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Economia

Derechos de agua: pierde el pequeño agricultor

Martina E. Galindez

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Agustín Walker

Las disposiciones transitorias del proyecto de nueva Constitución establecen que, a partir de su entrada en vigor, todos los derechos de agua previamente otorgados se convertirán en autorizaciones de uso. Agrega que no podrán enajenarse, ni celebrarse acto jurídico alguno que implique su ejercicio por un tercero distinto de su propietario, salvo que sea para satisfacer el derecho humano al agua o al saneamiento y siempre con la autorización previa del Estado.

La Convención buscaba sacar el agua del mercado y centralizar su distribución en el Estado, con el fin de limitar el uso a quienes la tienen en abundancia y redistribuirla a quienes la necesitan, pero no tienen los recursos para adquirirla.

“La nueva Constitución acaba perjudicando a quienes pretende ayudar, empeorando su situación frente a los grandes agricultores, que quedarán en un escenario perfecto para comprar más tierras”.

Sin embargo, las empresas y aquellas con más recursos podrán eludir fácilmente la disposición. Una opción sencilla es transferir los derechos a nuevas empresas antes de que entre en vigor la nueva Constitución, y luego transferir las empresas, en lugar de las autorizaciones de uso. Otra alternativa, y que puede implementarse incluso después de la entrada en vigencia, es dividir la empresa propietaria, y luego transferir la resultante a la que se le asignaron las autorizaciones de uso de agua.

Pero, ¿qué pasará con esos pequeños agricultores que no tienen abogado, que no actúan a través de empresas y que difícilmente leerán esta columna? Para ellos, malas noticias.

El que tenga exceso de agua no podrá venderla ni arrendarla.

Quien tenga tierra y no agua, no podrá explotarla, ya que sólo podrá acceder al agua solicitándola al Estado, proceso que puede llevar años y que en muchos casos terminará en una respuesta negativa por parte de la autoridad, considerando que gran parte de la zona norte y centro sur de Chile tiene prohibido otorgar nuevos derechos.

Nadie que no tenga agua comprará tierra si no tiene el agua necesaria para el riego, lo que reducirá considerablemente el valor de la tierra cultivable.

Quienes, por necesidad, tengan que vender su terreno, no solo recibirán menos por ello, sino que se quedarán con autorizaciones de agua que no podrán ser utilizadas, no tendrán ningún valor y que, además, serán consideradas por la DGA en el balance hídrico, limitando la concesión de nuevas autorizaciones de uso.

Me preguntó entonces, ¿quién terminará beneficiándose de esta reforma? ¿Quién se ve favorecido cuando el pequeño agricultor tiene problemas y hay una caída en el precio de la pequeña finca?

La nueva Constitución acaba perjudicando a aquellos a los que pretende ayudar, empeorando su situación frente a los grandes agricultores, que quedarán en un escenario perfecto para comprar más tierras. Allende no estaría muy feliz de ver revertida su reforma agraria.

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