Tras los incendios que afectaron a Valparaíso En el verano de 2024, el Fondo Temporal de Emergencia contra Incendios mediante la Ley N° 21.681. Este reglamento, publicado el 1 de julio de 2024 en el Diario Oficial, establece un impuesto sustitutivo opcional (ISIF) sobre las utilidades acumuladas hasta el 31 de diciembre de 2023.
El ISIF permite a las empresas pagar un “impuesto único” sobre las ganancias acumulados al cierre de 2023, liberándolos de impuestos finales, como el Impuesto Global Complementario (IGC) o el Impuesto Adicional, al momento de su retiro, remisión o distribución.
Beneficio que favorece definiciones fiscales estratégicas
Según la Circular N° 34 del Servicio de Impuestos Internos (SII), este beneficio Se aplica tanto a los contribuyentes del régimen fiscal general como a las PYMES. Las empresas del régimen general enfrentan una tasa del 12%, pero pierden los créditos por el Impuesto de Primera Categoría asociados a las utilidades que califican para el beneficio. Las Pymes, por su parte, están sujetas a una tasa del 30%, con la posibilidad de utilizar dichos créditos contra el impuesto sustitutivo a pagar.
Para el oficinas familiaresEste impuesto sustituto puede tener un impacto significativo en la planificación fiscal. segun el socio de Fischer y Cía, Boris León, “Si los socios hacen retiros frecuentes y están en los tramos más altos del IGC, la carga tributaria total bajo el ISIF puede ser considerablemente menor que gravar estos retiros con el Impuesto Global Complementario”.
En estas estructuras familiares, donde habitualmente se gestionan grandes volúmenes de patrimonio y se planifican estratégicamente las retiradas, Unirse al ISIF podría representar importantes ahorros fiscales.
Sin embargo, el análisis debe ser detallado. León destacó que es “imprescindible evaluar variables como la tasa impositiva vigente de los socios, la existencia de créditos asociados al Impuesto de Primera Categoría y el país de residencia de los accionistas sin domicilio en Chile, especialmente si existen acuerdos para evitar la doble impuestos. ”.
Resultados preliminares y plazos para postular
Según datos preliminares del SII, hasta el 7 de enero de 2025 se ha registrado que 3.163 contribuyentes se han acogido al ISIF, generando ingresos tributarios por $869.445 millones. Esta cifra es 1,4 veces superior a la prevista inicialmente. Lo anterior representa el 0,28% del PBI.
El plazo para postular finaliza el 31 de enero de 2025. En este contexto, los expertos destacan la importancia de actuar con rapidez.
Respecto a las ventajas de afiliarse, el experto fiscal señaló que “es crucial realizar un análisis caso por caso para determinar si afiliarse al ISIF es beneficioso según las características particulares de cada empresa.
Cuando quedan menos de dos semanas, el llamado es claro: evaluar cuidadosamente las implicaciones fiscales y decidir basándose en un análisis exhaustivo. Para el oficinas familiareseste régimen representa una oportunidad para optimizar su carga tributaria y planificar eficientemente la distribución de las utilidades acumuladas.