Economia

Corte de Apelaciones determina que causa de Conadecus contra empresas de gas debe analizarse en el TDLC y no en la justicia civil

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La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que los tribunales civiles son incompetente para llevar la causa que la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) presentó ante el 28 juzgado civil de Santiago en contra de Gasco, Lipigas y Abastible, ya que consideró que el tema primero debe ser resuelto por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. 

Todo partió a fines del año 2021 cuando la entidad de defensa de los consumidores presentó una demanda colectiva en contra de las mencionadas empresas de gas  acusando supuestos cobros abusivos tras conocerse el resultado del Estudio de Mercado del Gas, publicado en diciembre de 2021 por la Fiscalía Nacional Económica.

“La vulneración de la defensa de los consumidores a que apunta la demanda no derivaría de infracciones directas e inmediatas de la ley 19.496 (ley del consumidor), sino que, en todo caso, sería consecuencia de un ilícito competitivo consistente en el alza de precio concertada por las demandadas, según emana de un estudio preliminar del mercado del gas elaborado por la Fiscalía Nacional Económica. De forma que, en estas circunstancias, el conocimiento de los hechos y la declaración del ilícito corresponde al tribunal especializado que la ley ha designado, que es el TDLC y no es el tribunal civil, por lo que la incidencia será acogida”, se lee en la sentencia de los recursos presentados por las empresas. 

Empresas Gasco fue representada por el estudio Pellegrini y Rencoret; Abastible por el estudio Vergara Labarca; y Lipigas por Claro y cía.

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