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Luego de que en diciembre del año pasado el Ministerio de Energía enviara un escrito al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para pronunciarse sobre la viabilidad de bajar el límite de potencia conectada de 500 kW a 300 kW para que las empresas opten por la régimen de libre clientela, y en julio se harán las alegaciones en el marco del procedimiento voluntario, Este miércoles el Tribunal emitió su informe que -aunque aún no es público en el expediente al no haber sido notificados todos los aportantes- concluye que la solicitud no genera riesgos sustanciales para la competencia.
“Luego de analizar la propuesta del Ministerio de Energía, consistente en la reducción de 500 a 300 kW del umbral mínimo de potencia para que los clientes opten por el suministro de energía eléctrica en calidad de clientes gratuitos, y las distintas aportaciones de antecedentes que aparecen en los registros, esto” La Corte concluye que la solicitud no genera riesgos sustanciales para la competencia. En consecuencia, se informa favorablemente”, señala el documento de 48 páginas al que tuvo acceso. DF.
Entre los argumentos presentados, la Corte concluye que ““No existen riesgos sustanciales para la competencia como resultado de un aumento en la concentración del mercado en el segmento de generación de energía eléctrica para clientes libres”.ya que no existen antecedentes de que alguna empresa generadora tenga una posición dominante en el suministro a clientes libres; los clientes gratuitos tienen numerosas alternativas de suministro; e incluso si todos los clientes potenciales elegibles contrataran al mayor proveedor de clientes gratuitos, la concentración en este mercado no cambiaría significativamente.
Asimismo, la Corte advierte que la reducción del umbral propuesto por la solicitud puede dar lugar a potenciales beneficios individuales para las empresas que opten por migrar del régimen regulado al libre. “Sin embargo, estos beneficios están relacionados con las condiciones actuales del mercado, y no necesariamente están vinculados a cambios en las condiciones estructurales del mercado que introducen una mayor competencia como resultado de la solicitud”, se sostiene.
Además, entre otros aspectos, el TDLC -dijo- “desestimará los riesgos potenciales para la competencia que la propuesta del Ministerio puede significar para futuras licitaciones de suministro eléctrico a clientes regulados”.
Vale la pena recordar que La iniciativa del Gobierno surgió luego de que organizaciones agrupadas en la Convergencia Nacional de Pymes y Cooperativas de Chile solicitaran al Ministerio de Energía ejercer esta facultad. el cual se describe en la Ley General de Servicios Eléctricos. El año pasado este debate se dio en el Congreso en medio de los aumentos que se reflejarían en las facturas de luz.
El 17 de julio, en el marco de los alegatos presentados en el TDLC, representantes del Ministerio de Energía aseguraron que el informe que emitirá el Tribunal “es la condición habilitante para que el Ministerio de Energía tome la decisión de realizar una modificación del el umbral de potencia actual”.
El gobierno tomará medidas
Respecto al informe del TDLC, el Ministro de Energía, Diego Pardow, comentó que “este es la culminación de un trabajo que iniciamos hace mucho tiempo, junto con las asociaciones de Pymes, en el marco del acuerdo para aumentar el salario mínimo”.
Agregó que, A la vista de la votación de ayer, donde se rechazó una importante rebaja para las pymes en su factura eléctrica, “esta conclusión cobra mayor relevancia. “Nuestro compromiso con las pymes pasa por tomar todas las medidas de alivio, tanto reglamentarias como legislativas”.
Pardow avanzó que “La próxima semana nos vamos a reunir con las asociaciones de Pymes para acordar los detalles para reponer la bolsa de valores de las Pymes en los siguientes trámites legislativos y el cronograma de implementación de lo declarado en el informe del TDLC”.
“Algunos generadores ya se han manifestado en contra de esta medida. Durante el procedimiento, el Tribunal rechazó explícitamente su argumento, por lo que no vemos la necesidad de demorar más la reducción del límite de potencia a 300”, enfatizó.
El secretario ejecutivo de la Asociación de Comercializadores de Energía (Acen), Eduardo Andrade, indicó: “Consideramos de gran relevancia lo señalado por el TDLC en su informe emitido ayer respecto de la disminución de 500 a 300 kW del umbral para que los clientes puedan optar al ser clientes libres no genera riesgos sustanciales a la competencia, por lo que reportan favorablemente”.
Resaltó además lo manifestado por el TDLC “respecto al carácter vinculante del informe, es decir, es altamente probable que potenciales nuevos clientes gratuitos puedan acceder a los beneficios que esto implica en un período de tiempo relativamente corto”. “Solo falta que el Ministerio de Energía emita el decreto correspondiente”.
Desde la Asociación de Clientes No Regulados de Electricidad (Acenor), señalaron que, para los sectores industrial, minero y de transporte que representa el gremio, esta medida se considera una oportunidad para que las empresas más pequeñas tengan la libertad de decidir bajo qué condiciones contratan. su suministro eléctrico.
“Entendemos que esta medida a su vez debe complementarse con una política oficial de atención al cliente más reducida”.para que se reduzcan las asimetrías de información y se fomente la competencia en el mercado de contrato energético”, afirmó el director ejecutivo de Acenor, Javier Bustos.
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