Economia
Agencia Nacional de Ciberseguridad inicia operaciones el 1 de enero de 2025
Luego de ocho meses desde que se promulgó la Ley N° 21.663 Marco de Ciberseguridad, que regula y coordina las acciones de ciberseguridad de los organismos del Estado y de los particulares y crea la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI), Este martes 24 de diciembre se publicó en el Diario Oficial el Decreto con Fuerza de Ley (DFL), que determina que la ANCI iniciará sus actividades el 1 de enero de 2025.
La DFL También determina que a partir del 1 de marzo de 2025 entrarán en vigor las normas relativas al proceso de calificación de operadores de vital importancia, la obligación de notificar incidentes de ciberseguridad y el régimen sancionador.
La Ley Marco de Ciberseguridad, promulgada en marzo de este año, crea una legislación marco de ciberseguridad con el establecimiento de la Agencia Nacional de Ciberseguridad. entidad pública que tendrá la función de regular, fiscalizar y sancionar con multas de hasta 40 mil UTM ($2,6 mil millones) y dictará protocolos y estándares para prevenir, reportar y resolver incidentes de ciberseguridad o ciberataques.
Él DFL también establece el Sistema retributivo de los trabajadores de la Agencia Nacional de Ciberseguridad. como institución supervisora; determina la plantilla de directivos de la ANCI; establece los requisitos y promoción de los cargos de directivos, profesionales, inspectores, técnicos, entre otros; establece el traslado de personas de la Subsecretaría del Interior a la Agencia y la asignación de conformidad con la Ley de Presupuesto del Sector Público del año 2025 y la transferencia de activos.
Empresas y organismos regulados
El reglamento regulará el funcionamiento en Servicios Esenciales (SE) y Operadores de Vital Importancia (OIV), estos últimos, proveedores de dichos servicios esenciales.
La ley considera los siguientes Servicios Esenciales (SE): Organismos de la administración del Estado y el Coordinador Eléctrico Nacional; y servicios prestados bajo concesión de servicio público.
El listado de servicios concesionados incluye empresas de los sectores eléctrico, transporte -terrestre, aéreo, ferroviario o marítimo-, agua potable, almacenamiento y distribución de alimentos, telecomunicaciones e infraestructuras digitales, banca, servicios financieros y medios de pago, servicios digitales e información. tecnología administrada por terceros, administración de prestaciones de seguridad social, servicios postales y de mensajería, prestación institucional de servicios de salud, producción y/o investigación de productos farmacéuticos.