Economia
Abogada de Leonarda Villalobos y pago a funcionarios públicos: “Nunca existieron. Ni en este caso ni en ningún otro”
María Leonarda Villalobos (51 años) se encuentra en el centro de las indagatorias del Ministerio Público por el controversial audio en la que junto al penalista Luis Hermosilla y el controlador del factoring Factop, Daniel Sauer, mencionan haber realizado supuestos pagos a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) y de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para favorecer a Sauer.
En dos semanas, pasó del anonimato a protagonizar uno de los escándalos financieros más bullados de los últimos años.
En este escenario y luego de que Villalobos declarara en calidad de imputada ante el Ministerio Público, su abogada, Alejandra Borda, accedió a responder por escrito un conjunto de preguntas a DF, entregando nuevos antecedentes en los que basa su defensa: explica por qué grabó el audio, dice que solo lo compartió con una colega, niega la existencia de sobornos y asegura que la anulación de la liquidación del SII a Daniel Sauer correspondió a un “procedimiento normal”. Sobre Luis Hermosilla, dice que Leonarda Villalobos lo conoció hace un año.
“Sí existió la anulación de una liquidación del SII contra el Sr. Daniel Sauer por esa cantidad y que significaba el embargo de su casa. Esto se dio en el contexto de un procedimiento normal y rutinario del Servicio (…). Jamás fue una condonación ni un ‘perdonazo’, si no la defensa de la correcta aplicación de la norma”.
“Han sido días difíciles, las repercusiones de la publicación del audio han sido devastadoras tanto para ella como para su familia, porque más que investigar sobre los hechos aludidos -lo que sería entendible-, una parte de la prensa se ha dedicado a escarbar de mala fe y con escaso rigor, su vida personal y la de sus cercanos”, sostiene Borda.
Para la abogada de Villalobos, “se ha hecho una exposición mediática sobre la trayectoria de una persona que hasta hace dos semanas llevaba una vida totalmente anónima, incitando a un juicio mediático donde ha prevalecido información sesgada, imprecisa, y quizás inescrupulosamente editada, que distorsiona la posibilidad que la opinión pública se informe sobre el hecho de fondo”.
Pero también, han sido días demandantes por las indagatorias conducidas por el Ministerio Público: declaró por más de diez horas en calidad de imputada, entre el miércoles 15 y el jueves 16 de noviembre. Los interrogatorios siguieron tanto el viernes de la misma semana como el lunes y martes de la siguiente.
“En absolutamente todas las aristas que se han abierto, María Leonarda ha prestado su total cooperación, ha entregado todo lo que se le ha solicitado y ha autorizado la realización de diligencias que en su calidad son absolutamente voluntarias”, sostuvo Borda, abogada de Villalobos.
Sobre el audio: “La única persona con la que lo compartió fue una colega -abogada- en el marco del secreto profesional”.
“La relación profesional de mi cliente con el Sr. Hermosilla era bastante reciente, lo conoció hace un año, y en base a la colaboración menor en un caso de familia. Y en cuanto a sus dichos -fuera de las formas o de manera inadecuada-, la exageración de estos solo la hace deducir que no conoce la gestión cotidiana del servicio”.
Seis años trabajando con los Sauer
– ¿Desde cuándo conoce María Leonarda a Daniel Sauer?
– A diferencia de lo que se ha planteado en los medios, mi clienta conoció primero al Sr. Alberto Sauer, padre de los hermanos Daniel y Ariel, aproximadamente en el año 2017 debido a asesorías relacionadas por su consultora.
A partir de ese momento se generan varias asesorías a sus hijos, y al mismo tiempo al mejor amigo de Daniel, el Sr. Rodrigo Topelberg, quedando, así como una asesora externa en temas tributarios, ya que todos ellos tenían sus propios equipos de abogados y otros profesionales afines. Por tanto, siempre la relación profesional fue formal, a través de contratos y su correspondiente facturación.
Aun así, con los años se generó una relación de cariño basada en la confianza, lo que hizo que ella y su familia invirtieran todos sus ahorros previos y reinvirtiera el pago total por sus honorarios, en la empresa financiera del núcleo Sauer-Topelberg.
– ¿Cuál es su versión de los hechos? ¿Existieron efectivamente los pagos a funcionarios públicos a los que se hace referencia en el audio?
– No, nunca existieron, ni en este caso ni en ningún otro realizado por María Leonarda Villalobos en estos años de asesoría profesional a cualquiera de sus clientes. El solo hecho de que sus visitas al SII, queden registradas en las plataformas de lobby, y que normalmente sean para que tales clientes conozcan y/o cumplan sus obligaciones legales y tributarias, así lo demuestran.
– De haberse realizado los pagos, ¿a quién o quiénes se hicieron? ¿Cómo funcionaba el esquema para realizar dichos pagos?
– Se reitera, nunca mi clienta o alguien relacionado con ella, ha realizado pagos a funcionarios de alguna institución pública.
El audio
– ¿Para qué o para quién grabó el audio Leonarda Villalonos? ¿A quién se lo entregó?
– El audio fue grabado para precaver a la persona que hasta ese momento ella creía que podría verse mayormente afectada y tener un respaldo de las situaciones anómalas en la corredora, develadas en el proceso de la CMF. No olvidar que María Leonarda era la asesora jurídica de los tres socios mayoritarios, en forma institucional, pero también individualmente, por tanto, ante el eventual conflicto de lealtades en ciernes, debía lograr mayor información para tomar una pronta definición.
Para entender lo revelado, en un lapso inferior a 48 horas mi clienta se abocó a recopilar y analizar un cúmulo de información, y así reconstruir un esquema financiero, que suponía, sería del conocimiento de algunos socios en detrimento de otros. Adicionalmente, existiría un amplio conjunto de personas patrimonialmente afectadas, incluida ella y su familia, que se preveían serían impactadas por las irregularidades detectadas.
Ese trabajo personal, efectuado a partir del análisis de fuentes públicas y abiertas (rutificador, CBRS, web SII -consulta situación tributaria de terceros), es lo que cierta prensa ha denominado fantasiosamente “el Informe reservado del SII”, sin tener sustento de aquello y sabiendo que toda la información es de acceso público.
Sobre el audio, la única persona con la que lo compartió fue una colega -abogada- en el marco del secreto profesional y con el objeto de permitirle tomar decisiones, para que ella misma pudiese definir la representación de su cliente, dado que al igual que mi representada se había convertido en una víctima de ellos mismos, al igual que su familia y otras amistades.
Lamentablemente este audio, meses después y por razones que escapan a su comprensión e intención, fue enviado a los medios y -entendemos- a autoridades, por motivos que solo pueden ser explicados por los divulgadores.
Mi clienta es consciente de los efectos generados, que siendo de todo orden, empezaron por afectar a su familia -por ejemplo, su esposo-, sus amistades, y sobre todo ella misma, que ha visto denostada su imagen y alterado abruptamente su proyecto de vida. Una razón más para entender que ella nunca podría ser parte de la difusión del mismo.
Las anulaciones en el SII
– ¿Existieron las anulaciones de liquidaciones en el SII contra de Daniel Sauer por $ 3 mil millones de pesos? ¿En este contexto, pagó a funcionarios para que se realizaran dichas anulaciones?
– Sí existió la anulación de una liquidación del SII contra el Sr. Daniel Sauer por esa cantidad y que significaba el embargo de su casa. Esto se dio en el contexto de un procedimiento normal y rutinario del Servicio, ya que el análisis que hizo mi clienta concluyó que el problema no estaba en la base de cálculo del monto, si no en la validez de su exigencia, por iniciarse en una acción prescrita sobre la que se sumaban multas e intereses. Por tanto, jamás fue una condonación ni un “perdonazo”, si no la defensa de la correcta aplicación de la norma.
Además, esta labor, se sumaba a otras dos solicitudes, plasmadas en un contrato de asesoría, de las cuales esta se resolvió a favor del cliente, otra se decantó en favor del Servicio -porque así correspondía-, y la tercera fue el análisis de la situación tributaria de un conjunto de empresas.
Así, los honorarios fueron pactados de conformidad por todas las partes y obedecieron al precio de mercado. En este punto, mi clienta resalta que el caso es tan objetivo, que, si repitiera su ocurrencia, el resultado sería exactamente el mismo, con lo cual, suponer el pago de irregularidades, es del todo absurdo.
En resumen, lo obtenido fue a través del conocimiento y desempeño profesional de la asesora, no a través de coimas o favores. Lamentablemente a veces las personas creen lo que quieren creer, y eso les da la sensación -irreal- de estar frente a una profesional “muy bien contactada”, cuando realmente sólo están frente a alguien que examina adecuadamente las situaciones, conoce las normas del sistema, y realiza las presentaciones en fondo y forma.
– ¿Declaró sobre estas anulaciones ante fiscalía en estos días?
– Se explicó esta situación ante el fiscal correspondiente, ya que se ha magnificado y distorsionado la información respecto de este hecho, donde lo que único que se ha logrado es poner en tela de juicio a los funcionarios presuntamente implicados que solo cumplieron con su labor habitual, y a los cuales ella ni siquiera conoce.
– ¿Qué rol jugó Luis Hermosilla en los eventos que se revelan en el audio?
– A la luz de lo ya explicado, puede concluirse claramente que, en este caso ninguno, más si se entiende que la relación profesional de mi cliente con el Sr. Hermosilla era bastante reciente, lo conoció hace un año, y en base a la colaboración menor en un caso de familia. Y en cuanto a sus dichos -fuera de las formas o de manera inadecuada-, la exageración de estos solo la hace deducir que no conoce la gestión cotidiana del servicio.
– ¿Qué otros aspectos relevantes reveló en sus declaraciones a la Fiscalía?
– Pese a la voluntad de aclarar esta situación, no podemos referirnos al contenido de las declaraciones ante el Ministerio Público ni ante cualquier otro organismo público que realice alguna investigación, a menos que expresamente se nos señale que el contenido de estas tiene carácter público.
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