuperar $7.891 millones en impuestos que no fueron declarados por dicho segmento de contribuyentes. Asimismo, el organismo ha definido “intensificar” las medidas preventivas para este colectivo de personas, con el envío de información a través de correos electrónicos, la publicación de mensajes emergentes en la página web y la aplicación de observaciones basadas en cruces de información. ¿El objetivo? Promover el cumplimiento voluntario o la corrección voluntaria en caso de que se detecten inconsistencias a través de la web. “En materia de medidas preventivas selectivas, se realizarán acciones de difusión con los asesores fiscales y las asociaciones gremiales que agrupan a este segmento, brindando información sobre esquemas tributarios y espacios de colaboración con el fin de asegurar la responsabilidad fiscal en este segmento”, explican desde el servicio. . También se contemplan auditorías y revisiones de cumplimiento a personas que califiquen en el segmento de altos patrimonios, dependiendo del nivel de riesgo detectado.
Datos personales, cuya protección expresamente se reconoce en Chile en la Constitución como un Derecho Fundamental, son aquellos que identifican o hacen identificable a una persona natural. En el amplio universo de antecedentes nominativos, que son procesados, recopilados y almacenados o jurídicamente “tratados”, siempre hay que diferenciar lo regulado para el sector privado -o empresarial- y lo normado para los servicios públicos, y en ambos casos, determinar cuál es la causal que legitima el tratamiento o su base de licitud. Para las empresas el más recurrente es el consentimiento de los titulares; para los servicios públicos sólo puede ser la ley.
El cuestionario censal que por mandato de la ley gestiona el Instituto Nacional de Estadísticas no es sino el cumplimiento de su obligación legal, su finalidad es exclusivamente recopilar información precisamente estadística y la información que se recopila está sujeta a una doble obligación legal de reserva o de secreto, el “estadístico” de la Ley Orgánica -cuya infracción es delito pernal- y el de secreto general de la ley de protección de datos personales.
“Cuestionar la legalidad del Censo, y alegar la posible inconstitucionalidad por vulnerar un derecho fundamental a la privacidad, no tiene asidero jurídico alguno”.
Es decir, cuestionar su legalidad -y alegar la posible inconstitucionalidad por vulnerar un Derecho Fundamental- no tiene asidero jurídico alguno. El hecho de que se agreguen los datos identificativos propios del censado y sólo para facilitar el proceso al INE, en concreto sus nombres y apellidos, permite respaldar la fidelidad de otras características personales consultadas como edad, sexo, escolaridad y ocupación, y todos están gravados con la obligación de secreto inherente al proceso.
No está en juego esfera o expectativa de privacidad alguna para los ciudadanos, que a su vez tienen el deber o la carga legal de contestar el censo, porque no se les concede esa garantía. La no siempre fácil construcción de la vida privada ahora lo es, porque la ley elimina el reclamar una posible esfera de privacidad frente al INE.
Los censados, además, pueden exigir y cuestionar, por ejemplo en Tribunales, que se cumplan las obligaciones de “finalidad” y de “confidencialidad” en el tratamiento, o que, ante la duda, la información recopilada sea siempre “anonimizada”. Este proceso es esencial e irreversible, y en su virtud el dato tratado deja de ser personal, porque a nadie podría identificar o con nadie podrá asociarse. Y tampoco deslegitima el tratamiento la eventualidad de una posible brecha de seguridad (aunque no acreditarse en Alemania el año 1983 por el Gobierno detuvo un censo en marcha).
Lo paradojal es que la misma información, más detallada aún o extendida a Rut y domicilio, en Chile es legalmente pública. Primero, porque decisiones del Consejo de Transparencia obligaron sin fundamentos sólidos al Servel a entregarla. Y en segundo lugar, porque una ley posterior expresamente estableció su publicidad. ¿De dónde se cree que los sitios rutificadores obtienen nombres completos y RUT actualizados para usarlos con fines de lucro?
#Censo #Hay #riesgo #para #los #datos #personales
Si quieres leer el artículo original puedes acceder desde este link:
AES Andes obtuvo la aprobación ambiental de su proyecto fotovoltaico Cristales de hasta 340 MW y un sistema de almacenamiento de energía (BESS) de hasta 542 MW por cinco horas. La iniciativa, ubicada en la comuna de Antofagasta, aproximadamente a 220 kilómetros al oriente de la capital regional, fue aprobada por la unanimidad de los integrantes de la Comisión de Evaluación Ambiental.
El proyecto considera una inversión de hasta US$ 710 millones y contempla también una subestación eléctrica (S/E Cristales) y una línea de transmisión de alta tensión de 220 kV para evacuar la energía generada.
Se estima que las obras de construcción comiencen durante el cuarto trimestre de 2024 y el inicio de su operación comercial está previsto para 2028.
En un comunicado, el CEO de AES Andes, Javier Dib, indicó que “la aprobación de este proyecto nos permite seguir acelerando el futuro de la energía de Chile a través de nuevos proyectos renovables, reforzando el liderazgo de AES en el proceso de transición energética sostenible”.
El ejecutivo agregó que “para la compañía es un orgullo seguir consolidando inversiones en soluciones innovadoras, como los sistemas de almacenamiento de energía, que nos permiten inyectar de noche la energía producida durante el día, evitando así los vertimientos o desaprovechamiento de energías renovables”.
Un nuevo frente se abrió para el Ministerio de Obras Públicas. La concesionaria Ruta del Loa -ligada a Intervial Chile- ingresó una nueva discrepancia al Panel Técnico de Concesiones, donde pide ser compensada por la suma total de UF 1.231.643 (más de US$ 46 millones) por diversos sobrecostos que debió incurrir la firma durante el periodo comprendido entre enero de 2021 a mayo 2024.
La empresa destacó en el documento que la nueva discrepancia guarda relación con los perjuicios económicos que “infundadamente” ha debido soportar, en su totalidad, la concesionaria durante el desarrollo de la obra, debido a que se ha visto enfrentada a condiciones onerosas e inusuales, “por eventos que en ningún caso le pueden ser imputados, pues resultan del todo imprevistos y ajenos a su responsabilidad”.
“El fenómeno de hiperinflación que ha afectado a la industria de la construcción a nivel mundial –y dentro de ello la ejecución de la obra en cuestión–, tiene su origen en una serie de eventos que, a partir de marzo de 2020, provocaron la disrupción y entorpecimiento de las cadenas de suministros, generando desabastecimientos y un importante alza de precios a nivel general y, en particular, de los insumos de ésta industria”, detalló la concesionaria en el escrito.
Asimismo, la firma explicó que este escenario ha constituido una situación extraordinaria, sin precedentes, que les ha significado dar el cumplimiento a sus obligaciones contractuales en condiciones muy distintas de lo que fue previsto y previsible al momento de adjudicarse el Contrato de Concesión.
Finalmente la firma destacó que esta situación se ha planteado en reiteradas ocasiones al MOP con el ánimo de poder buscar una solución en conjunto, pero pese a que se generaron espacios de trabajo para la búsqueda de soluciones, ello no ha sido posible.