Desde que se abrió la investigación vinculada a presuntos delitos de defraudación al Tesoro en la adjudicación y ejecución de contratos por parte de la Fundación ProCultura En distintas regiones del país, el Ministerio Público ha enfrentado distintos reveses.
Hubo cambio de fiscales, se criticó la legalidad de ciertos procedimientos – como la intervención del teléfono de Josefina Huneeus – y los persecutores también recibieron la negativa de los tribunales a realizar determinadas medidas intrusivas.
Pero no esperaban un nuevo revés, especialmente en la etapa de formalización del caso. Este martes, el juez Patricio Álvarez sostuvo que la Fiscalía no logró acreditar la existencia de los delitos que le fueron atribuidos Alberto Larraín, María Constanza Gómez, María Teresa Abusleme, Evelyn Magdaleno y Gabriel Prado negándose a ordenar su prisión preventiva.
Según el juez del Séptimo Juzgado de Garantía, el Ministerio Público había presentado información contradictoria, al no haber logrado acreditar que los imputados tuvieran intención y conspiración para defraudar al Fisco, elemento central de la acusación de los fiscales.
El golpe fue duro. Por supuesto, el desarrollo de las distintas jornadas dio algunas luces sobre lo que podría pasar. Sabían que “ganar” no estaba garantizado y que existía una cierta posibilidad de derrota.
También conocían el perfil del juez Álvarez, por lo que su fallo No fue del todo sorprendente.. Durante la audiencia también percibieron una predisposición a no considerar seriamente los argumentos de los querellantes institucionales, como el Consejo de Defensa del Estado (CDE), y que fueron vistos casi como un trámite.
Dentro de la Fiscalía interpretan que se trata de Un juez complejo para el Ministerio Público. Recuerdan que en otras ocasiones ha rechazado trámites relevantes, como el levantamiento del secreto bancario en un importante caso vinculado a la diputada Karol Cariola, hoy senadora. En ese sentido, Lo consideran parte del grupo de jueces más duros del Séptimo Juzgado de Garantía, con perfil de garantíapero, según ellos, un garante ante determinados tipos de demandados.
La Fiscalía está convencida de que, si el acusado hubiera tenido otra vinculación o afiliación política, el resultado habría sido diferente.
Fuentes consultadas por este medio creen que el juez se equivoca al sostener que no existen supuestos materiales del delito, porque en el caso de defraudación al Tesoro no es necesario, a estas alturas procesales, acreditar que los imputados se quedaron con el dinero. Bastaba, subrayan, acreditar su uso indebido, mal uso o incluso su inversión, para constituir el delito.. Como ocurre en el caso que afecta a Cathy Barriga, por ejemplo.
Respecto a la participación, dicen que es poco probable que siquiera surja esta discusión, ya que si a una ONG se le adjudica un convenio y los fondos se destinan a otros fines, como fondos mutuos, lo lógico es pensar que los responsables sean los encargados. Es por eso Consideran que el juez actuó parcialmente y confían en que la Corte de Apelaciones revierta la decisión.
La Fiscalía entiende que la prisión preventiva no debe aplicarse de forma automática en todos los casos, pero sostiene que esto es grave. Recuerdan que la jueza Carla Capello estimó que había antecedentes suficientes para ordenar detencioneslo que refuerza su posición. Afirman, en ese sentido, que no es comprensible que con sólo cinco días de diferencia, el criterio de un mismo tribunal hubiera variado tanto.
Sin embargo, la Fiscalía supone que la investigación ha tenido fallas y “escombros”, pero lo explican en parte por decisiones políticas que, a su juicio, terminan influyendo en las resoluciones judiciales, como ocurrió -según ellos- cuando la Corte de Apelaciones de Antofagasta cuestionó al fiscal. Patricio Cooper.
Otro punto que les llamó la atención fue la rapidez del fallo: después de cuatro días de audiencia, El juez falló en apenas 15 minutoslo que les pareció extraño para una decisión de esta magnitud. Lo lógico, sostiene el Ministerio Público, era que al finalizar las respuestas suspendería la audiencia, y comunicaría su decisión al día siguiente, o al menos tomaría un receso.
Además, consideran contradictorio que el juez haya manifestado que no se acreditaron los presupuestos materiales y de participación, y Aun así, se decretará una medida cautelar. Desde la perspectiva de la entidad fiscal, si realmente no existieran tales antecedentes, lo lógico hubiera sido dejar al imputado sin medida alguna. Las medidas cautelares, incluso las menos gravosas, se dictan cuando el tribunal considera probados los hechos y la participación.
Por ello, consideran inconsistente que, tras fuertes críticas a la investigación, también se impusiera una medida cautelar, aunque fuera la más mínima.
De todas formas, la idea que se repite estos días en el Ministerio Público es que estas investigaciones y procesos son largos, por lo que queda mucho paño por cortar.
“Los casos complejos no se resuelven en una audiencia” dijo brevemente el fiscal regional de Antofagasta Juan Castro Bekios al tercero.
