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Exención de IVA y denunciante anónimo serán parte de la ola de cambios tributarios

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El año que comienza a cerrar ha sido intenso en materia fiscal. De hecho, a finales de septiembre, el Congreso emitió la nueva Ley que Fortalece el Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, con la que el Ejecutivo busca recaudar el equivalente al 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB), es decir, US$ 4.500 millones en régimen.

La nueva norma trae una serie de modificaciones que permitirán a la administración tributaria, específicamente al Servicio de Impuestos Internos (SII), la Tesorería General de la República (TGR) y el Servicio Nacional de Aduanas, controlar la evasión y elusión.

Hay algunos cambios fundamentales que ya han comenzado a surtir efecto a finales de 2024, como la nueva aplicación de la Norma General Anti-Elusión (NGA), la flexibilidad del acceso del auditor al secreto bancario y la creación de un ejecutivo comité para descentralizar decisiones al interior del SII, por nombrar algunos.

Sin embargo, no son los más masivos en cantidad.

A partir del 1 de enero, hay al menos cinco ajustes en las normas tributarias que entrarán en vigor, la mayoría relacionados con la Ley de Cumplimiento, pero otros también vinculados con la Ley de Ingresos, a la espera de que el Ministerio de Hacienda presente su propuesta a finales de diciembre. .

Esto en referencia a que, de no haber un cambio legal, la tasa que grava las ganancias de las pequeñas y medianas empresas (Pymes) pasará del actual 12,5% al ​​25%. Debido a una ley legislada durante la pandemia, la tributación de estas empresas se redujo temporalmente. El Tesoro ha anunciado que en la reforma de ingresos establecerá un mecanismo para que dicho aumento sea gradual y condicionado al desempeño de la economía.

El primer día del año también traerá como novedad que se modificará la tasa de interés penal que rige el incumplimiento tributario, pasando de una tasa fija del 1,5% mensual a una variable de mercado.

Además, las entidades financieras deberán comenzar a enviar al SII la información de los contribuyentes que hayan recibido más de 50 transferencias de diferentes cuentas en un mes o más de 100 en un semestre, considerando las operaciones del segundo semestre de 2024.

Otro cambio relevante que rige desde inicios del nuevo año es que las operaciones de alto valor (entre UF 50 y UF 135) podrán realizarse con cualquier medio de pago legalmente aceptado, siempre y cuando estén respaldadas por algún documento que acredite la identidad. . del pagador.

El 1 de enero también quedará marcado en el calendario porque comenzará a operar el llamado plan piloto “multijurisdicción”. ¿Qué quiere decir esto? Que el SII podrá fiscalizar a los contribuyentes desde una dirección regional distinta.

El piloto comenzará en la Metropolitana, Valparaíso y Biobío, mientras que para el resto del país arranca en 2026.

Tres meses clave

Aunque una parte importante de los cambios comienza a aplicarse con el nuevo calendario, hay tres meses del año que deben estar marcados para empresas y asesores fiscales.

Si bien abril es un periodo requerido cada año por la Operación Ingreso, en ese mes comienzan a aplicarse los cambios al IVA para los exportadores.

La nueva legislación establece que los exportadores que den aviso de terminación de actividad deberán acreditar que, en el período de 36 meses anteriores al último envío o aceptación a trámite de la declaración de exportación en el caso de servicios, realizaron exportaciones equivalentes -como menos – al importe total del impuesto reembolsado en dicho período.

Además, el día 24 de dicho mes se aplican nuevos requisitos a las plataformas de intermediación y otros actores (como el sector público y proveedores de medios de pago) para exigir el inicio de actividades a quienes operan a través de ellas, con el foco en reducir la informalidad.

En la misma fecha nacerá una nueva figura: la correspondiente al denunciante anónimo, a través de la cual los contribuyentes podrán denunciar la existencia de actos ilícitos a cambio de una recompensa.

Eso sí, la Ley aprobada por el Parlamento contempla sanciones por denuncias falsas.

Luego, el 1 de mayo sale el nuevo Consejo Fiscal, órgano compuesto por el director del Servicio de Impuestos Internos y cuatro concejales elegidos a través de la Alta Dirección Pública (ADP), que tendrá opinión sobre los planes de fiscalización del organismo y las circulares que deben ser emitido. ser sometido al proceso de consulta pública.

Luego, en julio, entra en escena la exigencia que tendrán los bancos de solicitar a quienes requieran crédito iniciar actividades ante el SII.

Mientras que el 24 de octubre, exactamente un año después de la publicación de la ley en el Boletín Oficial, finaliza la exención del IVA para importaciones por valor de hasta US$ 41. A cambio, se establece una nueva exención arancelaria para mercancías ingresadas por un valor de hasta US$ 500 en total.

Las normas que entrarán en vigor en 2025

  • 2025
  • Enero
  • 01 Incremento del impuesto de sociedades a las pymes del 12,5% al ​​25%.
  • Modificaciones a la tasa de interés moratoria y el interés criminal diario
  • Información sobre transferencias a cuentas de 50 contribuyentes diferentes por mes o más de 100 por semestre. La información del segundo semestre de 2024 se enviará en enero.
  • Obligación de utilizar Medios electrónicos para operaciones de alto valor.

  • Multijurisdicción: 1 de enero para Metropolitana, Valparaíso y Biobío, y 2026 para el resto de las direcciones regionales del SII.
  • Modificación de la normativa relativa a rentas pasivas y paraísos fiscales.
  • Abril
  • 01 Cambios respecto a IVA de exportación.
  • 24 Obligación de las plataformas de intermediación y otros actores de Exigir inicio de actividades.
  • Denunciante anónimo y cooperación efectiva.

  • Puede
  • 01 El Consejo Fiscal comienza a regir
  • Notificación por correo electrónico como regla general.
  • Julio
  • 01 Obligación de los bancos comerciales. exigir el inicio de actividades a la respectiva persona jurídica o entidad comercial que solicita el préstamo.
  • Octubre
  • 24 Fin de la exención del IVA a las importaciones menos de 41 dólares y nueva exención de aranceles hasta 500 dólares.
  • Fuente: SII y Deloitte.

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