Published
19 hours agoon
La caída de los ingresos del Estado este año y la urgencia de una mayor eficiencia en el gasto fiscal han sido algunas de las preocupaciones de primer orden que han tenido el Ministerio de Hacienda y la Dirección de Presupuesto (Dipres) de cara a 2024.
Prueba de ello son las instrucciones que han enviado durante el año para velar por el buen uso de los recursos, con medidas de austeridad y eficiencia, así como exigir mayor diligencia a los servicios públicos a la hora de recaudar los ingresos.
Uno de los más recientes se enmarca precisamente en el contexto de evitar el despilfarro de fondos en distintas tareas operativas del Estado, en particular los pagos a proveedores.
En 2023, el funcionamiento de la Plataforma Automatizada de Pagos del Estado fue suspendido provisionalmente por 180 días debido a problemas operativos similares a los abordados en la carta circular.
Una circular enviada a más de 300 instituciones del Gobierno Central por la directora de la Dipres, Javiera Martínez, entrega nuevas instrucciones respecto del registro de desembolsos realizados en dos ocasiones o pagos excesivos que realiza el Estado a proveedores de bienes y servicios.
El antecedente más inmediato del documento es la suspensión provisional realizada en marzo de 2023 de la Plataforma Automatizada de Pagos del Estado, mecanismo a través del cual Hacienda agrupa el pago de sus diferentes responsabilidades con proveedores, debido -en su momento- a problemas operativos similares. a los informados en la carta circular.
“Actualmente, esta dirección ha continuado, tanto con el seguimiento de los casos pendientes de reintegración, como con la recepción y análisis de la información de respaldo enviada por los servicios, de acuerdo con las instrucciones dadas a los ministerios y servicios dependientes sobre la recaudación y devolución de recursos fiscales. , al igual que con las comunicaciones realizadas a través de cartas privadas, que identifican detalladamente los casos pendientes, durante los años 2022, 2023 y el presente año”, comienza señalando el texto.
Pese a lo anterior, la Dipres consideró “necesario” complementar las instrucciones dadas anteriormente respecto de los registros por dobles desembolsos o pagos excedentes pendientes de regularización.
Esfuerzos de recolección de gases de escape
El documento incluye tres directrices.
La primera, que todos los casos de doble desembolso o exceso de pagos identificados por el servicio y/o comunicados por la Dipres a partir de 2020 deben registrarse en la contabilidad institucional, considerándose eventos válidos los pagos realizados a través de la Plataforma. Pago automatizado.
El segundo orden es que, en el caso del reembolso por parte del prestador como consecuencia de las acciones extrajudiciales de cobro realizadas por el servicio, a nivel contable se deben registrar las operaciones que reflejen el derecho a ser percibidas y asignadas presupuestariamente en la cuenta. conocido. de los ingresos por cobros de pagos duplicados o en la cuenta de ingresos por cobros de excesos, según corresponda, ambos clasificados en el epígrafe de otros ingresos corrientes.
Una vez verificado cada depósito en la cuenta corriente institucional, estos reembolsos deberán registrarse presupuestariamente en la cuenta denominada “completos por cobro de excesos” o en la cuenta “completos por cobro de pagos duplicados”, según corresponda.
La regularización de los movimientos señalados deberá solicitarse a la Dipres a más tardar el 15 de noviembre de cada año.
La tercera instrucción se refiere a los casos en los que no se obtiene el reembolso del proveedor.
Aquí, el servicio deberá cumplir con las acciones extrajudiciales consideradas en el procedimiento de cobranza institucional a proveedores, en el plazo establecido que no podrá exceder de tres meses, las cuales deberán realizarse en tiempo y forma y “debidamente documentadas”.
“En todo caso, si no se recibe el pago respectivo, el servicio deberá iniciar las acciones civiles correspondientes”, señala la circular.
“Una vez agotadas las instancias extrajudiciales establecidas y el plazo estipulado para ello, el servicio deberá enviar mediante carta al Consejo de Defensa del Estado (CDE) el detalle de las facturas pendientes de reembolso, incluyendo la documentación acreditativa”, agrega el documento. .
Ahora bien, luego de acordar con el CDE la viabilidad del cobro de la deuda, en caso de que la deuda resulte incobrable, los hechos correspondientes deberán reflejarse en la contabilidad institucional del servicio como un gasto presupuestario.
Dónde ver el partido de Liverpool vs Leicester City
Vuelo de Azerbaijan Airlines fue derribado por un sistema ruso de defensa antiaérea
Cómo Estados Unidos se apropió del Canal de Panamá, Trump
Pedidos de ayuda por desempleo en EEUU alcanzan 219.000, por debajo de lo previsto
China promete más medidas para impulsar su economía
Precio del dólar hoy en Chile