Economia
Interlocking: FNE y defensa de Hurtado Vicuña
Casi tres horas duró la audiencia por el caso de interlocking que está analizando el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por la participación de Juan Hurtado Vicuña como director -de manera simultánea- en LarrainVial y Consorcio, tras la presentación de un requerimiento por parte de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) iniciado hace dos años.
El interlocking consiste en la participación de una misma persona en el cargo de director o ejecutivo relevante de manera simultánea en empresas competidoras.
En enero de 2022, la FNE acusó que Hurtado Vicuña se desempeñó en las mesas de LarrainVial y Consorcio entre 2017 y abril de 2019. En esta última fecha comenzó a regir la prohibición (se inició en 2016 con un período de transición hasta 2019) de participar simultáneamente en dos directorios de empresas que compiten en un negocio.
“El requerimiento es improcedente e infundado, vino a romper la confianza y certeza jurídica que la ciudadanía tenía”, dijo Julio Pellegrini.
Para la Fiscalía, las dos compañías compiten en la prestación de intermediación de valores y otros servicios ofrecidos por corredoras de bolsa.
En la vista de la causa, el jefe de Litigios de la FNE, Víctor Santelices, aseguró que cada empresa con su respectiva filial forman una sola fuerza competitiva en el mercado y que Hurtado Vicuña tuvo la posibilidad de acceder a información comercial sensible y estratégica de las filiales.
Sobre los cuestionamientos por un eventual cambio de criterio para comprender los alcances de interlocking en la legislación local, el jefe de Litigios de la FNE planteó que “nuestra acción es coherente con el tratamiento de la prohibición en Estados Unidos, jurisdicción de referencia en esta particular materia y que sirvió de fuente para la sanción de este comportamiento en nuestro país”.
La defensa
El socio de Pellegrini & Rencoret, Julio Pellegrini, lideró la defensa de LarrainVial y en la audiencia criticó que “este requerimiento es improcedente e infundado, y además vino a romper la confianza y certeza jurídica que toda la ciudadanía tenía respecto de la correcta interpretación del DL 211”.
Sobre la interpretación de interlocking, Pellegrini manifestó que la FNE “jamás dio siquiera una pista de que ésta sería su particular interpretación de la norma”, a pesar de las solicitudes que se realizaron.
El socio de Claro & Cía, Cristóbal Eyzaguirre alegó por parte de Consorcio y criticó que la FNE “superó todos los límites” en un “intento desesperado y de última hora” de cambiar los criterios de interlocking ya que existiría una contradicción en su requerimiento.
Asimismo, Eyzaguirre recordó que el propio Gobierno informó a la OCDE que a nivel local se sanciona el interlocking horizontal directo, figura que no coincide con el requerimiento de la FNE.
El socio de Alcaíno Abogados, Alfredo Alcaíno, lideró la defensa de Juan Hurtado Vicuña. Afirmó que todos los cargos formulados por la Fiscalía se encuentran prescritos debido a los plazos que interpuso la legislación. Esto, porque habría dejado de cometer los ilícitos hace tres años desde que la FNE inició las acciones.
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