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SII lanza nuevas medidas contra uso indebido de facturas y restaurantes critican multas

Martina E. Galindez by Martina E. Galindez
20 de diciembre de 2024
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SII lanza nuevas medidas contra uso indebido de facturas y restaurantes critican multas
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Continúan las medidas del Servicio de Impuestos Internos (SII) para combatir la evasión. Además de la mayor presencia en las vías e inspección en las calles, ahora se añade una nueva: A partir del 1 de marzo de 2025 se restringirá el uso de facturas en restaurantes y supermercados. Así lo anunció este jueves el director del SII, Javier Etcheberry, junto al ministro de Hacienda, Mario Marcel.

“Vamos a estar en todas partes al azar. “No voy a decir dónde vamos a estar para que otros puedan evitarlo”, dijo Etcheberry entre risas cuando se le preguntó sobre la viabilidad de su plan de inspección. Luego, con un tono más serio, añadió que “habrá inspectores que estarán a la salida o cerca de las cajas de los restaurantes y ciertamente cerca de las cajas de los supermercados donde se entregan las facturas, para garantizar que se cumplan”.

Lo que busca esta medida es establecer requisitos legales para que la emisión de facturas en supermercados y restaurantes restrinja “su uso exclusivamente a la adquisición de bienes o servicios relacionados con el negocio o actividad del comprador, que son los únicos que dan derecho a la crédito fiscal. TINA”. De esta forma, se pretende evitar el impago del IVA cuando no procede.

Se establece que “en ambos comercios, quien paga la factura deberá presentar su Tarjeta RUT Electrónica, manifestando que está autorizado y registrado para portarla y utilizarla, presentar Cédula de Identidad e indicar el motivo del consumo, el cual deberá reflejarse explícitamente. en los detalles de la factura.”

¿Cómo funcionará? Según explicó el SII, quien paga la cuenta del restaurante deberá presentar siempre su Tarjeta RUT Electrónica “e-RUT”, e indicar el motivo del consumo, como: cenas o almuerzos de negocios u oficina, entre otros.

Mientras En el caso de los supermercados, el establecimiento que cuente con más de 10 cajas sólo podrá utilizar el 10% de ellas para la emisión de estos documentos tributarios. En caso contrario, sólo dispondrás de una casilla para la emisión de facturas. Esta casilla también podrá emitir billetes. Sin perjuicio de lo anterior, para los supermercados que abastecen principalmente de productos a comercios minoristas, no habrá límite en el número de cajas donde se podrán emitir facturas.

Para esto, Los supermercados y restaurantes deberán instruir a su personal encargado de emitir facturas que deben cumplir los siguientes requisitos: exigir la presentación del e-RUT mostrándolo al usuario autorizado y registrado para su portación y uso, mediante su representación impresa o visualización a través de un dispositivo electrónico móvil; verificar la identidad del portador autorizado del e-RUT mediante la verificación del documento nacional de identidad, el cual debe ser presentado por quien realiza la compra y registrar en la factura el número de RUT del portador autorizado del e-RUT que realiza la compra. .

También deben implementar procedimientos de control interno para garantizar que las facturas solo se emitan cuando se cumplan los requisitos descritos. En el mismo sentido, deberán informar al público en general, mediante carteles destacados en sus establecimientos, de la obligación que tienen al respecto.

Esta medida, según detalló el SII, tendrá multas tanto para los comercios como para el contribuyente que utilice de manera fraudulenta la factura. El restaurante o supermercado que incumpla con la obligación de expedir el documento fiscal correspondiente podrá ser sancionado con multa del 50% al 500% del monto de la operación. con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA, y el cierre de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se cometió la infracción

La historia continúa a continuación.
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Mientras tanto, el comprador que no exija la expedición de la documentación fiscal correspondiente podrá ser sancionado. con multa de hasta 20 unidades tributarias mensuales, cuando se trate de facturas.

Máximo Picallo, presidente de la Asociación de Gastronomía de Chile, criticó la medida, no porque quiera reducir la evasión, sino por la forma en que está estructurada y porque se aplicarán multas. “No tenemos velas en este funeral. Los restaurantes no pueden ser inspectores del SII. Si alguien nos pide factura estamos obligados a emitirla y esta resolución lo que hace es que ahora vamos a tener que explicar por qué el contribuyente solicita factura”.

En ese sentido, agregó que “quien incumple la norma es el contribuyente. No podemos ser responsables y por eso las multas nos parecen rozando la legalidad y el sentido común. “¿Qué culpa tiene el restaurante de que una persona vaya con su familia a comer y eso pasa por la empresa?” Aclaró que “coincidimos en que hay que avanzar en la reducción de la evasión, pero aún hay mucho espacio para que la informalidad en muchos rubros ataque a supermercados y restaurantes. No sé qué tan efectiva puede ser esta medida. Es una medida ineficaz”.

Entre los expertos en impuestos hay diferentes opiniones. Aunque coinciden en que se debe avanzar en limitar el uso de facturas cuando no sea adecuado, algunos consideran que esta medida es más “efectiva que eficaz en el cobro”.

Christian Delcorto, socio de Consultoría Fiscal de CCL Auditores Consultores: “En nuestra opinión no es una medida eficaz para reducir la evasión, dado que no hay estudios que puedan demostrar que sea capaz de reducir los indicadores de evasión fiscal. Sin embargo, la población todavía siente que hay control, por lo que se “limitan” en sus acciones”.

Ignacio Gepp, socio de Puente Sur, Señala que, aunque “cualquier medida que refleje control para que se cumpla la ley es positiva”, considera que “suena a una medida noventera que no recaudará mucho”. “Es una medida de prensa más que una medida de recaudación de fondos”.

Hugo Hurtado, Socio Líder de Impuestos y Legales de Deloitte sostiene que “pese a que existen algunos abusos en esta materia, hay casos en los que estas compras sí cumplen con los requisitos legales porque están directamente vinculadas al negocio de la empresa y, por tanto, la potestad de supervisión debe ser equilibrada y no privada de este derecho a los contribuyentes que sí cumplan con la norma”.

Mientras tanto, Álvaro Moraga, abogado y socio de Moraga & CIA, Lo ve como “una medida correcta, ya que el uso adecuado de los gastos en supermercados y restaurantes es bastante limitado, por lo que es lógico realizar una supervisión focalizada para sancionar los abusos que se están cometiendo”.

Luis Felipe Ocampo, socio de Recabarren & Asociados, Dice que “no es una medida efectiva, ya que el SII genera medidas de control que generan efectos ejemplarizantes y genera un efecto disuasivo”.

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Martina E. Galindez

Martina E. Galindez

Martina Galindez es periodista, diseñadora de moda y publicista que se dedica a escribir sobre temas de actualidad en Chile y America Latina.

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