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“El tribunal no toma en cuenta la ideología política para su decisión”: las claves del fallo que envió a Daniel Jadue a la cárcel

Martina E. Galindez

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“Antes de comenzar a analizar los elementos materiales del delito, esta jueza desea advertir expresamente que, conforme al principio de imparcialidad que rige la función jurisdiccional, este tribunal no toma en cuenta afiliaciones ni ideologías políticas para tomar su decisión (…). Esto implica que nadie debe recibir un trato preferencial y que las decisiones judiciales deben basarse únicamente en los hechos del caso, los antecedentes aportados y las leyes aplicables, sin considerar factores extralegales”.

De esta manera, la jueza del Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, Paulina Moya, lanzaba un dardo directo a quienes han cuestionado la imparcialidad de los tribunales, en torno a la formalización del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), quien fue acusado por la Fiscalía por la comisión de los delitos de cohecho, fraude al Fisco, administración desleal y estafa.

La causa en contra del alcalde de Recoleta se inició por una querella por estafa presentada por la empresa proveedora Best Quality, la que vendió productos médicos a la Asociación de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp) el 2020, pero que acusa que nunca recibió el pago de estos. La Fiscalía durante la formalización aseguró que Jadue, valiéndose de su prestigio y posición, aparentó una capacidad económica de la asociación a sabiendas de que no tenían los recursos y pagó solo una parte del total a la empresa, generando un perjuicio de más de mil millones.

La resolución que dejó tras las rejas a Jadue, por ser considerado un “peligro para la seguridad de la sociedad”, se basó en elementos claves: su rol como presidente de Achifarp, la afectación patrimonial a la Municipalidad de Recoleta y su rol como alcalde de la comuna.

“Esta asociación de municipalidades tenía objetivos y directores”, expuso en la audiencia de formalización el abogado de Jadue, Ramón Sepúlveda, quien insistió en que aunque el jefe comunal era el presidente de la asociación no todas las decisiones pasaban por él.

Sin embargo, para el tribunal esta tesis no fue acogida. “El imputado Jadue habría sido el único autorizado para girar cheques, aparecía en los contratos y transacciones judiciales, y habría sido quien ejercía la gestión financiera y planificación estratégica de la Achifarp”, sostuvo la jueza, agregando que “respecto al ejercicio abusivo de las facultades de administración, los antecedentes reunidos por el Ministerio Público dan cuenta que existen altas probabilidades de que el imputado Jadue conocía la compra realizada a Best Quality en junio de 2020, por más de mil millones de pesos”.

En esa misma línea, la jueza agregó que “este tribunal se pregunta, si este contrato con Best Quality era tan desventajoso y supuestamente su presidente y el directorio no lo aprobaron, ¿por qué no se ejercieron acciones legales para rescindir el contrato?, en lugar de intentar llegar a acuerdos para pagarlo. Esto resulta llamativo, ya que se mencionó en la audiencia que las mercancías del contrato estuvieron mucho tiempo en bodegas, inutilizadas”.

Mientras la magistrada daba lectura a la sentencia, Jadue solo miraba atento a la jueza y en ocasiones bajaba la mirada para mirar su celular. Ninguna mueca, ni gesto de reprobación. En su semblante solo se veía resignación.

El rol de Jadue como presidente de Achifarp también es determinante para la imputación del cohecho. Por ejemplo, la magistrada indicó que “se aprecia que el Ministerio Público aportó múltiples antecedentes que permiten justificar la existencia del delito y configurar presunciones fundadas de participación en lo relativo a la donación de $20 millones, a cambio de concretar la compra de insumos a Best Quality, productos que habrían sido entregados en las oficinas del Partido Comunista de Recoleta”.

En la lectura de su resolución, la jueza de garantía se refería a la Municipalidad de Recolecta como una “víctima” del caso, poniendo énfasis en que eran sus vecinos los principales afectados por las maniobras realizadas entre Jadue y Achifarp.

Esta tesis se explica, pues para el tribunal -acogiendo lo expuesto por el Ministerio Público- fueron dineros municipales los que se utilizaron para pagar las deudas de Achifarp de manera irregular. Además, lo que “también llamó la atención” de la magistrada fue que se haya tratado de usar “la salud pública” en este caso, tomando en cuenta la idea de fabricar un medicamento en contra del Covid-19, con dinero que nunca llegó a manos de la Universidad de Concepción.

“Al tribunal le llama la atención que, en un ámbito tan sensible como la fabricación de medicamentos para el Covid-19, los imputados hayan asegurado contar con los permisos respectivos. En circunstancias que se trata de una época en la que existía un miedo generalizado a los nuevos medicamentos, por lo que los argumentos de la defensa sobre haber creído que todo estaba en regla parecen poco creíbles. Además, es fundamental considerar que la fabricación y distribución de medicamentos están sujetas a estrictas regulaciones y controles, especialmente en situaciones de emergencia sanitaria”, dijo la jueza.

Además, agregó que “una vez recibido el aporte extraordinario de $204.976.800 para la fabricación del medicamento, este nunca fue transferido a la Universidad de Concepción, utilizándose para el pago de deudas contraídas con terceros por la Achifarp”.

En la resolución, de esta manera, se consideró que “con relación al perjuicio al patrimonio de la Municipalidad de Recoleta, el tipo penal establece que este puede consistir en pérdidas directas o en la privación de un lucro legítimo o cesante. Lo cierto es que las defensas no controvirtieron que los fondos municipales fueron desviados para cubrir deudas y gastos de Achifarp, privando a la municipalidad de usar legítimamente esos fondos para beneficio de la comunidad”.

Quizás el elemento que más pesó para decretar la prisión preventiva de Jadue -además de lo elevado de las penas de los delitos imputados- fue su rol actual como alcalde de Recoleta.

La magistrada partió exponiendo que “el tribunal no puede dejar de advertir que el imputado Jadue se encuentra en funciones en su cargo de alcalde de la comuna de Recoleta. Esta posición implica una relación directa y esencial con la administración de recursos, desempeñando un rol crucial en la gestión financiera, la planificación y la transparencia de las operaciones municipales”.

Agregó, enseguida, que “no se puede pasar por alto el riesgo que genera su permanencia en el cargo para el patrimonio de la comuna, entendiendo que esto podría configurar un peligro de reiteración. Finalmente, haciendo una prognosis de pena para los imputados Jadue y Muñoz, existe una alta probabilidad que para el caso que sean condenados por los delitos por los cuales fueron formalizados, no puedan acceder a penas sustitutivas y deban cumplir de manera efectiva sus condenas”.

Una vez dictada la prisión preventiva de Jadue, su abogado pidió hablar con él “en la entrada del calabozo” solo unos minutos. Antes de eso, el alcalde se paró tranquilo, estiró las manos, juntó sus muñecas y un gendarme cerró las esposas que lo acompañarían hasta ingresar a Capitán Yáber, mismo penal donde antes estuvieron otros alcaldes, senadores, diputados y empresarios, quienes, al igual que él, fueron considerados un peligro para la seguridad de la sociedad.

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