“Usar acusaciones constitucionales contra un juez como medio indirecto para procesar sus fallos pasados […] sienta un precedente que es muy peligroso”, advirtió el Presidente de la República a los congresistas, luego de que destituyeran al ministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz. Palabras muy sabias, pero frívolas si no van acompañadas de una autocrítica. ¿O el Presidente olvidó que en 2018 patrocinó y aprobó una acusación constitucional (CA) contra tres ministros de la Corte Suprema precisamente por sus fallos? En ese momento, el diputado Boric justificó esa acusación como consecuencia de un deber ético. Entonces, ¿qué nos queda? ¿O sólo se pueden presentar las CA cuando los fallos no son del agrado del gobernante? Ese es el gran problema de gobernar apegado a la ética individual y no a las normas que democráticamente nos hemos dado, ya que en ello se cuela la discreción y con ello se rompe el principio de igualdad, piedra angular de toda democracia. Desafortunadamente, ajustarse a la norma no siempre es lo que se considera ético. Éste es el gran dilema del juez, del político: ¿gobernar conforme a la Constitución y las leyes o a la conciencia ética individual? La vanidad nos lleva a privilegiar nuestra propia subjetividad, mientras que la humildad tiende a subyugarnos a la norma. ¿El Presidente se ha vuelto más humilde o es sólo una cuestión de conveniencia? La duda es legítima, no sólo por su falta de autocrítica, sino porque además acaba de nombrar ministro de Justicia a Jaime Gajardo, el mismo que en 2019 justificó acusar constitucionalmente a jueces precisamente por sus fallos.
Pero lo más insólito es que nos han hecho creer que la CA contra el juez Muñoz es por sus fallos, cuando en realidad se le acusa de graves faltas a la probidad. En la difamación se le acusa de anticipar un fallo para su hija que tendría efectos económicos y de no haberla denunciado cuando ejercía como juez a distancia desde Italia. La defensa de Muñoz nunca ha dicho que proporcionar información privilegiada no sea un delito digno de AC, por lo que el asunto en cuestión merecía ser esclarecido y, de comprobarse que es cierto, procedería su destitución. A diferencia de la oposición, los senadores oficialistas, al justificar su voto, pidieron disculpas por sus fallos, como si esto importara a la hora de juzgar su probidad. Dejaron muy claro que la justicia ciega no tiene nada para ellos. Los senadores de la oposición, por el contrario, no mencionaron sus fracasos, se centraron en las cuestiones de difamación. Estuvieron de acuerdo en su culpabilidad, sólo por la verosimilitud de los hechos. Las pruebas aportadas fueron débiles, hasta el punto de que no demostraron su culpabilidad; Como mucho dieron lugar a la duda, una duda razonable, pensará más de uno. Aquí está su gravedad. Los senadores de la República decidieron que para ser considerado culpable basta una sospecha justificada, una duda razonable, una verosimilitud. La carga de la prueba ya no recae sobre los acusadores, quienes deben probar que el acusado ha cometido los hechos que se le imputan, sino que ahora recae sobre el acusado, que no sólo debe probar su inocencia, sino también demostrar la imposibilidad de su culpabilidad. .
¿Cómo se prueba la imposibilidad de algo que no sucedió? Estrictamente hablando, el lema dice “culpable hasta que se demuestre lo contrario”. ¿Te imaginas lo que pasaría si implementáramos esta norma en todo el sistema judicial? Sería la pérdida absoluta del Estado de derecho. ¿Es este el estándar que los senadores de oposición se aplican a sí mismos o sólo cuando se trata de jueces activistas como el caso de Sergio Muñoz? ¿Triunfó el espíritu de justicia tan propio del juez Muñoz? Se mire como se mire, nada bueno sale de este caso.
Por Sylvia Eyzaguirreinvestigador del CEP







