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Comisión de Medio Ambiente de la Convención aprueba nuevo articulado de autorizaciones de uso de aguas y agrega otros bienes comunes naturales inapropiables

Martina E. Galindez

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Este lunes la Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constituyente comenzó a votar las modificaciones al polémico informe que, hace poco más de una semana, acabó en una funa para los socialistas convencionales después de que el pleno lo rechazara en general. Estos cambios deberán ser votados por el pleno este sábado, según el cronograma.

Al cierre de esta edición, los convencionalistas no habían terminado de votar la totalidad del informe, pero ya se habían resuelto varias cuestiones. En primer lugar, se aprobó un nuevo artículo en materia de aguas, entre ellos, el que modifica derechos de agua por autorizaciones de uso.

Allí se establece que “el Estado debe proteger las aguas, en todos sus estados y fases, y su ciclo hidrológico. El agua es fundamental para la vida y el ejercicio de los derechos humanos y de la Naturaleza. Prevalecerá siempre el ejercicio del derecho humano al agua, al saneamiento y al equilibrio de los ecosistemas. La ley determinará los demás usos.

También agrega que “el Estado garantizará un uso razonable de las aguas. Las autorizaciones para el uso del agua serán otorgadas por la Agencia Nacional del Agua, tendrán carácter no mercantil, se otorgarán en función de la disponibilidad efectiva de agua, y obligarán al titular a un uso que justifique su otorgamiento. Asimismo, dieron el visto bueno a que “los Consejos de Cuenca serán los encargados de la administración de las aguas”.

El artículo que antes había llegado al Pleno sobre las autorizaciones de aprovechamiento de aguas, pero que ahora no prosperó, establecía que esta autorización era “impropia, innegociable, intransferible, temporal y obliga al propietario a un uso que justifica su otorgamiento. Estas autorizaciones estarán sujetas a obligaciones específicas de protección, a causas de caducidad, revocación y otras que sean pertinentes. Las autorizaciones de uso de agua se otorgarán con base en la distribución y disponibilidad material de las aguas”.

Al respecto, el convencional de Vamos por Chile, Bernardo Fontaine, publicó en su cuenta de Twitter que estas “autorizaciones” de uso de agua “no serán negociables y tendrán un uso definido. Mal. Quién definirá quién usa el agua entre los diferentes usuarios económicos”. La sociedad necesita obtener el máximo valor por litro, esto se logra cuando el que genera más valor puede comprar agua”.

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Por otro lado, la comisión también aprobó que “la Constitución reconoce el uso tradicional de las aguas ubicadas en las autonomías territoriales indígenas o territorios indígenas por parte de los pueblos y naciones indígenas. Es deber del Estado garantizar su protección, integridad y abastecimiento, de conformidad con la Constitución y la ley.”

Dentro del estatuto constitucional de energía, los convencionales rechazaron todos los artículos, con excepción de una indicación sustitutiva que fue aprobada, donde se establece que “toda persona tiene derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura. Es deber del Estado garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, asegurando la continuidad de los servicios energéticos. El Estado debe planificar y promover una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energías renovables de bajo impacto ambiental. La infraestructura energética es de interés público. El Estado promoverá y protegerá las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo.”

Dentro del estatuto constitucional de la criosfera y los glaciares, se aprobó que “El Estado preservará la criosfera, los glaciares, el permafrost y sus áreas afines. Sólo se podrán realizar actividades científicas, deportivas, turísticas y usos ancestrales, las cuales deberán ser de bajo impacto y en ningún caso deberán afectar el equilibrio dinámico de la criosfera y sus crioformas.

Además, se definió que “los bienes comunes naturales son elementos o componentes de la Naturaleza sobre los cuales el Estado tiene un deber especial de custodia para garantizar los derechos de la Naturaleza y el interés de las presentes y futuras generaciones”.

Y ahí, además del agua y el aire, que ya fueron declarados como comunes naturales inadecuados, lo que se encuentra en el proyecto de la nueva Constitución, ahora los convencionales decidieron proponer al pleno que habrá más comunes naturales inadecuados. Esto, porque la comisión aprobó que en esa categoría caen “el mar territorial, las playas y los ecosistemas oceánicos y costeros”.

Al cierre de esta edición se estaba votando el estatuto constitucional de minerales y lo único que se había aprobado hasta ese momento eran dos indicaciones. Uno que dice que “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y sustancias minerales, metálicas, no metálicas, y los yacimientos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, sin perjuicio de la propiedad sobre el terreno en que se ubicaron.La exploración, explotación y uso de estas sustancias estará sujeta a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y de protección ambiental.” Y otra que establece que “las áreas protegidas, los glaciares, las áreas de origen de las cuencas hidrográficas quedarán excluidas de toda actividad minera, sin perjuicio de las demás exclusiones que establezca la ley”.

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