Tercer Tribunal Ambiental empresa Pocuro resguardo a humedal urbano


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Desde que se publicó la Ley de Humedales Urbanos en 2020, se han protegido cien áreas en casi todo Chile, pero también en varias de estas áreas se ha rechazado la protección, por deficiencias técnicas presentadas en procesos municipales o de oficio. Uno de los últimos casos es el que involucra al Tercer Juzgado Ambiental, que luego de una Recurso de demanda presentado por Pocuro Real Estate en 2022, dejó sin efecto la protección del humedal Mallinko Abtao Lawal de 93 hectáreas, ubicado en la comuna de Puerto MonttRegión de Los Lagos.

La empresa acusa que la resolución fue ilegal, porque a su juicio hubo una serie de defectos e imprecisiones que surgieron durante el proceso y que acabaron perjudicando la ejecución de uno de los proyectos de la firma Entre ellos, se cuestionó la falta de emisión de una guía metodológica que oriente la delimitación y caracterización de los humedales urbanos. Y además, la empresa alegó que “se violó el principio de imparcialidad, ya que sólo se analizaron aquellas secciones de información técnica que sirvieron para ampliar el área, sin mayor soporte técnico”.

Asimismo, desde la inmobiliaria aseguraron que mientras la propuesta original de la cartografía cubría unas 1,9 hectáreas del terreno de su dominio, el área reconocida finalmente llegó a contemplar 32,6 hectáreas. Esto implicó “una afectación por un monto aproximado de UF 163.000, quedando dispersas las 19,8 hectáreas restantes, imposibilitando el desarrollo inmobiliario sobre ellas”.”, indica el documento. Además, se hace mención a un informe técnico presentado por la empresa inmobiliaria que indica que en el predio de la empresa no hay presencia de especies vegetales nativas en condición de “Bosque”, y que la cobertura dominante es principalmente de tipo matorral. , entre otras cosas. .

En ese contexto, la firma consideró que “las acciones del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) provocan perjuicios como la afectación del derecho de propiedad en su esencia y constituye en la práctica una verdadera expropiación normativa”, y solicitó al tribunal que declarara ilegal la resolución impugnada y, en consecuencia, la dejara sin efecto. Y así sucedió.

La instancia judicial anuló la resolución emitida por el MMA y determinó no condenar en costas a la demandada, “por haber tenido motivos plausibles para litigar”.

Aplicación de la ley

El abogado Gonzalo Cubillos, representante legal de la inmobiliaria, dijo que “la ley de humedales urbanos es necesaria, pero contempla demasiadas imprecisiones, lo que ha hecho que su aplicación haya traído mucha incertidumbre y haya sido defectuosa”. Y comentó que antes de retomar el proyecto afectado, la empresa aún debe esperar la eventual interposición de una denuncia.

“Son terrenos que el propio Plan Regulador de Puerto Montt destina a uso residencial.. Y eso es lo que queremos hacer, permitir que la gente acceda a la vivienda”, dice.

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