Cabezas bajas, todas concentradas en el teléfono celular. Hombres, mujeres, jóvenes. La imagen no se limita a ningún espacio. Es más, se repite en hogares, playas, piscinas y otros lugares de esparcimiento. El tema, es que en algunos casos aún se trata de trabajo.
No es solo imaginación. El estudio Dinámica Laboral Cambiante realizado por Mercer, mostró que un 47% de las empresas en el país aún no considera la desconexión digital como una prioridad.
El análisis, que abarcó 143 firmas del país correspondiente a diversos sectores productivos, el 69% de los consultados indicaron no contar con una política formal de black out virtual.
Además, el 73% de las organizaciones informó que sus colaboradores responden correos electrónicos fuera del horario laboral, subrayando -dice Mercer- la necesidad de implementar medidas efectivas destinadas a preservar el tiempo libre de los empleados.
Incluso, entre el 6% y 25% de los encuestados señaló que el porcentaje de jefaturas que se encuentran híper conectadas y envían emails y mensajes fuera de horarios de trabajo es de un 41%.
Esos resultados se dan en un contexto en que la Ley de Teletrabajo y Trabajo a Distancia en Chile -vigente desde marzo de 2020- establece un período mínimo de desconexión de 12 horas en cada ciclo de 24 horas. Esto implica que los colaboradores que opten por esta modalidad no tienen la obligación de atender comunicaciones, seguir órdenes o cumplir con otros requerimientos durante ese tiempo.
En este contexto, la subgerente de Consultoría en Beneficios de Mercer Marsh Beneficios, Marcela Avalos, destaca que la ausencia de políticas de desconexión digital sugiere una oportunidad clara para las áreas de Recursos Humanos para liderar cambios significativos en la cultura laboral.
“La implementación y la correcta comunicación de estas acciones establecen lineamientos para el equilibrio entre el trabajo y la vida personal, con el fin de facilitar un auténtico tiempo de descanso, que se traducen en una mayor satisfacción y rendimiento laboral”, expone.
Un avance que se sustenta en que la aplicación de políticas de desconexión en el ámbito laboral ofrece beneficios, incluyendo mejoras en la salud y bienestar de los trabajadores (82%), reducción del estrés y prevención del burnout (66%), así como mejoras en el ambiente laboral (48%) y en las relaciones entre líderes y equipos (32%).
Para Avalos, la falta de avance de las empresas en la implementación de políticas efectivas de desconexión digital puede explicarse por varios motivos.
En primer lugar, menciona que muchas compañías no consideran la desconexión virtual como una prioridad, “careciendo de conciencia sobre su impacto en la salud y bienestar de los empleados, así como de las implicaciones legales y beneficios que puede traer”.
A lo anterior suma que “algunas empresas pueden no tener las herramientas y recursos necesarios para facilitar la desconexión digital, como la tecnología para establecer horarios de trabajo flexibles o la capacitación para gestionar el equilibrio entre el trabajo y la vida personal”.
Por lo demás, plantea que implementar estas políticas implica cambios en la cultura y en las prácticas laborales de cada empresa. “Existe una resistencia por parte de empleados y directivos, quienes están acostumbrados a estar siempre conectados y disponibles. Por ello, es esencial que los líderes respalden y promuevan activamente la desconexión digital, ya que su falta de ejemplo puede socavar su efectividad”, advierte.
Además, considera que “la falta de comunicación efectiva sobre su importancia y métodos de implementación puede generar confusión entre los empleados, exacerbando una cultura laboral intensiva donde se espera una disponibilidad constante”.
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.