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Son 13 los imputados que serán formalizados ante el Cuarto Juzgado de Garantía en el marco del denominado Caso Factop. Todo comenzó el viernes 13 de diciembre, cuando el fiscal adjunto de la Fiscalía de Alta Complejidad y Crimen Organizado, Juan Pablo Araya (JPA), presentó un escrito solicitando al juzgado tomar medidas.
Finalmente, la petición fue aceptada por el tribunal durante la tarde de este lunes y se llevará a cabo el próximo 13 de enero de 2025. La lista la encabeza el ex Grupo Patio, Álvaro y Antonio Jalaff, quienes ya fueron identificados por el Ministerio Público como los principales beneficiarios del esquema de facturas falsas dentro de Factop. Además, se formalizará al socio fundador de la empresa y exgerente de operaciones, Cristian Menichetti.
La Fiscalía también incluyó a ocho directores del holding LarrainVial, en el marco del esquema de fondos de inversión “Capital Estructurado I”. Y, finalmente, se reformarán Luis Flores y Daniel Sauer.
La lectura de cargos marcará un hito en el caso que tanto Araya como el fiscal jefe de la Fiscalía de Las Condes, Felipe Sepúlveda (FS), investigan desde agosto de 2023, y que colocará al histórico directivo en el banquillo.
“Consideramos que existen antecedentes de investigación de cierta magnitud que nos permiten sustentar estas acusaciones”, subrayó Sepúlveda, en conversación con Señal DF.
-Hay 13 personas y seis delitos diferentes, ¿cuál es la distinción que se puede hacer?
-FS: El detalle lo vamos a reservar para la audiencia y allí se explicará detalladamente cuál es la participación de cada persona. Pero están fundamentalmente relacionados con el lanzamiento del fondo “Capital Estructurado I”.
-¿Pero los directivos de LarrainVial estarán en la misma situación de delitos que los Jalaff, Sauer, Flores o Menichetti?
-FS: Los delitos imputados no son los mismos para todos. Para empezar, sólo se imputarán delitos fiscales a las personas que hayan sido demandadas por el Servicio de Impuestos Internos (el Jalaff, el 11 de octubre).
El fondo
-¿Cuál es el papel que juega este fondo dentro de la trama Factop?
-APJ: En abril formalizamos el esquema Factop, donde se obtenían recursos por medios ilegales (…) Una parte muy importante de estos fondos terminaron financiando irregularmente a los señores Jalaff, con operaciones de factoring que no eran reales, que en un momento fueron cubiertas con cheques, pero luego con facturas falsas. Y, finalmente, una de las formas en que Antonio Jalaff intenta solucionar su problema de deuda, no sólo con Factop sino con otros acreedores, es a través de la creación de este fondo, que se declara con una finalidad, pero que entendemos que hizo. no cumplir, y exista conducta que constituya delito por parte de varias personas respecto de la creación, operación y administración de este fondo.
-LarrainVial ha sostenido que fue engañada por sus coimputados, anunciando medidas legales. ¿Es esto plausible a los ojos del Ministerio Público?
-APJ: Claramente, los antecedentes dan cuenta de ciertas situaciones que eran conocidas por todos. Probablemente entre ellos no se conocían algunos detalles sobre algunas cosas, pero es imposible que quienes tienen la obligación por ley de administrar un fondo de inversión de acuerdo con la ley de fondo único, no hayan sabido o no hayan sabido lo que estaba pasando con la administración. de ese fondo. Es una excusa que no se ajusta a sus obligaciones legales ni a lo que consta en el expediente (de investigación).
FS: Esa explicación no nos parece plausible a la vista de los méritos de lo que hemos recogido en la investigación.
-¿Es posible que la actuación de LarrainVial haya sido negligencia y no fraude?
-APJ: Creemos que el actuar de LarrainVial no es negligente, está dentro del estándar ilegal, por lo que pedimos su formalización.
FS: La negligencia tiene que ver con no ser lo suficientemente cuidadoso y no ser lo suficientemente diligente o proactivo. El fraude tiene que ver con el conocimiento de actos concretos y actuar a pesar de ese conocimiento. Creemos que estamos en esa (última) hipótesis.
-Es decir, ¿existen pruebas que demuestren fraude por parte de LarrainVial?
-APJ: Para nosotros sí. Ahora bien, esta es una primera etapa de la investigación, se abre un período en el que se debe agregar más información y, probablemente, los imputados también querrán aportar la suya. Pero en esta norma ya tenemos certezas con los antecedentes de la carpeta.
atenuantes
-¿La reparación anunciada por Larrainvial tiene alguna influencia en este proceso? ¿Se podría reducir una medida cautelar o eventual pena?
-FS: Estamos formalizando a personas físicas, al menos en esta instancia, por lo que la reparación debe ser reconocida por quien efectivamente la realiza (la empresa). Pareciera que no existe correspondencia entre quién realmente repara y quién es acusado.
-Pero la reparación tiene un impacto…
-FS: La celosa reparación del daño causado es una circunstancia atenuante que debe ser considerada por un tribunal. Por ahora estamos esperando. Pero esta reparación se anuncia precisamente cuando también se ha anunciado la formalización. No parece tan espontáneo.
-Los Jalaff reconocieron el uso de facturas falsas en sus primeras declaraciones. ¿Podría contar como colaboración? Esto en comparación con el caso de Ariel Sauer y Rodrigo Topelberg, y los reconocimientos que jugaron a su favor por sus precauciones…
-APJ: Son cuestiones que hay que analizar en profundidad, porque ambas situaciones, aunque relacionadas, no son iguales. El tipo de delitos que se van a imputar son diferentes entre Factop y lo que se va a formalizar ahora. Por lo que no necesariamente una situación u otra tendrá el mismo impacto en la decisión del Ministerio Público.
Precauciones y sanciones
-¿Van a pedir prisión preventiva para todos los formalizados?
-APJ: Nos vamos a reservar los precautorios. Y también se comunicará a las defensas en su momento por el tema de la diferencia profesional.
FS: Todavía está en estudio.
-¿Cuál es el rango de sanciones?
-FS: Hay delitos que tienen penas bastante relevantes, como el blanqueo de capitales, la defraudación y los delitos fiscales. Además, hay varias cifras que se reiteran, porque se mantuvieron en el tiempo. Se pueden considerar penas que pueden superar los cinco años y un día de privación de libertad, pudiendo llegar incluso a alcanzar los diez años de privación de libertad, en algunos casos. Dependerá, naturalmente, de las circunstancias personales de cada persona y del número de delitos imputados.
