Editorial La Tercera y designación de altos cargos

Finalmente, y luego de casi diez meses desde que Jorge Bermúdez concluyó su período constitucional de ocho años como contralor general de la República, el presidente Gabriel Boric nominó a Dorothy Pérez para ocupar el cargo, función que a la fecha ejerce como diputada, y cuya ratificación debe contar con el apoyo de 3/5 de los miembros del Senado en ejercicio, apoyo que se prevé tendrá en dicha cámara. Y si bien la madre sustituta tiene las facultades necesarias para dirigir el órgano, la estructura institucional exige que los cargos estén debidamente cubiertos, por lo que es una buena noticia que se avance en esa dirección, máxime cuando se trata de una entidad imprescindible en el buen funcionamiento del organismo. Corresponde al Estado velar por el control de la legalidad de los actos de la Administración, supervisar los ingresos e inversiones de fondos del Tesoro, municipios y otros organismos y servicios, entre otras funciones.

Sin embargo, y por lo mismo, es importante entender que las sustituciones y subrogaciones son figuras que responden a condiciones excepcionales, por lo que resulta preocupante que, en el caso del nombramiento de quien debe dirigir la Contraloría General de la República, los últimos procesos han tardado varios meses en resolverse, instrumentalizarse en el marco de negociaciones o simplemente retrasarse por presiones políticas. Más grave aún es que este tipo de procedimientos contribuya a normalizar una forma de operar que no es propia de la institucionalidad, tolerando extensos períodos de desocupación sin sopesar sus implicaciones.

Una situación que no escapa a la misma lógica es lo ocurrido con el reciente nombramiento de dos ministros y el fiscal de la Corte Suprema, quienes debían reemplazar a quienes ya habían dejado sus cargos -en el caso de Guillermo Silva, su salida se produjo-. hace un tiempo. casi dos años-, y cuya urgencia se hizo evidente a propósito de las acusaciones constitucionales contra cuatro de los ministros de ese tribunal, incluida la apertura de un expediente de destitución contra uno de ellos que terminó con su salida. En este caso, la presión para resolver los procesos provino de la amenaza real de que sería difícil impartir justicia al verse afectado el normal funcionamiento de las salas de la Corte Suprema, lo que no puede ser el motivo que impulse definiciones de esta naturaleza.

Lo ocurrido en ambos casos debe servir de experiencia para llevar a las autoridades tanto del Ejecutivo, que debe proponer los nombres, como de los miembros del Senado, que deben confirmarlos, a ejercer sus responsabilidades de manera que se garantice no sólo que sean los mejores nombres que se pueden designar para cada puesto, pero que esto se pueda hacer en el momento oportuno para evitar situaciones como las de las últimas semanas. Sin perjuicio de que existan negociaciones, éstas no pueden significar obstaculizar el buen funcionamiento del Estado ni mantener como provisionales situaciones que requieran certeza. Algo que claramente habrá que demostrar cuando se deba discutir el reemplazo del ministro Juan Eduardo Fuentes, quien cumple la edad legal de 75 años para permanecer como miembro de la Corte Suprema.

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