Economia

El TC publica sentencia sobre el proyecto de cumplimiento tributario y lo deja en condiciones de publicarse como ley

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Por fin ha terminado la espera para los especialistas y asesores del mundo fiscal. La mañana de este viernes, el Tribunal Constitucional (TC) publicó su fallo sobre el control de constitucionalidad del proyecto de ley que refuerza el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. O también conocida como ley antievasión y elusión, y con la que el Ejecutivo busca recaudar el equivalente al 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB), unos US$ 4.500 millones.

Luego de que el texto fuera convertido en ley por la Cámara de Diputados a finales de septiembre, faltaba un último paso para que la normativa entrara en vigencia: su control preventivo de constitucionalidad ante el TC.

Ahora, tras el fallo, la nueva norma está lista para ser publicada en el Diario Oficial y comenzar a regir oficialmente en el país.. Este era uno de los objetivos del Ministerio de Hacienda, pues de publicarse en octubre, durante noviembre podrían comenzar a regir varias ventanas transitorias, como el mecanismo de repatriación de capitales.

En el fallo, de 94 páginas, los ministros del TC se pronunciaron favorablemente sobre los artículos que involucraban normas constitucionales.

Así, se analizaron cuatro artículos permanentes de la ley y sus respectivos numerales, como son las adecuaciones al Código Tributario en materias regionales que son competencia del Servicio de Impuestos Internos (SII); el procedimiento para fiscalizar a los contribuyentes en jurisdicciones distintas a la dirección regional, presentando los registros ante el Tribunal Fiscal y Aduanero (TTA) correspondiente al domicilio del contribuyente; el nuevo artículo 92 ter, que fija una franja donde pide identificar al pagador que realiza operaciones entre UF 50 ($ 1,9 millones) y UF 135 ($ 5,1 millones), aceptando cualquier método de pago legal pero exigiendo documentos que respalden su identidad, como una factura. Cuando el pago sea al contado, deberá hacerse constar esta circunstancia en la factura o documento. Dicho rango podrá ser modificado por el Ministerio de Hacienda previo informe favorable del Banco Central; y ajustes a la Ordenanza de Aduanas, por nombrar sólo algunos.

Asimismo, el TC respaldó la aprobación del reglamento catalogado como quórum calificado, ya que contaron con al menos 66 votos favorables en su tercer proceso por la Cámara de Diputados.

Luego de que la sentencia sea enviada a la Cámara de Diputados, el presidente de la República, Gabriel Boric, deberá publicar la norma en el Diario Oficial en los próximos días, para que comience a regir en el país.

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